NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (24/09/2022)
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TEXTO PAGINA: 73
73 NORMAS LEGALES Sábado 24 de setiembre de 2022 El Peruano / Domínguez, identi fi cado con DNI Nº 40092165, candidato no proclamado de la organización política Juntos por el Desarrollo de Arequipa, para que asuma temporalmente el cargo de regidor del referido concejo municipal. 2.4. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del distrito de Mollebaya, provincia y departamento de Arequipa, del 13 de noviembre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Arequipa, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2.5. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.7.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO el extremo de la Resolución Nº 902-2022-JNE, del 9 de junio de 2022, en el que se convoca y otorga la credencial respectiva a don Julio Freddy Guillén Zegarra para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de Mollebaya, provincia y departamento de Arequipa, desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022. 2. CONVOCAR a don José Luis Rivera Domínguez, identi fi cado con DNI Nº 40092165, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Mollebaya, provincia y departamento de Arequipa, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 3 Aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano . 2108889-1 Convocan a ciudadana para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de José Luis Bustamante y Rivero, provincia y departamento de Arequipa RESOLUCIÓN Nº 3760-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022075511 JOSÉ LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO – AREQUIPA – AREQUIPALICENCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, siete de setiembre de dos mil veintidósVISTOS: la Resolución Nº 2841-2022-JNE, del 20 de agosto de 2022, emitida en el presente expediente; así como el O fi cio Nº 241-2022-GSG/MDJLBYR y el escrito s/n, presentados el 31 de agosto del 2022. ANTECEDENTES 1.1. Mediante la Resolución Nº 2841-2022-JNE, del 20 de agosto de 2022, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones resolvió: a) dejar sin efecto de manera provisional la credencial otorgada a don Fredy Javier Zegarra Black, regidor del Concejo Distrital de José Luis Bustamante y Rivero, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para su participación en las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (en adelante, ERM 2022); b) convocar a don Juan Pastor Talavera Cusirramos para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del referido concejo por el mismo periodo, para lo cual se le otorgó la credencial que lo faculte como tal. 1.2. Con el O fi cio Nº 241-2022-GSG/MDJLBYR, doña Florencia Pacheco Ponce, secretaria general de la Municipalidad Distrital de José Luis Bustamante y Rivero, informa que don Juan Pastor Talavera Cusirramos se encuentra como candidato para las ERM 2022, y adjunta copia de escrito de fecha 31 de agosto, que contiene la solicitud de desistimiento de convocatoria de candidato no proclamado, presentado por el antes citado. 1.3. A través del escrito del visto don Juan Pastor Talavera Cusirramos, informa que actualmente se encuentra como candidato a regidor del Concejo Distrital de José Luis Bustamante y Rivero, por la organización política Movimiento Regional Arequipa Avancemos, para las ERM 2022, lo que le impide asumir el cargo de regidor del mencionado concejo, al cual fue convocado mediante la Resolución Nº 2841-2022-JNE. En consecuencia, solicita se convoque al siguiente candidato no proclamado que corresponda. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la nación. En la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante, LEM) 1.2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 prescribe que están impedidos de ser candidatos, en las elecciones municipales, “[l]os trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos, empresas del Estado y de las municipalidades, si no solicitan licencia sin goce de haber, la misma que debe serles concedida treinta (30) días naturales antes de la elección”. En la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM) 1.3. El artículo 24 determina que, en caso de ausencia del alcalde, lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral; y a los regidores lo reemplazan los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. En el Decreto Supremo Nº 001-2022-PCM1.4. Mediante este decreto supremo, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 4 de enero de 2022, el Presidente de la República convocó a las ERM 2022 para el domingo 2 de octubre del mismo año con el objeto de elegir a gobernadores, vicegobernadores, consejeros