NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (29/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 172
TEXTO PAGINA: 108
108 NORMAS LEGALES Jueves 29 de setiembre de 2022 El Peruano / de haber, paralizando la gestión municipal mientras se convoca a los reemplazantes, y, por ende, afectando el normal desarrollo de las funciones ediles. 2.7. En el caso concreto, la señora regidora presentó su solicitud de licencia sin goce de haber para participar como candidata en las ERM 2022, la misma que fue aprobada por el Concejo Distrital de San Miguel. 2.8. Teniendo en cuenta que dicho concejo municipal está conformado por once (11) regidores, solo puede conceder licencia, como máximo, a cuatro (4) regidores. En ese sentido, el concejo ha otorgado licencia a los señores regidores Cesar Santa Cruz Julca, Eduardo Javier Bless Cabrejas, Eva Amelia Roca Rodriguez y Marcos Enrique Cabrera Porras; por ello, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones emitió las Resoluciones Nº 2725-2022-JNE, Nº 2726-2022-JNE y Nº 2727-2022-JNE del 12 de agosto de 2022, respectivamente y Nº 2956-2022-JNE, del 23 de agosto de 2022 5, para convocar a sus reemplazantes y otorgarles sus respectivas credenciales. 2.9. Así las cosas, el concejo municipal debió verifi car previamente que la licencia concedida a la señora regidora no supere el porcentaje establecido, es decir no sea mayor al cuarenta por ciento (40 %) según lo establece el numeral 27 del artículo 9 de la LOM, lo cual no ha ocurrido en el presente caso; siendo de entera responsabilidad del Concejo Municipal el cumplimiento de la mencionada norma; por lo tanto, corresponde declarar la improcedencia del pedido de convocatoria de candidato no proclamado con relación a dicha licencia. 2.10. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse, según lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.4.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. Declarar IMPROCEDENTE el pedido de convocatoria de candidato no proclamado presentado con relación a la licencia sin goce de haber solicitada por doña Juana Melania Marquez Peirano de Elías, regidora del Concejo Distrital de San Miguel, provincia y departamento de Lima, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/expedientes/detalle/detalle- expediente 2 Publicado el 4 de enero de 2022, en el diario o fi cial El Peruano . 3 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano . 4 Publicada el 26 de noviembre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano . 5 Solicitudes de convocatoria de candidato no proclamado tramitadas en los Expedientes Nº JNE.2022036602 y Nº JNE.2022036607, Nº JNE.2022036616 y JNE.2022036597. 2110452-1 Av. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima Central Telefónica: (01) 315-0400CONTACTO COMERCIAL 996 410 162 915 248 092 ventapublicidad@editoraperu.com.pe Publica en nuestra versión móvil andina.pe Conecta con los usuarios e impulsa el mensaje de tu marca . Redes Sociales: