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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (02/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Domingo 2 de abril de 2023 El Peruano / PRODUCE Autorizan transferencia financiera de recursos con cargo al presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 004. Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, en el marco del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000125-2023-PRODUCE Lima, 31 de marzo de 2023VISTO: El O fi cio Nº 173-2023-PRODUCE/ PROINNÓVATE.DE y el Informe Nº 041-2023-PRODUCE/PROINNÓVATE.UPP del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNÓVATE; el Memorando Nº 00000301-2023-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; el Memorando Nº 00000328-2023-PRODUCE/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº 00000089-2023-PRODUCE/OP de la O fi cina de Presupuesto; y el Informe Nº 00000441-2023- -PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 240-2016-EF publicado en el diario o fi cial El Peruano el 18 de agosto de 2016, se aprueba la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, hasta por la suma de US$ 40 000 000,00 (CUARENTA MILLONES y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a fi nanciar parcialmente el proyecto “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”; Que, con fecha 22 de agosto del 2016, se suscribe el Contrato de Préstamo Nº 3700/OC-PE entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, en el cual se establecen los términos para la ejecución del préstamo para el proyecto “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”; Que, el artículo 59 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que con la fi nalidad de contribuir al incremento de la productividad, a través del impulso al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación, se autoriza, durante el Año Fiscal 2023, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNÓVATE, entre otros, para efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales; señalando además, que las transferencias fi nancieras antes mencionadas se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, y requiriéndose el informe favorable previo de su o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces, siendo que dicha resolución del titular del pliego se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, el numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva Nº 0005-2022-EF-50.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01, establece que el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias fi nancieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, debe efectuar el registro, de la siguiente manera: cuando la ejecución corresponda a gastos de capital, se registra en una actividad y en la Partida de Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital; Que, mediante el O fi cio Nº 173-2023-PRODUCE/ PROINNÓVATE.DE, PROINNÓVATE remitió el Informe Nº 041-2023-PRODUCE/PROINNÓVATE.UPP, a través del cual comunica y sustenta la necesidad de aprobar la transferencia fi nanciera a favor de una (1) entidad pública: Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo del Gobierno Regional de San Martín, con cargo al presupuesto institucional 2023 de la Unidad Ejecutora 004. Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, hasta por la suma ascendente a S/ 1 000 000,00 (UN MILLÓN Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento 3. Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, destinados a co fi nanciar el desembolso al Proyecto “Dinamización del Ecosistema Regional de la Innovación y Emprendimiento para el Fortalecimiento de Capacidades y Vinculación de Actores Estratégicos en la Región San Martín”, para lo cual se ha suscrito el Convenio de Adjudicación de Recursos No Reembolsables, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 3700/OC-PE “Mejoramiento de los niveles de Innovación Productiva a nivel Nacional”, suscrito con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID); Que, con el Memorando Nº 0000301-2023-PRODUCE/ DVMYPE-I, el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria señala que no encuentra objeción a la solicitud de transferencia fi nanciera presentada por el PROINNÓVATE; Que, mediante el Memorando Nº 00000328-2023-PRODUCE/OGPPM y el Informe Nº 00000089-2023-PRODUCE/OP, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización comunica que ha veri fi cado que el PROINNÓVATE cuenta con los recursos en su Presupuesto Institucional Modi fi cado (PIM), especí fi camente en la Actividad 5000444. Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, Finalidad 0023299. Convenios Suscritos con Entidades Públicas y Privadas, en la Fuente de Financiamiento 3. Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, Partida de Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, para fi nanciar la transferencia fi nanciera a favor del Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo del Gobierno Regional de San Martín por la suma de S/ 1 000 000,00 (UN MILLÓN Y 00/100 SOLES), destinada a co fi nanciar el desembolso al Proyecto “Dinamización del Ecosistema Regional de la Innovación y Emprendimiento para el Fortalecimiento de Capacidades y Vinculación de Actores Estratégicos en la Región San Martín”, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”, lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 y lo señalado en el numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 023-2022-EF/50.01; Que, en ese contexto, a través de los mencionados documentos, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización señala que PROINNÓVATE cuenta con el Convenio de Adjudicación de Recursos No Reembolsables (RNR) y Adendas respectivas, debidamente suscritos con el Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo del Gobierno Regional de San Martín; asimismo, se precisa que, de la evaluación realizada al mencionado proyecto, se tiene que la mencionada entidad pública está cumpliendo con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en el convenio en mención; Que, mediante el Informe Nº 00000441-2023-PRODUCE/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina que desde el punto de vista legal, corresponde que, mediante Resolución Ministerial, se apruebe la Transferencia Financiera con cargo a los recursos del PROINNÓVATE, hasta por la suma total S/ 1 000 000,00 (UN MILLÓN Y 00/100 SOLES), conforme al Anexo Único, propuesta por el PROINNÓVATE y la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción; Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNÓVATE, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica;