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17 NORMAS LEGALES Domingo 2 de abril de 2023 El Peruano / Con el visado de la Dirección General de Personal de la Salud, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General y del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y modi fi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 054- 2018-PCM, Lineamientos de Organización del Estado, y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1. Creación y objeto del Grupo de Trabajo Créase el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Salud, cuyo objeto es elaborar la propuesta del Reglamento de la Ley Nº 31553, Reasignación Gradual y Progresiva de los profesionales de la Salud y personal técnico y auxiliar asistencial del Ministerio de Salud, sus organismos públicos, GERESAS y DIRESAS de los Gobiernos Regionales y Otras Entidades Comprendidos en el Decreto Legislativo 1153. Artículo 2. Conformación2.1 El Grupo de Trabajo Multisectorial está conformado por: a) Un/a representante del Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento del Ministerio de Salud, quien lo preside; b) Un/a representante de la Dirección General de Personal de la Salud del Ministerio de Salud; c) Un/a representante de la O fi cina General Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud; d) Un/a representante de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud; e) Un/a representante de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; f) Un/a representante del Ministerio de Economía y Finanzas; g) Un/a representante de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR; 2.2 Los representantes del Grupo de Trabajo Multisectorial cuentan con un/a representante alterno/a. 2.3 La participación de los representantes titulares y alternos del Grupo de Trabajo Multisectorial es ad honorem. Artículo 3. Secretaría Técnica La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial está a cargo de la Dirección General de Personal de la Salud del Ministerio de Salud, quien brinda asistencia técnica y administrativa para el funcionamiento y cumplimiento de su objeto. Artículo 4. Designación de representantes Las entidades señaladas en el artículo 2, designan a sus representantes titulares y alternos/as mediante documento escrito dirigida a la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 5. Instalación El Grupo de Trabajo Multisectorial se instala en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contados desde el vencimiento del plazo señalado en el artículo precedente. Artículo 6. Funciones El Grupo de Trabajo Multisectorial tiene las siguientes funciones:a) Identi fi car los aspectos presupuestales y fi nancieros que requieren ser abordados y regulados para la implementación de la Ley Nº 31553. b) Evaluar los procedimientos relacionados a la gestión del Sistema Administrativo de Recursos Humanos vinculados a la aplicación de la Ley Nº 31553. c) Elaborar la propuesta del Reglamento de la Ley Nº 31553, Reasignación Gradual y Progresiva de Los Profesionales de la Salud y Personal Técnico Y Auxiliar Asistencial Del Ministerio de Salud, sus organismos públicos, GERESAS y DIRESAS de los Gobiernos Regionales y Otras Entidades Comprendidos en el Decreto Legislativo 1153. d) Otros que se consideren necesarias para el cumplimiento de su objeto. Artículo 7. Participación de otras entidades o personas El Grupo de Trabajo Multisectorial puede invitar a participar en sus sesiones, en calidad de invitados, a representantes de otras instituciones públicas y privadas, así como a profesionales especializados para que colaboren con el cumplimiento de su objeto. El Grupo de Trabajo Multisectorial emite un informe fi nal con las acciones desarrolladas como resultado del trabajo realizado. Artículo 8. Financiamiento Las entidades que conforman el Grupo de Trabajo Multisectorial sujetan el cumplimiento de sus funciones a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 9. Plazo de vigencia El Grupo de Trabajo Multisectorial creado mediante la presente Resolución Ministerial tiene vigencia por un período de sesenta (60) días hábiles, contados a partir del día siguiente de su instalación. Artículo 10. Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Salud (www.gob.pe.minsa), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSA BERTHA GUTIÉRREZ PALOMINO Ministra de Salud 2165986-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan a la empresa YOU WIN AQP S.A.C. Concesión Única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en área que comprende todo el territorio de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 379-2023-MTC/01.03 Lima, 30 de marzo de 2023VISTO, el escrito de registro N° T-537947-2022 mediante el cual la empresa YOU WIN AQP S.A.C. solicita otorgamiento de Concesión Única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la República del Perú; precisando que el servicio portador local en la modalidad conmutado será el servicio a prestar inicialmente; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 3 del artículo 75 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por