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55 NORMAS LEGALES Viernes 7 de abril de 2023 El Peruano / Nros. 1974-2021-2021-MP-FN y 689-2023-MP-FN, de fechas 30 de diciembre de 2021 y 28 de marzo de 2023, respectivamente; con efectividad al 10 de abril de 2023. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2167391-1 Aceptan renuncia de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y dictan diversas disposiciones RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 813-2023-MP-FN Lima, 5 de abril de 2023VISTOS Y CONSIDERANDO: El ofi cio N.º 002-2023-MP-FN-CG-EE-CBP, cursado por el abogado Jorge Luis Díaz Cabello, Fiscal Superior Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro, designado en el Despacho de la Fiscalía Superior Penal, con competencia nacional y Coordinador General del Equipo Especial de Fiscales, conformado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación N.º 1550-2019-MP-FN, mediante el cual eleva la carta de renuncia y su complemento, así como la conformidad de la misma; del abogado Juan Carlos Cajas Huamán, al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y a su designación en el Despacho de la Fiscalía Superior Penal, con competencia nacional y forma parte del Equipo Especial de Fiscales, con competencia nacional, para que se avoque a dedicación exclusiva al conocimiento de las investigaciones penales por los delitos de crimen organizado, corrupción de funcionarios y conexos que estén relacionados con el denominado caso “Cuellos Blancos del Puerto”, conforme en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación N.º 1550-2019-MP-FN, de fecha 05 de julio de 2019, presentada al Coordinador antes mencionado, y a su vez remite el o fi cio N.º 098-2023-MP-FN-FSPCNC OCFRCBP, de fecha 22 de marzo de 2023, al Despacho de la Fiscalía de la Nación, por motivos personales y profesionales, informando que es con efectividad al día 22 de marzo del presente año; asimismo, con el o fi cio N.º 003-2023-MP-FN-CG-EE-CBP, el Coordinador General del Equipo Especial antes citado, aclara que el último día de labores del abogado Juan Carlos Cajas Huamán, fue el día 21 de marzo de 2023. Que, el Gerente de la O fi cina General de Asesoría Jurídica (e), a través del informe N.º 000624-2021-MPFN-OGASEJ, señala que conforme a lo dispuesto en el artículo 106º de la Ley N.º 30483 - Ley de la Carrera Fiscal y, lo señalado en la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Legislativo N.º 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, así como los artículos 183º y 185º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.º 005-90-PCM, el cargo de fi scal termina, entre otros, con la renuncia desde que ésta es aceptada, encontrándose el empleador facultado de aceptarla desde la fecha en la que fue formalmente presentada o dentro de los 30 días siguientes, siendo esta decisión una facultad discrecional del empleador. En igual sentido, el Tribunal de Servicio Civil, en el fundamento 36 de la Resolución N.º 01524-2016-SERVIR/TSC-Primera Sala, de fecha 18 de agosto de 2016, ha señalado que “(…) el acto de renuncia no puede ser formulado con efecto retroactivo, es decir presentarla con fecha posterior a la fecha en que empezará a surtir efecto(…)”; en consecuencia, se hace necesario aceptar la renuncia antes mencionada, a partir del 22 de marzo de 2023, fecha de presentación de la misma. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo N.º 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto los artículos primero y segundo de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N.º 689-2023-MP-FN, de fecha 29 de marzo de 2023, en el extremo, que se prorroga el nombramiento del abogado Juan Carlos Cajas Huamán , como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en el Despacho de la Fiscalía Superior Penal, con competencia nacional, así como a su incorporación para formar parte del Equipo Especial de Fiscales, con competencia nacional, que se avoca a dedicación exclusiva al conocimiento de las investigaciones penales por los delitos de crimen organizado, corrupción de funcionarios y conexos que estén relacionados con el denominado caso “Cuellos Blancos del Puerto”, conforme en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación N.º 1550-2019-MP-FN, de fecha 05 de julio de 2019; dejando subsistente lo demás que la contiene. Artículo Segundo.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Juan Carlos Cajas Huamán, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en el Despacho de la Fiscalía Superior Penal, con competencia nacional, así como a su incorporación para formar parte del Equipo Especial de Fiscales, con competencia nacional, que se avoca a dedicación exclusiva al conocimiento de las investigaciones penales por los delitos de crimen organizado, corrupción de funcionarios y conexos que estén relacionados con el denominado caso “Cuellos Blancos del Puerto”, conforme en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación N.º 1550-2019-MP-FN, de fecha 05 de julio de 2019, y, la prórroga de la vigencia de dicho nombramiento y designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 2066-2022-MP-FN y 2815-2022-MP- FN, de fechas 30 de septiembre y 23 de diciembre de 2022, respectivamente; con efectividad al 22 de marzo de 2023. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Coordinación General del Equipo Especial de Fiscales conformado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación N.º 1550-2019-MP-FN, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2167392-1 Aceptan renuncia de Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 814-2023-MP-FN Lima, 5 de abril de 2023