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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (07/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Viernes 7 de abril de 2023 El Peruano / fi nancieras de recursos se aprueban mediante resolución del titular del pliego, la misma que deberá ser publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”. 3.3 Que, que los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos; Que mediante Informe N° 0125-2023-UNTRM-R/ OPP-UP, de fecha 30 de marzo de 2023, se genera la Certi fi cación de Crédito Presupuestario para atender con las transferencias al pliego 019: Contraloría General de la República, correspondiente al 1% del PIM 2023 de Proyectos de Inversión, por el monto de S/.38,048.71, que corresponde al 1% del saldo de inversión a ejecutar, para el despliegue de los servicios de control gubernamental, debiendo precisarse que los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos; Que estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones que la Ley Universitaria N° 30220, el Estatuto Universitario y el Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Resolución Rectoral N° 022-2023-UNTRM/R y rati fi cado con Resolución de Consejo Universitario N° 012-2023-UNTRM/CU, le confi eren al Rector de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas; y, contando con los vistos buenos de la Dirección General de Administración, Ofi cina de Asesoría Jurídica, O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, Unidad Ejecutora de Inversiones; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia fi nanciera de recursos con cargo al Presupuesto Institucional del pliego 541: Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, Fuente de Financiamiento - Recursos Ordinarios a favor del Pliego 019: Contraloría General por la suma de treinta y ocho mil cuarenta y ocho con 71/soles (S/.38,048.71), que corresponde al 1% del saldo de inversión a ejecutar del PIM 2023 de la UNTRM, para el despliegue de los servicios de control gubernamental, de los Proyectos con CUI 2265439, 2263738, 2255626, 2216815, 2276561, 2259355, 2111299, 2308404, 2265073, 2264055, 2314496, 2261386, 2473873, 2314090 y 2476034. Artículo Segundo.- AUTORIZAR la transferencia fi nanciera de recursos con cargo al Presupuesto Institucional del pliego 541: Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, Fuente de Financiamiento - Recursos Ordinarios a favor del Pliego 022: Ministerio Público por la suma de treinta y ocho mil cuarenta y ocho con 71/soles (S/ 38,048.71), que corresponde al 1% del saldo de inversión a ejecutar del PIM 2023 de la UNTRM, para el despliegue de los servicios de control gubernamental, de los Proyectos con CUI 2265439, 2263738, 2255626, 2216815, 2276561, 2259355, 2111299, 2308404, 2265073, 2264055, 2314496, 2261386, 2473873, 2314090 y 2476034. Artículo Tercero.- DISPONER la previsión presupuestal de transferencias para los años 2024, 2025 y 2026, a fi n de garantizar el despliegue del control concurrente en el marco de la Ley N° 31358 y su modi fi catoria. Artículo Cuarto.- Los recursos de las transferencias fi nancieras autorizadas por los artículos Primero y Segundo de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. , Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional de la entidad. Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente Resolución a los estamentos internos de la universidad e interesados, de forma y modo de Ley para conocimiento y fi nes. Regístrese y comuníquese.JORGE LUIS MAICELO QUINTANA Rector ROGER ANGELES SÁNCHEZ Secretario General 2166173-1Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa a Chile, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 0150-2023 Arequipa, 4 de abril de 2023Vistos, el Convenio Nº 660-INNOVATEPERU- IAN-2017, celebrado entre el PROGRAMA NACIONAL DE INNOVACIÓN PARA LA COMPETITIVIDAD Y PRODUCTIVIDAD (INNÓVATE PERÚ”) del Ministerio de la Producción, y la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa; y el O fi cio Nº 47-2023-JAKU-UNSA, presentado por el MG. JUAN SANTIAGO ZAMATA MACHACA, docente adscrito al Departamento Académico de Contabilidad de la Facultad de Ciencias Contables y Financieras, por el que en calidad de Coordinador General de la Incubadora de Empresas JAKU Emprende UNSA, solicita autorización de viaje al extranjero con fi nes de investigación para sí y para el Mg. FREDDY ORLANDO GONZALES SAJI, miembro del Equipo Técnico de JAKU Emprende UNSA, y docente adscrito al Departamento Académico de Ingeniería de Sistemas e Informática de la Facultad de Ingeniería de Producción y Servicios. CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, está constituida conforme a la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, se rige por su respectivos estatutos y reglamentos, y desarrolla sus actividades dentro de la autonomía de gobierno, académica, administrativa y económica, prevista en el artículo 18º de la Constitución Política de Estado. Que, el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, aprobado con Resolución de Consejo Universitario Nº 0306-2022 de fecha 05 de julio de 2022, en su artículo 151º establece que son funciones de la Dirección de Incubadora de Empresas, las siguientes: “151.2. Fomentar e impulsar el desarrollo de nuevas empresas que brinden soluciones tecnológicas a favor de la sociedad, estableciendo con ello una relación de responsabilidad y compromiso con el desarrollo sostenible del país, con la participación de estudiantes y docentes. 151.3. Fomentar el desarrollo de empresas, spin off o empresa derivada, auto sostenibles mediante la incubación y la gestión de fuentes de capital semilla, redes asociativas, y de inversión”. Que, al respecto con Resolución de Consejo Universitario Nº 425-2018 de fecha 03 de mayo de 2018, se resolvió: “1. Aprobar el Convenio Nº 660-INNOVATEPERU-IAN-2017 CONVENIO DE ADJUDICACIÓN DE RECURSOS NO REEMBOLSABLES (RNR) QUE OTORGA EL PROGRAMA NACIONAL DE INNOVACIÓN PARA LA COMPETITIVIDAD Y PRODUCTIVIDAD PARA EL PROYECTO DE FORTALECIMIENTO DE INCUBADORA DE NEGOCIOS Y ENTIDADES AFINES “FORTALECIMIENTO DE LAS CAPACIDADES DE JAKU – EMPRENDE UNSA, INCUBADORA DE EMPRESAS QUE IMPULSA EL DESARROLLO DE NEGOCIOS INNOVADORES SOCIALMENTE RESPONSABLES Y AMBIENTALMENTE SOSTENIBLES DIRIGIDO A EMPRENDEDORES DE LA MACROREGIÓN SUR DEL PAÍS. 2. Designar como Coordinador y/o Responsable del Convenio por parte de la UNSA, al Ing. Juan Zamata Machaca (…)”. Que, el Convenio Nº 600-INNOVATEPERU-IAN-2017, se encuentra enmarcado dentro de los fi nes que persigue la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, conforme se establece en el artículo 6º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria: “La universidad tiene los siguientes fi nes: (…) 6.1 Preservar, acrecentar y transmitir de modo permanente la herencia cientí fi ca, tecnológica, cultural y artística de la humanidad, (…) 6.5 Realizar y promover