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25 NORMAS LEGALES Jueves 13 de abril de 2023 El Peruano / el fi nanciamiento de este mecanismo de control se autoriza que las entidades comprendidas, efectúen transferencias fi nancieras a favor del Pliego 019: Contraloría General, a solicitud de esta Entidad Fiscalizadora Superior, hasta por el monto del 2% del valor total de la inversión por ejecutar, y siendo que para su cumplimiento, autorizar a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se re fi eren los artículos 1 y 3 de la referida Ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto; Que, mediante O fi cio N° 1006-2022-CG/SGE de fecha 19.12.2022, la Contraloría General de la República – CGR, solicita la transferencia fi nanciera para el control gubernamental en gastos de inversión del proyecto con código N° 2413480: Mejoramiento de los servicios académicos de investigación y administrativos de la Facultad de Ingeniería Electrónica e Informática de La UNFV, Predio Nº 18 Callao del distrito de Callao - provincia de Callao - departamento de Callao, por el importe de S/ 613,503.18; Que, mediante O fi cio N° 051-2023-OI-UNFV de fecha 09.02.2023, la O fi cina de Inversiones, señala que, como el presupuesto disponible de la inversión para ejecutar el presente año 2023 asciende a S/ 13,464.635.00 el monto anual máximo de transferencia sería el equivalente al 2% del mismo es decir S/ 269,292.70 para fi nanciar el despliegue de las acciones de control a ser ejecutadas para la inversión con CUI N°2413480 en el presente año; Que, mediante O fi cio N° 313-2023-OP-OCPL-UNFV de fecha 15.02.2023, la Jefa de la O fi cina de Plani fi cación, señala que, para la atención de la transferencia fi nanciera en el marco de la Ley N° 31358, conforme a lo indicado por la O fi cina de Inversiones en el O fi cio N° 051-2023-OI- UNFV de fecha 09.02.2023, se informa que se ha procedido a realizar la creación y habilitación presupuestal al componente “Control Concurrente” en el proyecto CUI 2413480, por el importe de S/ 269,293.00, para lo cual se adjunta la nota de modi fi cación presupuestaria N° 0053; En mérito a la opinión de la O fi cina Central de Plani fi cación contenida en el O fi cio N° 313-2023-OP- OCPL-UNFV de fecha 15.02.2023; a lo señalado por el Director General de Administración en el O fi cio N° 128-2023-DIGA-UNFV de fecha 16.02.2023 y a lo dispuesto por la señorita Rectora en el Proveído N° 763-2023-R-UNFV de fecha 17.02.2023; y de conformidad con la Ley N° 30220 - Ley Universitaria, el Estatuto, el Reglamento General de la Universidad Nacional Federico Villarreal, la Resolución R. N° 9709-2021-UNFV de fecha 31.12.2021 y la Resolución R. N° 479-2022-CU-UNFV de fecha 27.06.2022; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar una transferencia fi nanciera del Pliego de la Universidad Nacional Federico Villarreal al Pliego de la Contraloría General de la República por la suma de S/ 269,292.70 para fi nanciar el despliegue de las acciones de control a ser ejecutadas del proyecto de inversión CUI N° 2413480. Artículo Segundo.- Publíquese la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal Institucional de la Universidad. Artículo Tercero.- La Dirección General de Administración, así como la O fi cina Central de Plani fi cación, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.CRISTINA ASUNCIÓN ALZAMORA RIVERO Rectora ENRIQUE IVAN VEGA MUCHA Secretario General 2168125-1MINISTERIO PÚBLICO Autorizan incorporación de Mayores Ingresos Públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 022: Ministerio Público del Año Fiscal 2023 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 798-2023-MP-FN Lima, 4 de abril de 2023VISTOS:El o fi cio Nº 490-2023-MP-FN-GG de la Gerencia General, el Informe Nº 0036-2023-MP-FN-GG-OGPLAP de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, y el o fi cio Nº 0353-2023-MP-FN-OGASEJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:En el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2837-2022-MP-FN, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 022: Ministerio Público por toda Fuente de Financiamiento. El numeral 50.1 del artículo 50 del Decreto Legislativo Nº 1440 del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que las incorporaciones de mayores ingresos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, se sujetan a límites máximos de incorporación determinados por el Ministerio de Economía y Finanzas, en consistencia con las reglas fi scales vigentes, conforme a lo establecido en el citado artículo, y son aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad cuando provienen, entre otros, de las fuentes de fi nanciamiento distintas a las de recursos ordinarios y recursos por operaciones o fi ciales de crédito que se produzcan durante el año fi scal. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 006-2023-EF, para efectos de la aplicación de los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos fi jados en el artículo 2 del precitado Decreto Supremo, no se considera la incorporación de mayores ingresos públicos autorizados en la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 y en la Ley Nº 31639, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, así como las transferencias fi nancieras que se encuentren autorizadas por norma con rango de Ley. Conforme lo dispuesto en la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley n° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, se autoriza al Pliego 022: Ministerio Público, la creación de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público y señala durante el año fi scal 2023, la implementación y operación de la referida Unidad Ejecutora provienen del 1% de la ejecución de inversiones cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES) y sean menores o iguales a S/ 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 SOLES), que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos y entidades del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito de la Cuenta General de República. Dicho porcentaje es parte del 2% al que hace referencia el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley Nº 31358, Ley