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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (13/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Jueves 13 de abril de 2023 El Peruano / Que, el artículo 2 de la citada Ordenanza Municipal, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía regule, modi fi que y/o precise dicho Reglamento, incluyendo la aprobación de nuevos formatos y el cronograma especí fi co para el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en la Municipalidad Distrital de Bellavista; Que, bajo ese contexto normativo, mediante el informe Nº 0022-2023-MPB/GPP, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto, remite la propuesta de Cronograma de Ejecución de Actividades del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año 2024, para la aprobación de dicho instrumento de gestión con la fi nalidad de garantizar una adecuada participación de la Sociedad Civil en el citado proceso; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas en el artículo 20, inciso 6) de la Ley N° 27972-Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo 1.- Aprobar el Cronograma de Actividades del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2024 de la Municipalidad Distrital de Bellavista, conforme al anexo que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 2.- Convocar a la población, a las organizaciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil, entre otros, al proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Año Fiscal 2024 de la Municipalidad Distrital de Bellavista. Artículo 3.- Disponer se publique el presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Bellavista. Artículo 4.- Encargar el Equipo Técnico desarrollar el Proceso del Proceso Participativo Basado en Resultados Año Fiscal 2024 de la Municipalidad Distrital de Bellavista, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, y a los órganos de la Entidad el apoyo necesario para alcanzar los resultados. Regístrese, comuníquese y publíquese y cúmplase.ALEXANDER MIGUEL CALLAN CALLAN Alcalde 2168262-2 REQUISITOS PARA PUBLICAR SENTENCIAS DE CASACIÓN, PROCESOS CONSTITUCIONALES Y PRECEDENTES VINCULANTES Las entidades públicas que requieran publicar documentos en las Separatas Especiales de “Sentencias de Casación”, “Procesos Constitucionales” y “Precedentes Vinculantes”, deberán tomar en cuenta lo siguiente: 1. El personal autorizado y acreditado ante la Gerencia de Publicaciones O ficiales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta personal de correo institucional, a las siguientes cuentas o ficiales electrónicas, según corresponda: sentenciascasación@editoraperu.com.pe; procesosconstitucionales@editoraperu.com.pe; precedentesvinculantes@editoraperu.com.pe. 2. En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) O ficio en formato PDF dirigido al Gerente de Publicaciones O ficiales, en el que se solicita la publicación de las sentencias o resoluciones. En el caso de Procesos Constitucionales, se deberá precisar de manera expresa que las resoluciones remitidas son sentencias finales y/o resoluciones aclaratorias de las mismas. De lo contrario, deberá consignarse expresamente el consentimiento de pago para su publicación. En el caso de Precedentes Vinculantes, deberán consignar expresamente que las mismas constituyen precedentes de observancia obligatoria. b) En el o ficio de publicación se incluirá obligatoriamente la relación detallada de las resoluciones o sentencias que se remiten. c) El o ficio podrá ser firmado digitalmente consignando, además, el nombre y cargo del funcionario autorizado, al final del o ficio y/o con sello y firma manual. d) El archivo en formato Word de la información a publicar, deberá contener una sentencia debajo de otra. e) En todos los casos, se remitirá copia de la Resolución Original firmada en formato PDF, la misma que servirá de respaldo de las publicaciones, cuyo contenido será idéntico al archivo Word. La entidad cuidará que los documentos que remitan sean legibles. No se recibirán documentos físicos y se devolverán los documentos ilegibles. f) Las Sentencias de Casación deberán ser agrupadas de acuerdo a la Sala de Origen que las resolvió. 3. El contenido del archivo Word que se entregue para su publicación será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL QUE OBRA EN LOS ARCHIVOS DE LA INSTITUCIÓN SOLICITANTE Y CORRESPONDE ÍNTEGRAMENTE AL PDF DE RESPALDO. Por tanto se recomienda veri ficar que el archivo Word tenga el texto completo de cada sentencia, incluyendo la transcripción de los nombres y cargos de quienes la suscriben, así como la fecha de emisión. De esta manera, la entidad solicitante es responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega a EDITORAPERÚ para su publicación. 4. En el campo “ASUNTO” del correo institucional se deberá consignar el número de O ficio y nombre de la institución. 5. En el contenido del correo electrónico se deberá indicar el nombre y número del teléfono celular del funcionario designado para resolver dudas o problemas técnicos que se presenten con los documentos. 6. Como señal de conformidad, el usuario recibirá un correo de respuesta de EDITORAPERÚ, en el que se consignará el número de la Orden de Publicación (OP). Este mensaje será considerado “Cargo de Recepción”. 7. Los documentos se recibirán de lunes a viernes, de 09:00 a 17:30 p.m. Las sentencias se publicarán dentro del plazo de ley, siempre y cuando cumplan con las formalidades y requisitos solicitados. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES