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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (15/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 88

88 NORMAS LEGALES Sábado 15 de abril de 2023 El Peruano / por la autoridad nacional en materia de cambio climático y la normativa vigente sobre la materia. Asimismo, se establece que los gobiernos municipales pueden formular PLCC, de acuerdo con sus capacidades, de conformidad con los lineamientos elaborados por la autoridad nacional en materia de cambio climático; Que, el Ministerio del Ambiente aprobó mediante Resolución Ministerial N° 196-2021-MINAM los “Lineamientos metodológicos para la formulación y actualización de los Planes Locales de Cambio Climático y sus anexos”, señalando que su fi nalidad es proporcionar orientaciones metodológicas a los gobiernos locales para la formulación y actualización de los PLCC. Posterior a ello, a través del Decreto Supremo N° 003-2022-MINAM,el Gobierno peruano declara de interés nacional la emergencia climática, estableciéndose en su artículo 2° lo siguiente: 2.1.1 Los gobiernos regionales y gobiernos locales diseñan, aprueban e implementan las estrategias regionales de cambio climático y los planes locales de cambio climático, respectivamente, incorporando las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático bajo enfoques transversales, según corresponda, a fi n de contribuir a la acción climática en el territorio; Que, por medio de la Ordenanza N° 2353-2021, la Municipalidad Metropolitana de Lima declara de interés metropolitano el desarrollo de acciones frente al cambio climático y aprueba el Plan Local de Cambio Climático de la Provincia de Lima 2021-2030; asimismo, presenta ante la Alcaldía Metropolitana, la propuesta de conformación del “Grupo Técnico para la implementación y seguimiento del PLCC de la provincia de Lima” conformado por los órganos y unidades orgánicas competentes de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el cual se encargará de brindar apoyo constante en la implementación del PLCC y de dar el seguimiento correspondiente al cumplimiento de sus metas planteadas; Que, según el Informe N° 0005-2023-MFCG, el Especialista Ambiental de la Gerencia de Gestión Ambiental, señala que resulta pertinente que se declare de Interés Municipal el Plan Local de Cambio Climático al 2030 de la Municipalidad de Villa María del Triunfo; por lo que recomienda que se realice la gestión correspondiente, a fi n de validar y aprobar el mismo, mediante Ordenanza Municipal; así mismo, solicita a la Gerencia de Gestión Ambiental opinión técnica favorable en materia ambiental; Que, a través del Informe N°010-2023-GGA/MDVMT, la Gerencia de Gestión Ambiental, emite opinión técnica favorable a la propuesta de Plan Local de Cambio Climático al 2030 de la Municipalidad de Villa María del Triunfo, el cual está acorde a los lineamientos establecidos en la Resolución Ministerial N° 196-2021-MINAM; Que, con el Informe N° 049-2023-UPECMCT- OPPPMI/MDVMT, la Unidad de Planeamiento Estratégico, Modernización y Cooperación Técnica, emite opinión favorable al Plan Local de Cambio Climático al 2030 de la Municipalidad de Villa María del Triunfo, a fi n de garantizar la buena gobernanza climática en el distrito a través del fortalecimiento de los sistemas de plani fi cación, información, comunicación y educación; garantizando la participación activa de toda la ciudadanía en la acción climática. Asimismo, señala que el Plan se encuentra alineado a los siguientes Objetivos Estratégicos Distritales: i) Objetivo Estratégico Distrital 03 – OED.03, que consiste en reducir las condiciones de vulnerabilidad por riesgo de desastres en el distrito; y ii) Objetivo Estratégico Distrital 04 – OED.04, que consiste en mejorar la calidad ambiental en el distrito; Que, por medio del Memorándum N° 394-2023-OPPPMI/MDVMT, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones, emite opinión favorable en materia presupuestal debido a que el Plan Local de Cambio Climático al 2030 de la Municipalidad de Villa María del Triunfo no irrogará gasto signi fi cativo en el Presupuesto Institucional de la Municipalidad, debido a que su función es fortalecer las actividades ya establecidas; Que, según el Informe Nº 69-2023-OAJ/MDVMT, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, es de opinión que resulta viable la aprobación de la Ordenanza que apruebe el Plan Local de Cambio Climático al 2030 de la Municipalidad de Villa María del Triunfo; Que, mediante el memorándum N° 204-2023-GM/ MDVMT, la Gerencia Municipal, teniendo en cuenta el pronunciamiento de la O fi cina de Asesoría Jurídica, remite los actuados para la emisión del acto resolutivo correspondiente; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del Artículo 9° y Artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN LOCAL DE CAMBIO CLIMÁTICO AL 2030 DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Artículo Primero.- APROBAR el Plan Local de Cambio Climático al 2030 de la Municipalidad de Villa María del Triunfo, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Gestión Ambiental, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza conforme a la normativa vigente. Artículo Tercero.- NOTIFICAR a cada uno de los miembros del Equipo Técnico Municipal el contenido de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la O fi cina de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Unidad de Sistemas y Tecnologías de la Información la publicación en el Portal Institucional de la entidad: www.munivmt.gob.pe; y a la Unidad de Comunicación e Imagen Institucional, su difusión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ELOY CHAVEZ HERNANDEZ Alcalde 2166558-1 Aprueban el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo ORDENANZA N° 350-MDVMT Villa María del Triunfo, 31 de marzo de 2023 EL ALCALDE DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFOPOR CUANTO: El Concejo Distrital de Villa María del Triunfo en Sesión Ordinaria de la fecha y; VISTO: El Informe N° 018-2023-HPC del Especialista Ambiental I, el Informe N° 097-2023-SGLPAVO-GGA/MVMT de la Subgerencia de Limpieza Pública, Áreas Verdes y Ornato, el Informe N° 014-2023-GGA/MVMT de la Gerencia de Gestión Ambiental, el Informe N° 057-2023-UPEMCT-OPPPMI/MDVMT de la Unidad de Planeamiento Estratégico, Modernización y Cooperación Técnica, el Memorándum N° 431-2023-OPPPMI/MDVMT de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones, el Informe Nº 72-2023-OAJ/MDVMT de la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Memorándum N° 218-2023-GM/MDVMT de la Gerencia Municipal, respecto a la Ordenanza que aprueba el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo - EDUCCA-VMT, y; CONSIDERANDO:Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha potestad radica en la facultad