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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (15/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 82

82 NORMAS LEGALES Sábado 15 de abril de 2023 El Peruano / REGLAMENTO DE LAS AUDIENCIAS PÚBLICAS DE RENDICIÓN DE CUENTAS DEL DISTRITO DE SAN ISIDRO TÍTULO I ASPECTOS GENERALES Artículo 1.- OBJETO El presente Reglamento tiene por objeto establecer las disposiciones que regulen las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas del Distrito de San Isidro, estableciendo los mecanismos y procedimientos para el desarrollo de las mismas, en concordancia con la normatividad vigente de la materia. Artículo 2.- FINALIDAD Garantizar la transparencia y la rendición de cuentas impulsando la participación de la ciudadanía en las Audiencias Públicas, como un mecanismo que genere confi anza en el accionar de la gestión municipal. Artículo 3.- ÁMBITO El ámbito de aplicación del presente Reglamento comprende a las autoridades de la Municipalidad de San Isidro, funcionarios y población del distrito de San Isidro. Artículo 4.- BASE LEGAL- Constitución Política del Perú. - Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización. - Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y sus modi fi catorias. - Ley N° 27658 - Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado. - Decreto Supremo N° 206-2019-PCM, que aprueba el Plan de Acción de Gobierno Abierto. - Decreto Supremo N° 044-2018-PCM, que aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción. - Resolución de Contraloría Nº 041-2022-CG, se aprobó la Directiva Nº 066-2022-CG/PREVI “Rendición de Cuentas de Titulares del Gobierno Regional, Gobierno Local y de las Sociedades de Bene fi cencia” Artículo 5.- PRINCIPIOS ORIENTADORES Transparencia: Permite brindar información clara y real al ciudadano. Participación: Como un mecanismo de contribución o aporte al gobierno municipal. Inclusión: Dispuesto para todo ciudadano, sin discriminación de su condición, edad, sexo u otros. Neutralidad: Con apertura a valorar toda opinión del ciudadano. Respeto: Manteniendo una discusión y comentarios alturados sin ofensas y con cordura. Artículo 6.- DEFINICIÓN Las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas son espacios de encuentro entre autoridades, funcionarios públicos, representantes de la sociedad civil organizada y población en general, que permiten informar sobre los avances, logros, di fi cultades y perspectivas de la gestión local. TÍTULO II DE LA REALIZACIÓN DE AUDIENCIAS PÚBLICAS DE RENDICIÓN DE CUENTAS Artículo 7.- Se efectuarán dos (02) Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas en el año, la primera en el mes de mayo y la segunda en el mes de setiembre. Se podrá considerar efectuar otra Audiencia Pública extraordinaria, de justi fi carse su necesidad. TÍTULO III DE LOS TEMAS A TRATAR Artículo 8.- Los siguientes ítems se considerarán como información a la ciudadanía (según Informe de Rendición de Cuentas del Titular a la Contraloría General de República): Información General: Logros de la gestión, di fi cultades que impidieron el cumplimiento de compromisos. Primera Parte: Información sucinta sobre Sistemas Administrativos de Gestión Pública Información relacionada a Presupuesto Público, Inversión Pública, Recursos Humanos, Abastecimiento, Contabilidad, Endeudamiento Público, Planeamiento Estratégico, Modernización, Control y Jurídica del Estado. Segunda Parte: Principales Bienes y Servicios Públicos entregados. Recolección de Residuos Sólidos, Programa del Vaso de Leche, Patrullaje por sector, Programas Presupuestales, etc. Artículo 9.- En el caso de la Audiencia Pública del mes de mayo abordará la información del periodo anterior culminado y reportado en el Informe de Rendición de Cuentas del Titular a la Contraloría General de la República, que se indica en el artículo 8°. En el caso de la Audiencia Pública del mes de setiembre (con información de enero - agosto), se referirá a los logros y las di fi cultades que impidieron el cumplimiento de compromisos, así como la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fi scal. Artículo 10.- La agenda con los temas a tratar se difundirá conjuntamente con la convocatoria, para que la población tome conocimiento y, de considerarlo, proponga algún tema de interés general o de determinados grupos de la población, para ello, los participantes en el momento de la inscripción indicarán qué tema requiere ser considerado (Anexo 1 – Ficha de inscripción). Una vez vencido el plazo de inscripción, se constituirá la agenda de fi nitiva, procediéndose a elaborar el resumen ejecutivo. TÍTULO IV DEL RESUMEN EJECUTIVO Artículo 11.- El Resumen Ejecutivo es una versión corta del contenido del Informe de Rendición de Cuentas del Titular, cuyas características son: Responde a los puntos de agenda. Es redactado con un lenguaje sencillo. Con contenido ordenado, claro, preciso y explicativo. Utiliza un formato amigable. Dicho Resumen Ejecutivo podrá incluir información adicional de los temas propuestos por los participantes inscritos, para incorporarse. Artículo 12.- La difusión del Resumen Ejecutivo se efectuará con 10 días previos a la realización del evento, mediante el portal web institucional de la Entidad, contribuyendo de esta manera a que los vecinos estén informados y dispuestos a una mejor participación. TÍTULO V DE LA RESPONSABILIDAD INSTITUCIONAL DE LAS AUDIENCIAS PÚBLICAS DE RENDICIÓN DE CUENTAS DEL DISTRITO Artículo 13.- El Titular de la Entidad, es el responsable de efectuar la Audiencia Pública, sin embargo, considerando que este acto involucra la rendición de cuentas del desarrollo de la gestión, corresponde al Gobierno Local en su conjunto, contar con el apoyo de un Equipo Técnico, el cual estará integrado por: Gerencia Municipal Gerencia de Participación Vecinal Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo