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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (23/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 82

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Domingo 23 de abril de 2023 El Peruano / que el gobierno local o los potenciales usuarios del bosque local, organizados a través del gobierno local correspondiente, solicitan el establecimiento de un bosque local; cuyo proceso se inicia con la presentación de la solicitud a la ARFFS; Que, el referido artículo dispone también, que el gobierno local elabora un estudio técnico que sustenta el establecimiento y la autorización de administración del bosque local, el mismo que es evaluado por un comité técnico, constituido por representantes del gobierno regional y el SERFOR; Que, al respecto, el artículo 107 del Reglamento de Gestión Forestal, señala que el Comité elabora una opinión técnica sobre la evaluación del Estudio Técnico, la cual, conjuntamente, con los documentos generados por éste, conforman del expediente administrativo que es presentado ante la ARFFS, para la emisión del informe técnico legal correspondiente; quien posteriormente, solicita al SERFOR el establecimiento del bosque local respectivo; Que, en virtud de lo expuesto, el SERFOR, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva, aprueba el establecimiento del bosque local, incluyendo en la Resolución las condiciones y obligaciones del gobierno local para su administración y gestión, conforme a lo estipulado en los artículos 104 y 108, respectivamente, del Reglamento para la Gestión Forestal; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 116-2016-SERFOR/DE, se aprobaron los “Lineamientos para el establecimiento de los Bosques Locales y condiciones para su administración”, a través de los cuales se desarrolla el procedimiento, así como los criterios técnicos y socioeconómicos que deben cumplirse para el establecimiento de los Bosques Locales; Que, al respecto, la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre del Gobierno Regional de Ucayali, en su condición de ARFFS, a través del Informe Legal Nº 487-2022-GRU-GGR-GERFFS-AJ/JMSM, señala que procede el establecimiento del Bosque Local “Alto Ineca” solicitado por la Municipalidad Provincial de Padre Abad con el O fi cio Nº 0135-2022-MPPA-ALC; en tanto se ha cumplido con los requisitos establecidos en los “Lineamientos para el establecimiento de los Bosques Locales y condiciones para su administración”; Que, bajo ese marco, mediante el documento del Vistos, la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre hace suyo el Informe Técnico Nº D000121-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO de la Dirección de Catastro, Zoni fi cación y Ordenamiento, en el marco de sus funciones y considerando los “Lineamientos para el Establecimiento de Bosques Locales y Condiciones para su Administración”, recomienda el establecimiento del Bosque Local “Alto Ineca”; asimismo, recomienda la incorporación del referido Bosque Local en el Catastro Forestal Nacional; Que, por su parte, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, a través del documento del Vistos y atendiendo al Informe Técnico Nº D000121-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO, señala que la propuesta de establecimiento del Bosque Local “Alto Ineca” ha sido elaborada en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, en el Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI y en los “Lineamientos para el Establecimiento de Bosques Locales y Condiciones para su Administración” aprobados por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 116-2016-SERFOR/DE; por lo que estando a lo propuesto por la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre, concluye que resulta legalmente viable expedir la Resolución de Dirección Ejecutiva que apruebe el establecimiento del Bosque Local “Alto Ineca”; Que, en consecuencia, corresponde aprobar mediante Resolución Dirección Ejecutiva el establecimiento del Bosque Local “Alto Ineca”, así como las condiciones y obligaciones que deben cumplirse para su gestión y administración; Que, de otro lado, de conformidad con lo dispuesto en la “Metodología para la codi fi cación de derechos otorgados por las autoridades forestales y de fauna silvestre”; aprobada mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 042-2016-SERFOR-DE, modi fi cada y actualizada por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 116-2018-SERFOR-DE, corresponde aprobar la codi fi cación correspondiente al derecho otorgado a través de la presente Resolución, la cual ha sido remitida por la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre a través del Informe Técnico Nº D000121-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO; Que, conforme a lo previsto en el artículo 14 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, la Dirección Ejecutiva del SERFOR es la máxima autoridad ejecutiva institucional; asimismo, las normas expedidas por el SERFOR son aprobadas por dicha instancia mediante Resolución de Dirección Ejecutiva, conforme a lo establecido en el literal m) del artículo 10 Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013- MINAGRI, y su modi fi catoria; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre, de la Directora General de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre y del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; el Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, que aprueba el Reglamento para la Gestión Forestal; y el Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI, y su modi fi catoria, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Establecer el Bosque Local “Alto Ineca” en el distrito de Padre Abad, provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali, en una super fi cie de 1 569.9150 ha, de acuerdo con el Mapa y Cuadro Descriptivo que como Anexo I forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Autorizar a la Municipalidad Provincial de Padre Abad a gestionar y administrar el Bosque Local “Alto Ineca”, de acuerdo con las condiciones y obligaciones previstas en el Anexo II que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Aprobar la codi fi cación correspondiente al derecho otorgado mediante el artículo 2 de la presente Resolución, denominado Autorización de Administración del Bosque Local “Alto Ineca”, correspondiéndole el código Nº UCA-250301/BL-2023-001. Artículo 4.- La autorización prevista en el artículo 2 de la presente Resolución, permite el acceso legal y ordenado a los recursos forestales existentes en el Bosque Local “Alto Ineca”, por parte de los diecisiete (17) bene fi ciarios acreditados, de acuerdo al Estudio Técnico presentado por la Municipalidad Provincial de Padre Abad. Artículo 5.- Disponer la noti fi cación de la presente Resolución a la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, a la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre, a la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre del Gobierno Regional de Ucayali y a la Municipalidad Provincial de Padre Abad, para los fi nes pertinentes. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano; así también, se publica la presente Resolución y sus Anexos en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR (https://www.gob.pe/serfor). Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ALBERTO GONZÁLES - ZÚÑIGA GUZMÁN Director EjecutivoServicio Nacional Forestal y de Fauna SilvestreSERFOR 2171651-1