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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (01/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 64

64 NORMAS LEGALES Martes 1 de agosto de 2023 El Peruano / MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Aprueban propuesta de Iniciativa legislativa sobre Proyecto de Ley que modifica el Artículo N° 165 de la Constitución Política del Perú y establece el apoyo de las Fuerzas Armadas para el resguardo permanente de las sedes de las Instituciones Municipales ACUERDO DE CONCEJO Nº 031-2023-MDR Rímac, 12 de julio de 2023 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO:El Concejo Municipal del Distrito del Rímac, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, acordó lo siguiente: VISTO:El Memorándum N°1082-2023-GM-MDR, Informe Legal N°192-2023-GAJ-MDR, Memorándum N°1025-2023-GM-MDR, Informe N°027-2023-SG-MDR, Carta N°001-2023-ALC-MDR, y Dictamen N°05-2023-CAL/MDR, sobre la INICIATIVA LEGISLATIVA SOBRE PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL ARTICULO N°165 DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL PERU Y ESTABLECE EL APOYO DE LAS FUERZAS ARMADAS PARA EL RESGUARDO PERMANENTE DE LAS SEDES DE LAS INSTITUCIONES MUNICIPALES, y; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Para tal efecto, el articulo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, precisa que la autonomía de la Constitución Política del Perú regula para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que el Articulo °107 de la Constitución Política del Perú, establece que el presidente de la Republica y los Congresistas tienen derecho de iniciativa legislativa en la formación de las leyes; asimismo, señalando, que también tienen el mismo derecho en las materias que le son propias los otros poderes del Estado, las instituciones públicas autónomas, los Municipios y los Colegios Profesionales; asimismo lo tienen los Ciudadanos que ejercen el derecho de iniciativa conforme a Ley; Que, el Inciso 13) del Articulo °9 de la ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que le corresponde al Concejo Municipal aprobar los proyectos de Ley que en materia de su competencia sean propuestos al Congreso de la República; Que con Dictamen N°05-2023-CAL/MDR, de la Comisión de Asuntos Legales, con el voto en Mayoría, recomendó la aprobación de Iniciativa Legislativa sobre el Proyecto de Ley que modi fi ca del Artículo °165 de la Constitución Política del Perú y establece el apoyo de las Fuerzas Armadas para el resguardo permanente de las sedes de las Instituciones Municipales; Que, el Alcalde de la Municipalidad Distrital del Rímac, remite la Iniciativa Legislativa con Carta N° 001-2023-ALC-MDR, a la Secretaria General, la misma que plantea la modi fi cación del Artículo °165 de la Constitución Política del Perú y establece el apoyo de las Fuerzas Armadas para el resguardo permanente de las sedes de las Instituciones Municipales; Que, con Informe N°027-2023-SG-MDR, de la Secretaria General, traslada a la Gerencia Municipal, la Iniciativa Legislativa sobre proyecto de Ley que modi fi ca del Artículo °165 de la Constitución Política del Perú; Que, con Memorándum N°1025-2023-GM-MDR, de la Gerencia Municipal, solicita opinión legal respecto al Proyecto de Ley, que modi fi ca del Artículo °165 de la Constitución Política del Perú y establece el apoyo de las Fuerzas Armadas para el resguardo permanente de las sedes de las Instituciones Municipales; Que, mediante Informe Legal N°192-2023-GAJ- MDR, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; emite opinión favorable de la Iniciativa legislativa sobre Proyecto de Ley, que modi fi ca del Artículo °165 de la Constitución Política del Perú y establece el apoyo de las Fuerzas Armadas para el resguardo permanente de las sedes de las Instituciones Municipales; Que, estando conforme con los documentos emitidos, la Gerencia Municipal remite a la Secretaria General, el Memorándum N°1082-2023-GM/MDR, a fi n de proseguir con la aprobación en Sesión de Concejo mediante Acuerdo de Concejo; Estando a lo expuesto y con las atribuciones conferidos a los artículos 9, 39 y 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades N°27972 y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta el Concejo Municipal por MAYORÍA aprobó el siguiente: ACUERDO:Artículo Primero.– APROBAR la propuesta de Iniciativa legislativa sobre Proyecto de Ley, que modi fi ca del Artículo 165º de la Constitución Política del Perú y establece el apoyo de las Fuerzas Armadas para el resguardo permanente de las sedes de las Instituciones Municipales. (…)Artículo 165°. Las Fuerzas Armadas están constituidas por el Ejército, la Marina de Guerra y la Fuerza Aérea. Tienen como fi nalidad primordial garantizar la independencia, la soberanía y la integridad territorial de la República. Asumen el control del orden interno de conformidad con el Artículo 137 de la Constitución. (…) Artículo 165°-A Apoyo de las Fuerzas Armadas para el resguardo permanente a las sedes de las instituciones Municipales. Las Fuerzas armadas brindan apoyo para el resguardo permanente a las sedes de las instituciones municipales. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, remita el presente Acuerdo de Concejo a la Presidencia del Congreso de la República del Perú, con la respectiva iniciativa legislativa que contiene la fórmula legal y la exposición de motivos para efectos del trámite parlamentario correspondiente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo, en el diario ofi cial El Peruano y a la Subgerencia de Informática la publicación del presente Acuerdo en el Portal Institucional (www.munirimac.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. NESTOR E. DE LA ROSA VILLEGAS Alcalde. 2200625-1