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53 NORMAS LEGALES Martes 1 de agosto de 2023 El Peruano / setenta y tres órganos jurisdiccionales que ya disponen de los bene fi cios del expediente judicial electrónico, en las especialidades: Laboral-Nueva Ley Procesal del Trabajo, Contencioso Administrativo subespecialidades Tributario, Aduanero y Temas de Mercado, Civil Subespecialidad Comercial y Civil-Litigación Oral, así como en Familia en la Subespecialidad Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar; y Familia Civil Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes. El número de órganos jurisdiccionales incluye trece órganos jurisdiccionales correspondientes a la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada-etapa intermedia, en atención a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 000138-2020-P-CE-PJ y la implementación del Expediente Judicial Electrónico en tres órganos jurisdiccionales de la Corte Suprema de Justicia de la República: la Sala Penal Permanente, Sala Penal Especial y el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, aprobada por el Consejo Ejecutivo mediante Resolución Administrativa Nº 000135-2022-P-CE-PJ, totalizándose a dieciséis órganos jurisdiccionales implementados con el Expediente Judicial Electrónico en la especialidad penal (CPP). Los logros expuestos se encuentran en el Portal de Transparencia Estándar del Poder Judicial; con el propósito de contribuir a la mejora de la gestión; así como a articular el cumplimiento de las actividades operativas con las Acciones y Objetivos Estratégicos del Plan Estratégico en cumplimiento a Resolución Administrativa Nº 000260-2023-P-PJ Sexto. Que, los resultados obtenidos por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, que promueve la implementación del Expediente Judicial Electrónico y cuyos objetivos están enmarcados en el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, se enlazan con las Políticas Públicas Nacionales: La Política General de Gobierno para el período 2021-2026 (D.S. Nº 164-2021-PCM), en lo referente a impulsar el Gobierno y Transformación Digital con Equidad, la Política Nacional de Competitividad y Productividad 2019-2030 (D.S. Nº 345-2018-EF), el Plan Nacional de Competitividad y Productividad al 2030 (D.S. Nº 237-2019-EF), la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública (D.S. Nº 004-2013-PCM) y la Estrategia Nacional de Implementación del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar 2021-2026 (D.S. Nº 011-2021-MIMP). La Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico es también cooperante activo en la implementación de la Política Pública de Reforma del Sistema de Justicia en el Poder Judicial (Resolución Administrativa Nº 338-2022-CE-PJ). Sétimo. Que, en cumplimiento a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo en el marco de la Resolución Administrativa Nº 000139-2023-CE-PJ, la Secretaria Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico ha elaborado el Informe Nº 042-2023-ST-CT-EJE-PJ, teniendo como sustento el O fi cio Nº 001445-2023-GI-GG-PJ de la Gerencia de Informática que gestiona el Informe Nº 000156-2023-CPY-SDSI-GI-GG-PJ, mediante el cual el Gerente de Informática de la Gerencia General informa respecto a las acciones realizadas en el marco de la implementación del Expediente Judicial Electrónico en la Corte Superior de Justicia de Moquegua en la especialidad Civil – Litigación Oral. Adicionalmente, la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación mediante el O fi cio Nº 000225-2023-GSJR- GG-PJ y el O fi cio Nº 000246-2023-GSJR-GG-PJ indica los órganos jurisdiccionales que serán comprendidos en la implementación del Expediente Judicial Electrónico y el dimensionamiento de la Mesa de Partes Física para la atención de ingresos de documentos en la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Al respecto, la Presidencia de la mencionada Corte Superior remite los O fi cios Nº 000543-2023-P-CSJMO-PJ, Nº 000544-2023-P-CSJMO-PJ y Nº 000558-2023-P-CSJMO-PJ, mediante los cuales brinda conformidad a los precitados informes, solicitando adicionalmente se efectué la entrada en producción e inauguración correspondiente. Octavo. Que, existiendo la necesidad de continuar con las implementaciones del Expediente Judicial Electrónico, como parte de las acciones de fortalecimiento de transformación digital, y estando en ejecución las actividades correspondientes al Plan Operativo Institucional del Expediente Judicial Electrónico (POI) y Plan de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico para el periodo 2023, se propone iniciar la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad Civil – Litigación Oral en la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Noveno. Que, el artículo 82, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias judiciales del Poder Judicial funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 1214- 2023 de la trigésima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 26 de julio de 2023, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, señora Medina Jiménez y señor Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad Civil – Litigación Oral, a partir del 31 de julio de 2023, en los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, conforme al detalle siguiente: Sede Nuevo Palacio, ubicada en Malecón Mariscal Domingo Nieto S/N –Moquegua. - Sala Mixta - Juzgado Civil La ceremonia de inauguración, se realizará el 3 de agosto de 2023. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General del Poder Judicial; así como a la Corte Superior de Justicia de Moquegua, en cuanto sea su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Equipo Técnico Institucional de Implementación de Oralidad Civil, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Moquegua; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2200673-1 Disponen implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad y subespecialidad Familia Civil, Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes, en diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Piura Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000316-2023-CE-PJ Lima, 26 de julio del 2023