TEXTO PAGINA: 55
55 NORMAS LEGALES Martes 1 de agosto de 2023 El Peruano / Octavo. Que, existiendo la necesidad de continuar con las implementaciones del Expediente Judicial Electrónico, como parte de las acciones de fortalecimiento de transformación digital, y estando en ejecución las actividades correspondientes al Plan Operativo Institucional del Expediente Judicial Electrónico (POI) y Plan de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico para el periodo 2023, se propone iniciar la Implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad y subespecialidad Familia Civil, Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes en la Corte Superior de Justicia de Piura. Noveno. Que, el artículo 82°, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias judiciales del Poder Judicial funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 1213- 2023 de la trigésima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 26 de julio de 2023, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, señora Medina Jiménez y señor Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad y subespecialidad Familia Civil, Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes, a partir del 31 de julio de 2023, en los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Piura, conforme al detalle siguiente: Sede El Chipe, ubicada en la Avenida F. Chirichigno N° 351, Urbanización El Chipe – Piura - 1° Juzgado de Paz Letrado – Familia - 3° Juzgado de Paz Letrado – Familia- 7° Juzgado de Paz Letrado – Familia Sede Central, ubicada en la Avenida F. Chirichigno N° 120, Urbanización El Chipe – Piura - 1° Juzgado de Familia - 2° Juzgado de Familia- 5° Juzgado de Familia Sede Chulucanas, ubicada en el Jirón Libertad N° 100, Centro Chulucanas – Piura - 1° Juzgado de Paz Letrado - Juzgado de Familia Sede Catacaos, ubicada en el Jirón Manco Cápac S/N, AA.HH. Nuevo Catacaos, Catacaos – Piura - Juzgado de Paz Letrado - Juzgado Civil Sede MBJ Castilla, ubicada en la Calle Los Ceibos Mz. L, Lote 16, Urbanización Mira fl ores, Castilla – Piura - Juzgado de Paz LetradoSede Castilla, ubicada en la Calle Los Juncos Mz. L, Lote 06, Urbanización Mira fl ores, Castilla – Piura - 1° Juzgado Civil - 2° Juzgado Civil Sede Sechura, ubicada en la Calle Bolívar N° 722 – 2do. Piso, Sechura – Piura - Juzgado de Paz Letrado - Juzgado CivilSede Paita Alta, ubicada en la Calle José Watanave Mz. A, Lote 02, Paita – Piura - 1° Juzgado de Paz Letrado - Juzgado de Familia La ceremonia de inauguración, se realizará el 14 de agosto de 2023 Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General del Poder Judicial; así como a la Corte Superior de Justicia de Piura, en cuanto sea su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Programa Presupuestal por Resultado 0067 - Celeridad de los Procesos Judiciales de Familia, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Piura; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2200676-1 Disponen medidas administrativas en el Distrito Judicial de La Libertad Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000317-2023-CE-PJ Lima, 26 de julio del 2023VISTOS:El O fi cio N.° 000248-2023-CR-UETI-CPP-PJ, cursado por la Consejera Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal; así como el Informe N.° 000103-2023-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, elaborado por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la mencionada Unidad. CONSIDERANDO:Primero.- Que, mediante O fi cio N.° 006-2023-ETIPENALDISTRITAL-CSJLL-PJ, el Presidente del Equipo Técnico Distrital de Implementación del Código Procesal Penal de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, reitera la atención respecto a la solicitud de redistribución de carga procesal de los Juzgados Penales Unipersonales de Trujillo al Juzgado Penal Unipersonal Transitorio – CISAJ El Porvenir. Segundo.- Que, la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal es un órgano de apoyo del Consejo Ejecutivo que tiene entre sus funciones, emitir opinión respecto a las propuestas de creación, prórroga, conversión y/o reubicación de órganos jurisdiccionales bajo el nuevo Código Procesal Penal; así como de las propuestas efectuadas por la Comisión Nacional de Productividad Judicial, respecto a los liquidadores del antiguo modelo. Tercero.- Que, de acuerdo al análisis y evaluación realizadas se advierte que los Juzgados Penales Unipersonales, distrito y provincia de Trujillo se encuentran en sobrecarga procesal; no obstante haber efectuado una producción mayor al 100% del avance de su estándar de producción durante el periodo de evaluación. Asimismo, se advierte que los Juzgados Penales Unipersonales tienen audiencias programadas hasta el mes de diciembre de 2024; por lo que, de acuerdo a las audiencias registradas se con fi rma la existencia de sobrecarga procesal por parte de los referidos órganos jurisdiccionales.