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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (01/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Martes 1 de agosto de 2023 El Peruano / Código Procesal Penal, y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva; resulta necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Quinto. Que, el artículo 82, incisos 24, 25 y 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, dispone como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modi fi car sus ámbitos de competencia territorial; así como, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito a un extremo del Acuerdo Nº 1163-2023 de la vigésima octava sesión descentralizada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 19 de julio de 2023, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, señora Medina Jiménez y señor Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer, a partir del 1 de agosto de 2023, las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Sullana: 1.1 Que el Juzgado de Investigación Preparatoria Supraprovincial Transitorio especializado de Corrupción de Funcionarios del distrito, provincia y Corte Superior de Justicia de Sullana, en adición a sus funciones y con turno cerrado, tramite procesos comunes con la misma competencia territorial que el 1°, 2° y 3° Juzgados de Investigación Preparatoria Permanentes del mismo distrito, provincia y Corte Superior. 1.2 Redistribuir de manera equitativa y aleatoria el total de 140 expedientes en trámite desde el 1°, 2° y 3° Juzgados de Investigación Preparatoria Permanentes del distrito, provincia y Corte Superior de Justicia de Sullana, al Juzgado de Investigación Preparatoria Supraprovincial Transitorio Especializado de Corrupción de Funcionarios del mismo distrito, provincia y Corte Superior, precisando que los expedientes a redistribuir, son los que aún no hayan iniciado la audiencia de etapa intermedia; priorizando aquellos cuya programación de audiencia de acusación, sobreseimiento o control mixto sea la más lejana, o aquellos que se encuentran con el plazo de la investigación preparatoria próximo a vencer. Artículo Segundo.- Disponer que la presidencia de la Corte Superior de Justicia de Sullana, en coordinación con la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial, realicen las adaptaciones en el Sistema Integrado Judicial para el ingreso de expedientes según lo especi fi cado. Artículo Tercero.- Facultar a la presidencia de la Corte Superiore de Justicia de Sullana, que adopte las medidas administrativas necesarias para la ejecución de lo indicado. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la O fi cina de Control de la Magistratura, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Sullana; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2200681-1ORGANISMOS AUTÓNOMOS DEFENSORIA DEL PUEBLO Aprueban modificación al “Manual de Clasificador de Cargos” (MCC) de la Defensoría del Pueblo RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 131-2023/DP-SG Lima, 26 de julio de 2023VISTO:El Memorando N° 1093-2023-DP/OGDH de la Ofi cina de Gestión y Desarrollo Humano, que adjunta el Informe Técnico N° 0008-2023-DP/OGDH y el Informe N° 049-2023-DP/OPP, relacionados con la emisión de la resolución que apruebe la modi fi cación del “Manual Clasi fi cador de Cargos” (MCC) de la Defensoría del Pueblo; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con los artículos 161° y 162° de la Constitución Política del Perú, se constituye la Defensoría del Pueblo como Organismo Constitucionalmente Autónomo y se asignan sus funciones mediante Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, aprobada por la Ley N° 26520 y sus modi fi catorias, y mediante Resolución Defensorial N° 007-2019/DP se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones y sus modi fi catorias; Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece los principios y la base legal para iniciar el proceso de modernización del Estado, estableciendo en su artículo 4°, como fi nalidad fundamental, la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal para lograr mejor atención a la ciudadanía optimizando el uso de los recursos públicos y transparentando su gestión con servidores públicos califi cados y adecuadamente remunerados; Que, la Décima Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, dispone que el clasi fi cador de cargos del Instituto Nacional de Administración Pública, aprobado por Resolución Suprema N° 013-75-PM-INAP, actualizado, procesado e integrado a través de la Resolución Jefatural N° 246-91-INAP/DNR, sigue vigente hasta que se implemente el Manual de Puestos Tipo (MPT); Que, por su parte, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, se aprobó la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, en adelante la DIRECTIVA, con el objetivo de establecer y precisar normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria, que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones; Que, el literal c) del numeral 5.1 de la DIRECTIVA, defi ne al Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) como el documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad; asimismo, el literal h) del numeral 5.1 de la DIRECTIVA, de fi ne como titular de la entidad a la máxima autoridad administrativa para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos (SAGRH); Que, el inciso 5.2.2 del numeral 5.2 de la DIRECTIVA, señala como una responsabilidad del titular de la entidad, entre otras, el aprobar el MCC y sus modi fi caciones, según lo dispuesto en la DIRECTIVA; Que, el inciso 5.2.3 del numeral 5.2 de la DIRECTIVA, señala como una responsabilidad de la O fi cina de