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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (11/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 61

61 NORMAS LEGALES Viernes 11 de agosto de 2023 El Peruano / Aceptan renuncia de Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1992-2023-MP-FN Lima, 10 de agosto de 2023VISTOS Y CONSIDERANDO:Los o fi cios Nros. 5175 y 5570-2023-MP-FN-FSCN- FECCO, remitidos por los abogados Jorge Wayner Chávez Cotrina, Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada y José Miguel Cuya Berrocal, en ese entonces, encargado de la Coordinación Nacional antes citada, mediante los cuales, entre otros, eleva la carta de renuncia y su complemento, así como emitiendo conformidad de la misma; de la abogada Claudia Lucía Segura Seminario, al cargo de Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Centro y a su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada, presentadas al abogado Arturo Mosqueira Cornejo, Fiscal Provincial Titular Especializado Contra la Criminalidad Organizada (Supraprovincial-Corporativa), con Competencia Nacional, designado en el Despacho antes mencionado, quien a su vez remite los o fi cios Nros.072 y 077-2023-MP-FN-2FSPCECCO-EQUIPO1, de fechas 14 y 26 de julio del presente año, dirigido a la Coordinación antes citada; por motivos estrictamente personales, informando que su último día de labores será el 21 de julio de 2023. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Claudia Lucía Segura Seminario, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada, así como su adecuación y la prórroga de la vigencia de dicho nombramiento y designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 1453-2017-MP-FN, 834-2021-MP-FN y 1563-2023-MP-FN, de fechas 05 de mayo de 2017, 08 de junio de 2021 y 28 de junio de 2023, respectivamente; con efectividad al 22 de julio de 2023. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2204198-1 Aceptan renuncia de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1993-2023-MP-FN Lima, 10 de agosto de 2023VISTOS Y CONSIDERANDO: Los o fi cios Nros. 3362 y 3653-2023-MP-FN- PJFSLIMASUR, remitidos por el abogado Octaviano Omar Tello Rosales, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, mediante los cuales elevan la carta de renuncia y su complemento, así como emitiendo conformidad de la misma; de la abogada Fabiola Isabel Ortiz Grosso De Salgado, al cargo de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur y a su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial de Familia de Villa El Salvador, presentadas el 27 de junio y 19 de julio del presente año, en la mesa de partes de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores antes citada; por motivos personales, informando que su último día de labores sería el 24 de julio de 2023. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Fabiola Isabel Ortiz Grosso De Salgado, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial de Familia de Villa El Salvador, así como su adecuación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 858-2020-MP-FN y 135-2021-MP-FN, de fechas 05 de agosto de 2020 y 29 de enero de 2021, respectivamente; con efectividad al 25 de julio de 2023. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2204200-1 Aceptan renuncia de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Este RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1994-2023-MP-FN Lima, 10 de agosto de 2023VISTO Y CONSIDERANDO:El o fi cio N° 5097-2023-MP-FN-PJFS-DFLE, remitido por el abogado Orestes Walter Milla López, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, mediante el cual eleva la carta de renuncia, así como emitiendo conformidad de la misma; del abogado Luis Miguel Torres Bonifacio, al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Este y a su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho - Zona Alta; presentada el 25 de julio del presente año, por la carpeta electrónica administrativa, dirigido a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores antes citada, por motivo de haber obtenido una vacante como Juez Supernumerario del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de la Corte Superior de Justicia del Callao, informando que su último día de labores será el 31 de julio de 2023. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.