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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (11/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 81

81 NORMAS LEGALES Viernes 11 de agosto de 2023 El Peruano / implican respeto mutuo y atención a las solicitudes que se formulen recíprocamente; Que, con el Informe N° 111-2023-GDU/MDSJL, la Gerencia de Desarrollo Urbano de fecha 18 de julio de 2023, propone como iniciativa legislativa el proyecto de Ley Marco de reactivación económica del sector inmobiliario que modi fi ca el Decreto Legislativo Nº 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento; asimismo la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe N° 227-2023-GAJ/MDSJL recomienda la aprobación de la fórmula legislativa del proyecto mencionado; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades contenidas en el numeral 13 del artículo 9 y el artículo 41 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime del Pleno del Concejo y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ACUERDA:Artículo 1.- APROBAR la propuesta de Iniciativa Legislativa N° 001-2023-MDSJL denominada “Proyecto de Ley de Reactivación Económica Inmobiliaria que modi fi ca el Decreto Legislativo Nº 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento”, el mismo que en anexo forma parte integrante del presente Acuerdo. Artículo 2.- PROPONER al Congreso de la República del Perú, de conformidad con el numeral 13 del artículo 9 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la iniciativa legislativa descrita en el Artículo 1. Artículo 3.- ENCARGAR a la Secretaría General, remita el presente Acuerdo de Concejo al Presidente del Congreso de la República del Perú, con la respectiva iniciativa legislativa que contiene la fórmula legal y la exposición de motivos para efectos del trámite parlamentario correspondiente. Artículo 4.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo, en el diario o fi cial El Peruano y a la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional en coordinación con la Subgerencia de Tecnologías de la Información su publicación con el respectivo anexo en el portal institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JESÚS MALDONADO AMAO Alcalde 2203674-1 Aprueban propuesta de Iniciativa Legislativa N° 002-2023-MDSJL denominada “Proyecto de Ley que fortalece la prestación de los servicios públicos de energía a fin de impulsar el desarrollo inmobiliario para vivienda” ACUERDO DE CONCEJO Nº 047-2023-MDSJL San Juan de Lurigancho, 31 de julio de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL SAN JUAN DE LURIGANCHO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTOS; en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 108-2023-GDU/MDSJL, de la Gerencia de Desarrollo Urbano, de fecha 18 de julio de 2023; el Informe Legal N° 226-2023-GAJ/MDSJL, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 19 de julio de 2023; el Memorándum N° 669-2023-MDSJL-GM, de la Gerencia Municipal, de fecha 19 de julio de 2023; y,CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 107 de la Constitución Política del Perú establece que el Presidente de la República y los Congresistas tienen derecho a iniciativa en la formulación de leyes. También tienen el mismo derecho en las materias que les son propias los otros poderes del Estado, las instituciones públicas autónomas, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales y los colegios profesionales. Asimismo, lo tienen los ciudadanos que ejercen el derecho de iniciativa conforme a ley; Que, el numeral 13 del artículo 9 de la Ley N° 27972 establece como atribución del Concejo Municipal, aprobar los proyectos de ley que en materia de su competencia sean propuestos al Congreso de la República; Que, el artículo 123 de la Ley N° 27972 establece que las relaciones que mantienen las municipalidades con el Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los poderes del Estado tienen por fi nalidad garantizar el ejercicio del derecho de iniciativa legislativa, la coordinación de las acciones de competencia de cada uno, así como el derecho de propuesta o petición de normas reglamentarias de alcance nacional. Estas relaciones implican respeto mutuo y atención a las solicitudes que se formulen recíprocamente; Que, con el Informe N° 108-2023-GDU/MDSJL, de la Gerencia de Desarrollo Urbano propone como iniciativa legislativa un proyecto de Ley que fortalece la prestación de los servicios públicos de energía a fi n de impulsar el desarrollo inmobiliario para vivienda; asimismo mediante el Informe Legal N° 226-2023-GAJ/MDSJL, de la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para que el Concejo Municipal apruebe la iniciativa legislativa que busca lograr las modi fi caciones que generen un cambio signi fi cativo en la concepción del servicio de energía; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades contenidas en el numeral 13 del artículo 9 y el artículo 41 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime del Pleno del Concejo y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ACUERDA:Artículo 1.- APROBAR la propuesta de Iniciativa Legislativa N° 002-2023-MDSJL denominada “Proyecto de Ley que fortalece la prestación de los servicios públicos de energía a fi n de impulsar el desarrollo inmobiliario para vivienda”, el mismo que en anexo forma parte integrante del presente Acuerdo. Artículo 2.- PROPONER al Congreso de la República del Perú, de conformidad con el numeral 13 del artículo 9 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la iniciativa legislativa descrita en el Artículo 1. Artículo 3.- ENCARGAR a la Secretaría General, remita el presente Acuerdo de Concejo al Presidente del Congreso de la República del Perú, con la respectiva iniciativa legislativa que contiene la fórmula legal y la exposición de motivos para efectos del trámite parlamentario correspondiente. Artículo 4.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo, en el diario o fi cial El Peruano y a la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional en coordinación con la Subgerencia de Tecnologías de la Información su publicación con el respectivo anexo en el portal institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JESUS MALDONADO AMAO Alcalde 2203677-1