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25 NORMAS LEGALES Sábado 12 de agosto de 2023 El Peruano / General la publicación de la misma en la sede digital del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2204678-1 Designan Director Ejecutivo de la Dirección de Fiscalización y Sanción de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 767-2023/MINSA Lima, 11 de agosto del 2023CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Directoral Nº 215-2023-OGGRH/MINSA, de fecha 9 de marzo de 2023, se aprobó la actualización de los cargos comprendidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, aprobado con Resolución Secretarial Nº 063-2022/MINSA, donde se encuentra consignado el cargo de Director/a Ejecutivo/a (CAP – P Nº 1137) de la Dirección de Fiscalización y Sanción de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria Ministerio de Salud, el cual se encuentra clasi fi cado como cargo de confi anza; Que, se ha visto por conveniente designar al señor MARIO TROYES RIVERA, en el cargo señalado en el considerando precedente; Con el visado de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, de la Secretaría General y del Despacho Viceministerial de Salud Pública; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor MARIO TROYES RIVERA, en el cargo de Director Ejecutivo (CAP – P Nº 1137), Nivel F-4, de la Dirección de Fiscalización y Sanción de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2204721-1 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 027-2023-MTPE/3 Mediante O fi cio Nº 2112-2023-MTPE/4, la Secretaría General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Viceministerial Nº 027-2023-MTPE/3, publicada en la edición del día 4 de agosto de 2023. Página 28En el Artículo Único DICE: “Designar a la señora JULLY ROSMARY CABANILLAS ZONCON (…).” DEBE DECIR: “Designar a la señora JULLY ROSMARY CABANILLAS ZOCON (…).” 2204479-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban ejecución de la expropiación del área afectada de un inmueble para el proyecto: “Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica: Cobertura Universal Norte, Cobertura Universal Sur y Cobertura Universal Centro” y el valor de tasación RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1033-2023-MTC/01.03 Lima, 7 de agosto de 2023VISTO: El Memorando N° 867-2023-MTC/24 de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 del Decreto de Urgencia N° 041- 2019, Decreto de Urgencia que aprueba disposiciones que facilitan la ejecución de los proyectos de redes e infraestructura de Telecomunicaciones, declara de necesidad pública, utilidad pública e interés nacional, entre otros, la ejecución, operación y mantenimiento, del proyecto denominado: “Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica: Cobertura Universal Norte, Cobertura Universal Sur y Cobertura Universal Centro”; y autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a aplicar el procedimiento establecido en el Título IV del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, y sus modi fi catorias, respecto de los predios y bienes inmuebles que resulten necesarios para tal fi n; Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modi fi catorias (en adelante, la Ley), establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 4.2 del artículo 4 de la Ley, de fi ne al Bene fi ciario como el titular del derecho de propiedad del inmueble como resultado de la Adquisición, Expropiación o transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, necesarios para la ejecución del proyecto de Infraestructura y que, el único Bene fi ciario es el Estado actuando a través de alguna de las entidades públicas, comprendiendo a los titulares de proyectos y a las empresas prestadoras de