Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (17/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Jueves 17 de agosto de 2023 El Peruano / zonales, en caso de ausencia de su titular, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva; Que, mediante Informe N° 186-2023-MTC/20.5, la O fi cina de Recursos Humanos ha veri fi cado el cumplimiento del per fi l del profesional propuesto por la Dirección Ejecutiva, por lo que resulta viable designar a la abogada Alicia Antoinette Arauco Pariona en el cargo de confi anza de Asesor de Dirección Ejecutiva de PROVÍAS NACIONAL; Estando a lo expuesto, es pertinente emitir el acto de administración respectivo; Con la conformidad y visto de la O fi cina de Recursos Humanos y de la O fi cina de Asesoría Jurídica, en lo que corresponde a sus respectivas competencias; En mérito al Decreto Supremo 033-2002-MTC, modi fi cado por los Decretos Supremos N° 021-2018-MTC y 014-2019-MTC, Resolución Ministerial N° 0828-2020-MTC/01.02, modi fi cado por Resolución Ministerial N° 0731-2023-MTC/01; y la Resolución Ministerial N° 1016-2023-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR, a la abogada ALICIA ANTOINETTE ARAUCO PARIONA en el cargo de confi anza de ASESOR DE DIRECCIÓN EJECUTIVA del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVÍAS NACIONAL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 2.- NOTIFICAR la presente Resolución a la abogada ALICIA ANTOINETTE ARAUCO PARIONA y transcribirla a todas las Unidades Funcionales de Administración Interna y de Línea y a las Unidades Funcionales Desconcentradas (Unidades Zonales) del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVÍAS NACIONAL, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GLORIA MARIA DELGADO VERA Directora EjecutivaProvías Nacional 2206079-1 VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Aprueban el “Modelo de Contrato de Explotación de Servicios de Saneamiento entre la Municipalidad Provincial y la Empresa Prestadora”; el “Modelo de Adenda al Contrato de Explotación de Servicios de Saneamiento entre la Municipalidad Provincial y la Empresa Prestadora”; el “Modelo de Extracto de Publicación de Suscripción de Contrato de Explotación de Servicios de Saneamiento”; y, el “Modelo de Extracto de Publicación de Adenda al Contrato de Explotación de Servicios de Saneamiento” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 375-2023-VIVIENDA Lima, 16 de agosto de 2023 VISTOS:Las Notas Nº 015 y Nº 238-2023-VIVIENDA/VMCS- DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; los Informes Nº 023 y Nº 483-2023-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento; el Informe Nº 768-2023-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, los artículos 5 y 6 de la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establecen que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MCVS) tiene competencia en las materias de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; y, es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro del ámbito de su competencia, que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno en el marco del proceso de descentralización, y en todo el territorio nacional; Que, conforme a los artículos 1 y 5 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2020-VIVIENDA (TUO de la Ley Marco), la prestación de los servicios de saneamiento comprende la prestación regular de: servicios de agua potable, alcantarillado sanitario, tratamiento de aguas residuales para disposición fi nal o reúso y disposición sanitaria de excretas, en los ámbitos urbano y rural; y, el Gobierno Nacional, a través del MVCS, es el Ente rector en materia de saneamiento; Que, con relación a la prestación de los servicios de saneamiento, el artículo 40 del Texto Único Ordenado del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1280, aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2021-VIVIENDA (en adelante, TUO del Reglamento), establece que el otorgamiento de la explotación de los servicios de saneamiento es efectuado por la(s) municipalidad(es) provincial(es) a la empresa prestadora, y que dos o más municipalidades provinciales pueden otorgar la explotación de los referidos servicios en su jurisdicción a una misma empresa prestadora, para lo cual suscriben el contrato de explotación con esta, de acuerdo con las condiciones establecidas en el Reglamento y la norma sectorial; Que, el artículo 41 del TUO del Reglamento señala las condiciones mínimas que debe contener el contrato de explotación, y este se elabora conforme al modelo aprobado por el Ente rector, que surte efectos con sus modi fi caciones a partir de la fecha de suscripción por este último, previa opinión favorable de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento – SUNASS; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 425-2007-VIVIENDA, se aprueba el Modelo de Contrato de Explotación, así como sus respectivos Anexos, para las Entidades Prestadoras Municipales y Públicas, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento; sin embargo, la referida Ley fue derogada por la Única Disposición Derogatoria del TUO de la Ley Marco; Que, l a Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento (DGPRCS) a través de las Notas Nº 015 y Nº 238-2023-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS, y sobre la base de los Informes Nº 023 y Nº 483-2023-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de su Dirección de Saneamiento, propone y sustenta la Resolución Ministerial que aprueba el “Modelo de Contrato de Explotación de Servicios de Saneamiento entre la Municipalidad Provincial y la Empresa Prestadora”; el “Modelo de Adenda al Contrato de Explotación de Servicios de Saneamiento entre la Municipalidad Provincial y la Empresa Prestadora”; el “Modelo de Extracto de Publicación de Suscripción de Contrato de Explotación de Servicios de Saneamiento”; y, el “Modelo de Extracto de Publicación de Adenda al Contrato de Explotación de Servicios de Saneamiento”; asimismo, solicita se derogue la Resolución Ministerial Nº 425-2007-VIVIENDA; Que, a través del Informe Nº 768-2023-VIVIENDA/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para continuar con el trámite de aprobación de la Resolución Ministerial propuesta y sustentada por la DGPRCS; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de