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33 NORMAS LEGALES Jueves 17 de agosto de 2023 El Peruano / Aprueban el “Plan de Implementación del Modelo de Despacho Judicial Corporativo en los Juzgados de Trabajo que tramitan la subespecialidad del Proceso Contencioso Administrativo Laboral y Previsional en la Corte Superior de Justicia de Lima Norte”, correspondiente al año 2023 Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000336-2023-CE-PJ Lima, 15 de agosto del 2023VISTO: El O fi cio Nº 000266-2023-ST-ETIINLPT-CE-PJ cursado por el Secretario Técnico del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, que adjunta el informe Nº 66-2023-ST-ETII.NLPT-CE-PJ CONSIDERANDO:Primero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 471-2019-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial amplió la competencia funcional del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, para el monitoreo del proceso contencioso administrativo laboral y previsional, con el fi n de realizar una plani fi cación de actividades en relación al referido monitoreo. Segundo. Que, por Resolución Administrativa Nº 278-2021-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se incorporó la actividad denominada “Levantamiento de Información y De fi nición del Modelo de Despacho Judicial del Proceso Contencioso Administrativo Laboral y Previsional”, al Plan de Actividades del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo 2021, con cargo a la disponibilidad presupuestal. Tercero. Que, a través del O fi cio Nº 000473-2023-P-CSJLIMANORTE-PJ, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte remite al Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, el Plan de Implementación del Módulo Corporativo Laboral en los Juzgados de Trabajo que tramitan la subespecialidad del Proceso Contencioso Administrativo Laboral y Previsional, a fi n de gestionar su aprobación y fi nanciamiento ante el Consejo Ejecutivo y la Gerencia General del Poder Judicial, respectivamente. Cuarto. Que, en ese contexto, el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo mediante O fi cio Nº 000266-2023-ST-ETIINLPT- CE-PJ, remite el Informe Nº 000066-2023-CE-PJ y solicita a este Órgano de Gobierno que se apruebe el inicio de ejecución de las actividades dirigidas a implementar el Modelo de Despacho Judicial Corporativo en los Juzgados de Trabajo que tramitan la subespecialidad del Proceso Contencioso Administrativo Laboral y Previsional (PCALP) en la Corte Superior de Justicia de Lima Norte para el 2023, considerando las que conllevan ejecución presupuestal, a fi n de implementar dicha actividad en el segundo semestre del presente año. Asimismo, señala que se ha revisado el plan de implementación de la citada Corte Superior para el contraste de información y apoyo técnico por componente, a fi n de veri fi car el avance de cada actividad necesaria para la referida implementación, especialmente las que incurren en el presupuesto. En mérito a ello, solicita que la Gerencia General del Poder Judicial brinde el apoyo técnico y económico para la implementación mencionada. Quinto. Que, el artículo 82, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia; por lo que siendo así, y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente aprobar la propuesta presentada; con cargo a la disponibilidad presupuestal. Por estos fundamentos, en mérito al Acuerdo Nº 1284- 2023 de la vigésima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 9 de agosto de 2023, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, señora Medina Jiménez y señor Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el “Plan de Implementación del Modelo de Despacho Judicial Corporativo en los Juzgados de Trabajo que tramitan la subespecialidad del Proceso Contencioso Administrativo Laboral y Previsional en la Corte Superior de Justicia de Lima Norte”, correspondiente al año 2023, presentado por el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial fi nancie con cargo a la disponibilidad presupuestal el referido plan de implementación; y brinde el apoyo técnico que se requiera al Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo y a la Corte Superior Justicia de Lima Norte, para el cumplimiento de lo establecido en la presente resolución. Artículo Tercero.- Disponer el inicio de la etapa de ejecución de las actividades para la implementación del modelo de despacho judicial corporativo en los juzgados de trabajo que tramitan la subespecialidad del Proceso Contencioso Administrativo Laboral y Previsional en la Corte Superior de Justicia de Lima Norte; debiendo la Presidencia establecer que las áreas que integran dicho módulo se encuentren en un mismo ambiente, para facilitar el modelo corporativo. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2206014-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Ponen en circulación moneda de plata alusiva al 150 aniversario del establecimiento de relaciones diplomáticas entre el Perú y Japón CIRCULAR Nº 0015-2023-BCRP Lima, 16 de agosto de 2023CONSIDERANDO:Que el Directorio del Banco Central de Reserva del Perú, en uso de las facultades que le son atribuidas en los artículos 42°, 43° y 44° de su Ley Orgánica, ha dispuesto la emisión de una moneda de plata con fi nes numismáticos.