TEXTO PAGINA: 34
34 NORMAS LEGALES Jueves 17 de agosto de 2023 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1 .- Poner en circulación una moneda de plata alusiva al 150 aniversario del establecimiento de relaciones diplomáticas entre el Perú y Japón. Las características de la moneda son: Denominación : S/ 1,00 Aleación : Plata 0,925Peso fi no : 1 onza troy Diámetro : 37,00 mmCalidad : ProofCanto : EstriadoAño de acuñación : 2023Emisión máxima : 5 000 unidades En el reverso de la moneda, se muestra una imagen compuesta por montañas emblemáticas de ambos países: Machu Picchu y el monte Fuji, acompañadas de elementos lineales que evocan en la parte superior al sol naciente y en la parte inferior a la bandera del Perú. Asimismo, se observa en la parte superior la leyenda “RELACIONES DIPLOMÁTICAS” y 150 aniversario (esta palabra en caracteres japoneses), en la parte inferior “PERÚ – JAPÓN” y sobre el monte Fuji los años “1873 – 2023”. En el anverso, fi gura el Escudo de Armas, el texto “BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ”, el año de acuñación y la denominación en letras “UN SOL”. Artículo 2.- Otorgar curso legal a esta moneda, la misma que estará en circulación desde el 17 de agosto de 2023. Artículo 3.- Difundir el precio de esta moneda en el portal del Banco (https://tiendavirtual.bcrp.gob.pe/tiendabcrp/), el cual será reajustado de acuerdo con la evolución de los costos. EDUARDO TORRES LLOSA VILLACORTA Gerente General 2205924-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban modificación del Estatuto de la Universidad Nacional de Arte Diego Quispe Tito del Cusco UNIVERSIDAD NACIONAL DE ARTE DIEGO QUISPE TITO DEL CUSCO RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 404-2023-UNADQTC/PCO Cusco, 2 de agosto del 2023VISTO, el Informe Nº 059-2023.UNDQTC/PCO- OGC, Informe Técnico Nº 008-2023-UNADQTC/PCO-OPP-UPME/ETOG, Informe Nº 0551-2023-UNADQTC/PCO-OPP, Informe Legal Nº 261-2023-UNADQTC/AJ, Informe Técnico Nº 005-2023-UNADQTC/CR, Informe Legal Nº 267-2023-UNADQTC/AJ, Memorándum Nº 379-2023-UNADQTC/PCO-SG – ACUERDO DE COMISION ORGANIZADORA, Memorándum Nº 1103-2023-UNADQTC/PCO y demás documentos que se adjuntan a la presente Resolución; CONSIDERANDO:Que, la Universidad Nacional de Arte Diego Quispe Tito del Cusco, antes Escuela Superior de Bellas Artes “Diego Quispe Tito” del Cusco, de acuerdo a los alcances de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; Ley Nº 30597, Ley de Denominación modi fi cada por la Ley Nº 31645; Ley Nº 30851, Ley de Aplicación; Decreto Supremo Nº 014-2018-MINEDU, Resolución Viceministerial Nº 070-2022-MINEDU y Decreto Supremo Nº 111-2019-EF; goza de autonomía normativa, de gobierno, académica, económica y administrativa; por lo que, está facultada a tomar acciones orientadas para el logro de sus fi nes y objetivos Institucionales; Que, de conformidad al Art. 18º de la Constitución Política del Perú, cada Universidad es autónoma en su régimen normativo de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la constitución y de las leyes; así mismo la Ley Universitaria Nº 30220 establece en su artículo 8º El Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable. Esta autonomía se mani fi esta en el siguiente régimen: Normativo, implica la potestad auto determinativa para la creación internas (estatuto y reglamentos) destinadas a regular la institución universitaria; Que, mediante Ley Nº 30597 publicado el 25 de junio de 2017, dispone en su Artículo 1 denomínese Universidad Nacional Diego Quispe Tito y en su Artículo 2º De Adecuación determina, que la Universidad Nacional Diego Quispe Tito, adecuará su estatuto y órganos de gobierno conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; Que, mediante la Ley Nº 31645 publicado el 20 de diciembre de 2022, precisa en su Artículo único; Se modi fi ca el artículo 1 de la Ley 30597 con la siguiente redacción: “Se denomina Universidad Nacional de Música al Conservatorio Nacional de Música, Universidad Nacional Daniel Alomía Robles al Instituto Superior de Música Público Daniel Alomía Robles de Huánuco y Universidad Nacional de Arte Diego Quispe Tito del Cusco a la Escuela Superior Autónoma de Bellas Artes Diego Quispe Tito del Cusco, las que cuentan con las carreras profesionales y especialidades que actualmente ofertan”. Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 070-2022-MINEDU de fecha 07 de junio de 2022, en su Artículo 4º se resuelve reconformar la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Diego Quispe Tito, integrada por: José Luis Fernández Salcedo como Presidente, Yohn Augusto Lasteros Holgado como Vicepresidente Académico y Mario Curasi Rodríguez como Vicepresidente de Investigación; Que, a través del Articulo Nº 29 de la Ley Nº 30220, Ley universitaria, Comisión Organizadora, señala que: “Aprobada la Ley de Creación de una universidad Pública, el Ministerio de educación (MINEDU), constituye una Comisión Organizadora, tiene a su cargo la aprobación del Estatuto, reglamento y documentos de gestión académica y administrativa de la Universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo a la presente Ley, le correspondan”; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº158-2018-SUNEDU/CD, se aprueba la Guía para la correcta aplicación del Artículo 2º de la Ley Nº30597, respecto de la adecuación de los Estatutos y los órganos de gobierno de la Universidad Nacional de Música, Universidad Nacional Daniel Alomía Robles y Universidad Nacional Diego Quispe Tito; Que, con la Resolución de Comisión Organizadora Nº 251-2021-UNDQT/CO, de fecha 02 de julio del 2021, se aprueba el Estatuto de la Universidad Nacional Diego Quispe Tito, el mismo que consta de 16 títulos, 24 capítulos, 160 artículos, 10 disposiciones complementarias fi nales, 4 disposiciones complementarias transitorias y 02 disposiciones complementarias derogatorias y en su Capitulo II, Articulo 15º Funciones de la Comisión Organizadora, literal b., dispone: “Elaborar y aprobar el Estatuto, reglamentos y documentos de gestión, académica y administrativa de la Universidad”; Que, a través de la Resolución Presidencial Nº 010-2023-UNADQTC/PCO de fecha 13 de enero de 2023, se aprobó la actualización de la Comisión Revisora de los documentos de Gestión de la Universidad Nacional de Arte Diego Quispe Tito del Cusco; Que, mediante el Informe Nº 059-2022.UNDQTC/ PCO-OGC de fecha 19 de agosto de 2022, la O fi cina de Gestión de la Calidad remite a la Presidencia de la Comisión Organizadora el proyecto de Estatuto ajustado, revisado y socializado con la Comisión Revisora de documentos