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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (01/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 77

77 NORMAS LEGALES Viernes 1 de diciembre de 2023 El Peruano / Vecinal con el Memorándum Nº 1432-2023-GPV-MSS de fecha 26.09.2023, señala que desde el día 24.08.2023 hasta el 25.09.2023, se procedió a realizar el proceso de publicación de la presente petición de cambio de zonifi cación, en los Centros de Atención Surcano, CAS Loma Amarilla, CAS Palacio Municipal, CAS Jockey Plaza, CAS Mateo Pumacahua y CAS Villa Alegre, por el plazo de 15 días hábiles, sumándole a ello 7 días hábiles adicionales; Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano, mediante el Memorándum N° 155-2023-GDU-MSS de fecha 20.10.2023, remitiendo el Informe N° 771-2023-SGPUC-GDU-MSS de fecha 20.10.2023 de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, adjunta el Informe Nº 047-2023-PMDA de fecha 20.10.2023, el cual concluye: i) La posibilidad de cambiar el uso actual a Residencial de Densidad Media - RDM y Comercio Zonal - CZ, conllevaría a la densi fi cación e intensi fi cación del suelo frente a la Av. Lima Polo, comprendería una población promedio de 20,000 habitantes, dentro un radio de 1,500 m y con el comercio zonal aumentaría la población a servir, y con ello el tránsito vehicular, que en las actuales condiciones se saturaría la Av. Lima Polo y vías colindantes; asimismo el cambio de zoni fi cación de Comercio Zonal se haría extensivo a lo largo del frente de la manzana de acuerdo a la Ordenanza N° 2086, incrementándose aún más la población fl otante; ii) Se estima que de admitirse la propuesta, se incrementaría la densidad poblacional fl otante por la concurrencia de usuarios, que provocaría un incremento en a fl uencia de vehículos, que conllevaría a la saturación vehicular mayor a la existente en las vías locales, ocasionaría desequilibrio de la capacidad vehicular en las actuales condiciones; Asimismo, provocaría contaminación ambiental en todos sus modos, y desde luego indirectamente propiciaría problemas de inseguridad ciudadana, lo que, en esencia, esta dinámica generada, afectaría la tranquilidad de las zonas residenciales colindantes, considerando que actualmente se observa la presencia de actividades comerciales como C.C. El Polo, C.C. Jockey Plaza e Instituciones Educativas Particulares que han generado impactos ambientales negativos; iii) Evaluado los resultados de la consulta vecinal, se veri fi ca claramente que la opinión vecinal de la población del área inmediata considera de modo categórico y signi fi cativo como DESFAVORABLE, la Petición de Cambio de Zoni fi cación del predio materia de evaluación; uno de los motivos determinantes constituye el incremento del tránsito con el 34%, al proponerse la densi fi cación e intensi fi cación en el área materia de evaluación, existe una correlación estrecha con el aumento de vehículos particulares a razón que los nuevos residentes lo utilizarían para su desplazamiento, puesto que son pocas las rutas de transporte público que pasan cerca de la zona; a mayor fl ujo vehicular en las actuales condiciones generaría mayor congestión vehicular, sumándose a ello la reducción de la vía en ese tramo, puesto que aún se encuentra como parcelación semirústica, no ha hecho efectivo el derecho de vía correspondiente; Que, asimismo, el precitado informe, señala fi nalmente que en el marco de la Ordenanza Nº 2086- MML, la evaluación técnica de la propuesta de petición de Cambio de Zoni fi cación de Otros Usos - OU a Residencial de Densidad Media - RDM y Comercio Zonal - CZ para la Parcela 2-A, con un área de 94,266.85 m2, ubicado frente a Av. Lima Polo (Av. El Derby) y Jr. José Nicolás Rodrigo, Parcelación Semirústica Lima Polo And Hunt Club, Distrito de Santiago de Surco, presentada por la Asociación Civil Lima Polo Club, es de opinión técnica DESFAVORABLE; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, a través del Informe Nº 868-2023-GAJ-MSS de fecha 07.11.2023, teniendo en cuenta la documentación generada, concluye opinando que la solicitud de cambio de zonifi cación presentada por la Asociación Civil Polo Club, representada por la Sra. Martha Rivera Regalado sobre el predio de 94,266.85.m2 constituido por la Parcela 2-A ubicado con frente a la Avenida El Derby y Avenida Nicolás Rodrigo del distrito de Santiago de Surco ha sido tramitada conforme al procedimiento establecido en la Ordenanza N° 2086-MML, habiendo emitido la Gerencia de Desarrollo Urbano el Informe Técnico correspondiente, en el cual se concluye que el cambio de zoni fi cación contenido en la mencionada solicitud es DESFAVORABLE, debiendo elevarse los actuados al Concejo Municipal a fi n que se emita el Acuerdo de Concejo respectivo y posteriormente se remitan a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, la Gerencia Municipal, mediante el Memorándum Nº 2322-2023-GM-MSS de fecha 08.11.2023, teniendo en cuenta lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, solicita se eleve el expediente al Concejo Municipal para su atención y luego de emitir su pronunciamiento se realice la comunicación a la Municipalidad Metropolitana de Lima. Que, con Dictamen N° 11-2023-CDU-CAJ-MSS, las Comisiones de Desarrollo Urbano y de Asuntos Jurídicos, recomiendan al pleno del Concejo Municipal, declarar desfavorable la solicitud de Cambio de Zoni fi cación materia del presente acuerdo; En uso de las facultades conferidas por los artículos 9° y 41° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, por UNANIMIDAD, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, adoptó el siguiente: ACUERDO:Artículo Primero.- DECLARAR DESFAVORABLE la solicitud de Cambio de Zoni fi cación de Otros Usos - OU a Residencial de Densidad Media - RDM y Comercio Zonal - CZ, para la Parcela 2-A, con un área de 94,266.85 m2, ubicado frente a Av. Lima Polo (Av. El Derby) y Jr. José Nicolás Rodrigo, Parcelación Semirústica Lima Polo And Hunt Club, Distrito de Santiago de Surco, presentada por la Asociación Civil Lima Polo Club, representada por la Sra. Martha Rivera Regalado, solicitante de la Petición de Cambio de Zoni fi cación; de conformidad con lo regulado en la Ordenanza Nº 2086 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el diario o fi cial El Peruano; asimismo, a la Gerencia de Tecnologías de la Información su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco. Artículo Tercero.– ENCARGAR a la administración municipal, veri fi que el correcto uso de la vía pública en el radio urbano de la presente solicitud de cambio de zonifi cación. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, la remisión de los presentes actuados administrativos a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para la prosecución del trámite correspondiente. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS BRUCE MONTES DE OCA Alcalde 2239752-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Otorgan beneficios para la regularización de deudas tributarias y no tributarias que se encuentren en cobranza ordinaria o en ejecución coactiva ORDENANZA Nº 540-2023-MDS Surquillo, 22 de noviembre de 2023LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE SURQUILLOPOR CUANTO: El Concejo Distrital de Surquillo, en Sesión Extraordinaria de la fecha;