Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (01/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 70

70 NORMAS LEGALES Viernes 1 de diciembre de 2023 El Peruano / del Riesgo de Desastres; el Informe N°101 y N°102-2023- GDE/MDC de fechas 10 y 15 de noviembre de 2023, respectivamente, emitido por la Gerencia de Desarrollo Económico; el Informe N°060-2023-JMT.OGPP/MDC y el Informe N°195-2023-OGPP/MDC de fecha 21 de noviembre de 2023, emitido por la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, el Informe N°1209-2023- OGAJ, de fecha 23 de noviembre de 2023, emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica y el Proveído N°1834-2023-GM/MDC de fecha 23 de noviembre de 2023, de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por Ley Nº30305, Ley de Reforma Constitucional en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prevé que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno Local y tienen autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, de conformidad con la Ley N°29664 y modi fi catorias, se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD, como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la fi nalidad de identi fi car y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos y preparación y atención ante situaciones de desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, asimismo, el numeral 14.1 del artículo 14° del mismo cuerpo normativo, establece que los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, como integrantes del SINAGERD, formulan, aprueban normas y planes, evalúan, dirigen, organizan, supervisan, fi scalizan y ejecutan los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres en el ámbito de su competencia, en el marco de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y los lineamientos del ente rector en concordancia a lo establecido por la presente Ley y su reglamento; Que, el numeral 5.2 del artículo 5° de la citada Ley, establece que las entidades públicas, en todos los niveles de gobierno, son responsables de implementar los lineamientos de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres dentro de sus procesos de planeamiento; Que, por otro lado, de acuerdo con el literal a) del artículo 19° de la referida Ley, señala que el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, que integran los procesos de estimación, prevención y reducción del riesgo de desastres, preparación, respuesta y rehabilitación, tiene por objeto establecer las líneas estratégicas, los objetivos, las acciones, procesos y protocolos de carácter plurianual necesarios para concretar lo establecido en la citada ley; asimismo, el Plan Nacional sirve de marco para la elaboración de los planes especí fi cos por cada proceso y tipo de desastre que deben ser desarrollados anualmente por las entidades públicas en todos los niveles de gobierno; Que, según el inciso 5.3.1 del numeral 5.3 del Título V (Disposiciones Generales) de los “Lineamientos para la Formulación y Aprobación de Planes de Contingencia”, aprobado por la Resolución Ministerial N° 188-2015-PCM, establece que el Plan de Contingencia Nacional es elaborado por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) con participación de los sectores competentes y aprobado por el ente rector del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), con la fi nalidad de promover la coordinación multisectorial y articulación entre los tres niveles de gobierno, ante la ocurrencia o inminencia de evento particular para el cual se tiene escenarios de fi nidos, que requiere la intervención del gobierno nacional, siendo de cumplimiento obligatorio; Que, el artículo 39° del Reglamento de la Ley N°29664 aprobado por Decreto Supremo N°048-2011-PCM, establece que las entidades públicas de los tres niveles de gobierno deben formular los planes de los procesos de la gestión del riesgo de desastres en concordancia con el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, entre los cuales se encuentra el Plan de Contingencia;Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal N°392-2023-GM/MDC de fecha 10 de mayo de 2023, se conformó el Equipo Técnico encargado de la elaboración y/o actualización de los Planes Especí fi cos de Gestión del Riesgo de Desastres de la Municipalidad Distrital de Comas, el cual realizará la ejecución de los Planes de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres, de Preparación, de Operaciones de Emergencia, de Educación Comunitaria, de Rehabilitación, de Contingencia y de Continuidad Operativa, según lo establecido en el artículo 2° de la mencionada resolución; Que, mediante ACTA N°001-2023-ETGRD/MDC, de fecha 9 de noviembre del 2023, el Equipo Técnico para la Gestión del Riesgo de Desastres da opinión favorable para su aprobación al “Plan de Contingencia ante lluvias intensas y peligros asociados del distrito de Comas 2023-2026; Que, mediante ACTA DE ASISTENCIA TÉCNICA – 2023, de fecha 10 de noviembre del 2023, el Asesor Técnico en Gestión del Riesgo de Desastres de la DDI Lima Metropolitana y Callao de INDECI da opinión favorable al “Plan de Contingencia ante lluvias intensas y peligros asociados del distrito de Comas 2023-2026” para su aprobación ante el Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, a través Informe Técnico Nº 001-2023-CJAP- SGGRD-GDE/MDC de fecha 10 de noviembre de 2023, el Especialista en Gestión del Riesgo de Desastre informa a la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres que el presente Proyecto de “Plan de Contingencia ante lluvias intensas y peligros asociados del Distrito de Comas 2023 – 2026”, se ha elaborado teniendo en cuenta los lineamientos para la formulación y aprobación de los Planes de Contingencia, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 188-2015-PCM, asimismo, cumple con la estructura de contenidos establecidos en la norma. Por otro lado, señala que el plan constituye un instrumento técnico de planeamiento especi fi co y gestión obligatoria cuyo propósito es proteger la vida humana, toda vez que contiene procedimientos especí fi cos preestablecidos de coordinación, alerta, movilización y respuesta ante la ocurrencia o inminencia de un evento particular para los referidos escenarios; Que, con Informe Nº00294-2023-SGGRD-GDE/ MDC de fecha 10 de noviembre de 2023, la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres remite al Gerente de Desarrollo Económico el proyecto del Plan de Contingencia por lluvias intensas y peligros asociados del Distrito de Comas 2023 – 2026, en mérito al Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Distrital de Comas y el Centro de Estudios y Prevención de Desastres PREDES; revisado por los Especialistas en Gestión del Riesgo de Desastres de la Dirección Desconcertada de INDECI Lima Metropolitana y Callao; Que, mediante ACTA N°0010-2023/GTGRD-MDC de fecha 14 de noviembre de 2023, los integrantes del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres de la Municipalidad Distrital de Comas, se aprueba por unanimidad los Planes de Contingencia por lluvias intensas y peligros asociados” y el Plan de Contingencia Local ante Sismo”; Que, mediante Informe Nº060-2023-JMT.OGPP/ MDC de fecha 21 de noviembre de 2023, el Técnico de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, informa a la O fi cina General de Plani fi cación que las entidades públicas formulan, aprueban y ejecutan, entre otros los planes especí fi cos por proceso, como son los Planes de Contingencia en cuyo marco el Equipo Técnico encargado de la elaboración y/o actualización de los Planes Estratégicos de Gestión del Riesgo de Desastres, elaboró el Proyecto de “Plan de Contingencia por lluvias intensas y peligros asociados del Distrito de Comas 2023 – 2026”. Asimismo, el presente plan tiene como objetivo desarrollar una herramienta estratégica en el ámbito de la gestión del riesgo de desastres, con el propósito de establecer los productos de coordinación, advertencia, activación y reacción ante la eventualidad o cercanía de lluvias intensas y/o eventos conexos, con el objetivo de reducir los impactos adversos, atenuar perdidas y los potenciales perjuicios en la población afectada; Que, con Informe Nº195-2023-OGPP/MDC de fecha 21 de noviembre de 2023, la O fi cina General