TEXTO PAGINA: 76
76 NORMAS LEGALES Viernes 1 de diciembre de 2023 El Peruano / Artículo 3º.- ENCARGAR la publicación del presente Decreto a Secretaria General en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Tecnología de la Información y Comunicaciones en el portal institucional (www.munisanmiguel.gob.pe) Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO BLESS CABREJAS Alcalde 2237408-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Declaran desfavorable solicitud de Cambio de Zonificación de Otros Usos - OU a Residencial de Densidad Media - RDM y Comercio Zonal - CZ, para inmueble ubicado en el distrito, presentada por la Asociación Civil Lima Polo Club ACUERDO DE CONCEJO Nº 136-2023-ACSS Santiago de Surco, 23 de noviembre de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en sesión ordinaria de la fecha; VISTO: El Dictamen N°11-2023-CDU-CAJ-MSS, Dictamen Conjunto de las Comisiones de Desarrollo Urbano y de Asuntos Jurídicos, el Memorándum Nº 2322-2023-GM-MSS de la Gerencia Municipal, Informe Nº 868-2023-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Memorándum N° 155-2023-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, Informe N° 771-2023-SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, Memorándum Nº 614-2023-GTI-MSS de la Gerencia de Tecnologías de la Información, Memorándums Nº 1374 y Nº 1432-2023-GPV-MSS de la Gerencia de Participación Vecinal, Documentos Simples Nº 2365462023 y Nº 2467032023 de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, entre otros documentos, sobre propuesta de Cambio de Zoni fi cación; y CONSIDERANDO:Que, el numeral 5) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Concejo Municipal: “Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zoni fi cación de las Áreas Urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos, y demás planes especí fi cos sobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial”; Que, el numeral 9.4 del artículo 9° de la Ordenanza N° 2086, Ordenanza que regula el cambio de zoni fi cación en Lima Metropolitana de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 13.04.2018, señala que: “9.4 Una vez realizada la veri fi cación señalada en el literal 9.2 y dentro de los ocho (08) días hábiles siguientes de ingresada la petición, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas remitirá una (01) copia de la misma a la Municipalidad Distrital en donde se ubica el predio, a fi n que, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes, dicha Municipalidad Distrital, realice las siguientes acciones: 9.4.1 El levantamiento de la opinión de la población vecina colindante, directamente involucrada con la petición de cambio de zoni fi cación, a través del Formulario Único de Consulta Vecinal (FUCV). Para el caso de los predios ubicados en el Cercado de Lima, la consulta se realizará a través de la Gerencia de Participación Vecinal de la Municipalidad Metropolitana de Lima o de la Unidad Orgánica que haga las veces de dicha Gerencia. 9.4.2 Exhibir por un período de quince (15) días hábiles, en la página web institucional y en un lugar visible de la sede principal u otra sede de la municipalidad distrital, según se estime pertinente, un plano de zoni fi cación donde se incluirá la ubicación y descripción del cambio de zonifi cación recibido, a fi n de que las instituciones y vecinos en general del distrito puedan emitir su opinión sobre la propuesta planteada, debidamente fundamentada y por escrito, mediante el Formulario Único de Consulta Vecinal (FUCV), los cuales serán entregados directamente a la Municipalidad Distrital dentro del período de exhibición. La Municipalidad Distrital realizará la consolidación de las opiniones vecinales recibidas. 9.4.3 La Municipalidad Distrital, bajo responsabilidad, realizará la evaluación de la petición de cambio de zonifi cación, la misma que será elevada al Concejo Municipal Distrital, para la emisión del Acuerdo de Concejo respectivo, donde se expresará la opinión sustentada respecto de lo solicitado. La opinión emitida por la Municipalidad Distrital no tiene carácter vinculante. 9.4.4 El resultado de la evaluación efectuada por parte de la Municipalidad Distrital, será comunicado a la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, adjuntado la documentación que sea pertinente, dentro del plazo máximo de treinta (30) días señalado en literal 9.4. 9.4.5 Si la Municipalidad Distrital no comunica su pronunciamiento, dentro del plazo señalado en el literal que antecede, se considerará como una opinión favorable; pudiendo la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas continuar con el procedimiento regulado en la presente Ordenanza.” Que, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través del O fi cio N° D000593-2023-MML-GDU-SPHU (Documento Simple Nº 2365462023 de fecha 21.08.2023), por el cual la Asociación Civil Lima Polo Club representado por la Sra. Martha Rivera Regalado, solicitó el Cambio de Zoni fi cación de Otros Usos - OU a Residencial de Densidad Media - RDM y Comercio Zonal - CZ, para un área de 94,266.85 m2 constituido por la Parcela 2-A, ubicado con frente a la Av. El Derby y Av. Nicolás Rodrigo, Distrito de Santiago de Surco; precisando que de acuerdo a lo establecido en el inciso 9.4 de la Ordenanza Nº 2086-MML, se deberá remitir pronunciamiento dentro del plazo de 30 días hábiles, caso contrario no pronunciarse se entenderá como favorable. Asimismo, a través del O fi cio N° D000754-2023-MML-GDU-SPHU (Documento Simple Nº 2467032023 de fecha 20.10.2023), dicha subgerencia otorga el plazo adicional de 30 días hábiles, contados a partir de su recepción, con la fi nalidad de la aplicación de la consulta vecinal y emisión de la opinión técnica correspondiente, anexando el Acuerdo de Concejo y lo actuado; Que, la Gerencia de Participación Vecinal, mediante Memorándum Nº 1374-2023-GPV-MSS de fecha 11.09.2023, remite el resultado de la encuesta vecinal, sobre un total de 126 encuestas realizadas, siendo el resultado el siguiente: Favorable (20) y Desfavorable (106); Que, la Gerencia de Tecnologías de la Información, a través del Memorándum Nº 614-2023-GTI-MSS de fecha 26.09.2023, señala que se procedió con la publicación en el Portal Web de la Municipalidad, la petición del cambio de zoni fi cación submateria, por el plazo de 15 días hábiles, sumándole a ello 7 días hábiles adicionales, habiendo iniciado la publicación desde el día 24.08.2023 y concluyó el 25.09.2023. Asimismo, la Gerencia de Participación