TEXTO PAGINA: 16
16 NORMAS LEGALES Domingo 17 de diciembre de 2023 El Peruano / el cronograma de la Trigésima Expedición Cientí fi ca del Perú a la Antártida - ANTAR XXX, solicitando la aprobación del dispositivo legal que autorice el viaje al extranjero en comisión de servicio del personal que participará en la ANTAR XXX, de acuerdo al itinerario previsto y dentro de los plazos establecidos; Que, a través del Informe Legal Nº 136-2023-OAL/ DHN, la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Legal de la Dirección de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra del Perú opina que es viable la autorización del viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar que conforma la dotación del B.A.P. CARRASCO” (BOP-171), con la fi nalidad de que participen en la Trigésima Campaña Cientí fi ca del Perú a la Antártida - ANTAR XXX, a realizarse del 18 de diciembre de 2023 al 10 de marzo de 2024, con permanencia en puerto extranjero por un período total de treinta y un (31) días; Que, adicionalmente, conforme a lo indicado en el acotado documento, el Capitán de Fragata Diego Armando GURREONERO ROBINSON, actualmente desempeña el cargo de Segundo Comandante del B.A.P. “CARRASCO” y participará de la Campaña ANTAR XXX hasta el primer arribo del buque al puerto de Punta Arenas (República de Chile), donde se desembarcará, luego de ser relevado en el citado cargo por el O fi cial Superior entrante designado, debiendo permanecer un (1) día en la ciudad de Punta Arenas, República de Chile, para retornar a Lima el día 30 de diciembre de 2023; Que, la Exposición de Motivos anexada al expediente, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior , en comisión de servicio, del personal naval a bordo del B.A.P. “CARRASCO” (BOP-171), para que participen en la Trigésima Campaña Cientí fi ca del Perú a la Antártida - ANTAR XXX, por cuanto, permitirá promover el desarrollo de la actividad cientí fi ca del Perú en la Antártida, en bene fi cio de los objetivos institucionales y para el cumplimiento de la Política Nacional Antártica del Perú, consolidando la presencia activa y permanente de nuestro país en la Antártida; Que, de acuerdo con las Hojas de Gastos Nº 252- 2023 y Nº 253-2023 suscritas por la O fi cina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú y por el Director de Administración de Personal de dicha Institución Armada, los gastos por concepto de pasaje aéreo internacional (retorno), viáticos y asignación especial por estadía en puerto extranjero, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 12 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, mediante Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000004, Nº 0000000239 y Nº 0000000325, emitida por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior, durante el Año Fiscal 2023; Que, a través de la Constancia de Previsión de Recursos Nº 297-2023, emitida por el Jefe del Departamento de Programación y Presupuesto del Estado Mayor General de la Marina, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior, en comisión de servicio, para el Año Fiscal 2024; Que, con O fi cio Nº 9011/51, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal naval a bordo del B.A.P. “CARRASCO” (BOP-171), para que participen en la Trigésima Campaña Cientí fi ca del Perú a la Antártida - ANTAR XXX, a realizarse del 18 de diciembre de 2023 al 10 de marzo de 2024, y de acuerdo con el itinerario previsto, deberán zarpar del Puerto del Callao, República del Perú, el 18 de diciembre de 2023, con escala en el Puerto de Punta Arenas, República de Chile, del 29 al 31 de diciembre de 2023; Región Antártida, del 4 al 8 de enero y del 26 al 29 de enero de 2024; en el Puerto de Punta Arenas, República de Chile, del 1 al 3 de febrero de 2024; Región Antártida, del 6 al 9 de febrero y del 14 al 19 de febrero de 2024; Puerto de Ushuaia, República Argentina, del 22 al 24 de febrero de 2024; Puerto de Valparaíso, República de Chile, del 2 al 4 de marzo de 2024; arribando al Puerto del Callao, República del Perú, el 10 de marzo de 2023, con permanencia en puerto extranjero por un período total de treinta y un (31) días. Asimismo, se autoriza el desembarco del Capitán de Fragata Diego Armando GURREONERO ROBINSON, en el puerto de Punta Arenas, República de Chile; y su retorno a la ciudad de Lima, República del Perú, el 30 de diciembre de 2023, luego de permanecer un (1) día en la ciudad de Punta Arenas; adjuntando la documentación sustentatoria correspondiente; Que, a través del O fi cio Nº 03349-2023-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico Nº 836-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el O fi cial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo y, conforme a su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG; Que, asimismo, el artículo 24 del Decreto Legislativo Nº 1144, que regula la situación militar de los Supervisores, Técnicos y Subo fi ciales u O fi ciales de Mar de las Fuerzas Armadas, concordante con el artículo 21 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 014-2013-DE, establece que el personal nombrado en comisión de servicio o misión de estudios, por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 21 del referido decreto legislativo, más el tiempo compensatorio dispuesto en el citado artículo; Que, mediante el Informe Legal Nº 02079-2023-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal naval a bordo del B.A.P. “CARRASCO” (BOP-171), para que participen en la Trigésima Campaña Cientí fi ca del Perú a la Antártida - ANTAR XXX; así como, el desembarco del Capitán de Fragata Diego Armando GURREONERO ROBINSON, en el puerto de Punta Arenas, República de Chile; y su retorno a la ciudad de Lima, República del Perú, luego de permanecer un (1) día en la ciudad de Punta Arenas, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal naval que se detalla