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21 NORMAS LEGALES Domingo 17 de diciembre de 2023 El Peruano / aprueban mediante resolución ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, previo informe favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces en el pliego; Que, mediante Carta Nº 000082-2023-COFIDE/DGNF, COFIDE remite al Ministerio de Economía y Finanzas una propuesta de Contrato de Fideicomiso de Administración del Fondo Inclusivo de Desarrollo Empresarial Rural, de acuerdo con lo establecido en el numeral 63.4 del artículo 63 de la Ley Nº 31912 y; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 63.4 del artículo 63 de la Ley Nº 31912, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica, la respuesta ante la emergencia y el peligro inminente por la ocurrencia del Fenómeno El Niño para el año 2023 y dicta otras medidas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Contrato de Fideicomiso de Administración del Fondo Inclusivo de Desarrollo Empresarial Rural (FIDER) Aprobar el Contrato de Fideicomiso de Administración del Fondo Inclusivo de Desarrollo Empresarial Rural (FIDER), el mismo que se adjunta como Anexo a la presente Resolución Ministerial, a través del cual se establecen los términos y condiciones para la administración del Patrimonio Fideicometido del FIDER, en el marco de las disposiciones contenidas en la Ley Nº 31912, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica, la respuesta ante la emergencia y el peligro inminente por la ocurrencia del Fenómeno El Niño para el año 2023 y dicta otras medidas, y su Reglamento Operativo aprobado mediante la Resolución Ministerial Nº 416-2023-EF/15. Artículo 2.- Autorización para suscribir documentos Autorizar a la Jefa de la O fi cina General de Administración y al Director General de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, a suscribir el Contrato de Fideicomiso de Administración del Fondo Inclusivo de Desarrollo Empresarial Rural (FIDER), aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, así como a suscribir los documentos públicos y/o privados, conexos o complementarios que permitan su ejecución. Artículo 3.- Publicación La presente Resolución Ministerial y su Anexo se publican en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), el mismo día de la publicación de la presente norma en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2245179-1 INTERIOR Autorizan viaje de personal policial a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1561-2023-IN Lima, 15 de diciembre de 2023VISTOS, el O fi cio Nº 1976-2023-COMASGEN-CO PNP/DIRASINT-DIVABI de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe Nº D000998-2023-IN-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 198-2020-JUS, el Estado peruano accedió a la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad venezolana FRANCISCO JAVIER MENDOZA ZERPA a la República de Colombia, formulada por el Juzgado de Investigación Preparatoria de Condevilla de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito de feminicidio, en agravio de Johana Jackeline Briceño Matuzalen; y dispuso su presentación por vía diplomática a la República de Colombia, conforme al Tratado vigente y a la normativa interna aplicable al caso; Que, a través de los correos electrónicos con referencia 2023170009 1111/EXTRADICIONES/AAMV, de fechas 28 de noviembre y 4 de diciembre de 2023, respectivamente, la O fi cina Central Nacional de INTERPOL – Bogotá informa a la O fi cina Central Nacional de INTERPOL - Lima, que ha sido autorizada la entrega al Perú del ciudadano venezolano FRANCISCO JAVIER MENDOZA ZERPA; asimismo, acepta la propuesta de programación para ejecutar la referida extradición, para el día 22 de diciembre de 2023; Que, con Informe Nº 534-2023-COMASGEN PNP/ DIRASINT-PNP/OCN INTERPOL-L-DEPICJE, la Ofi cina Central Nacional INTERPOL – Lima, sustenta la designación del Subo fi cial Superior de la Policía Nacional del Perú FAUSTINO JORDAN REYES y del Subo fi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú EMILIO ARNALDO CHAVEZ ANDRADE, para que viajen en comisión de servicio, a la ciudad de Bogotá de la República de Colombia, a fi n de recibir, custodiar y trasladar a nuestro país, al ciudadano venezolano FRANCISCO JAVIER MENDOZA ZERPA; Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión Nº 393-2023-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente se prosiga con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal policial mencionado precedentemente, del 19 al 22 de diciembre de 2023, a la ciudad de Bogotá de la República de Colombia, para que ejecuten la extradición activa antes citada; Que, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2017-IN, establece en su artículo 13 que “La O fi cina Central Nacional INTERPOL - Lima de la Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes: (…) 7) Ejecutar las extradiciones activas y pasivas de ciudadanos nacionales o extranjeros, requeridos por la autoridad judicial nacional o extranjera y que se encuentren en territorio nacional o internacional, vía los canales y procedimientos diplomáticos correspondientes, en el marco de la legislación vigente y los Tratados de Extradición de los cuales el Perú es parte (…)”; Que, la participación del mencionado personal policial en la comisión asignada, se encuentra en el ámbito de las competencias de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos por concepto de pasaje aéreo de retorno del extraditado, pasajes aéreos (ida y vuelta) y viáticos del citado personal policial, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme se precisa en el Informe Nº 534-2023-COMASGEN PNP/DIRASINT-PNP/OCN INTERPOL-L-DEPICJE; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)” ; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN en su artículo 1 dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG (…)” ;