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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (19/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Martes 19 de diciembre de 2023 El Peruano / SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES Disponen la apertura de la Oficina denominada “ Agencia de Atención al Ciudadano Ica”, a cargo de la Jefatura Zonal Callao; del “Puesto de Verificación Migratoria Satipo”, a cargo de la Jefatura Zonal Huancayo; y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 000203-2023-MIGRACIONES Breña, 15 de diciembre de 2023 VISTOS: Los Memorandos N° 009412-2023-DIROP- MIGRACIONES y N° 010173-2023-DIROP-MIGRACIONES e Informe N° 000384-2023-DIROP-MIGRACIONES de la Dirección de Operaciones; las Hojas de Elevación N° 000273-2023-OPP-MIGRACIONES y N° 000279-2023-OPP-MIGRACIONES y los Memorandos N° 003668-2023-OPP-MIGRACIONES y N° 003021-2023-OPP-MIGRACIONES de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 002018-2023-UPP-MIGRACIONES de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, los Informes Nº 000705-2023-OAJ-MIGRACIONES y Nº 000747-2023-OAJ-MIGRACIONES de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1130 se crea la Superintendencia Nacional de Migraciones-MIGRACIONES, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio del Interior; señalando en su artículo 2° que, MIGRACIONES tiene competencia de alcance nacional en materia de política migratoria interna y participa en la política de seguridad interna y fronteriza, coordina el control migratorio con las diversas entidades del Estado que tengan presencia en los puestos de control migratorio o fronterizo del país, para su adecuado funcionamiento; Que, el artículo 4 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, precisa que la fi nalidad del proceso de modernización de la gestión del Estado es la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos y que, el objetivo es alcanzar un Estado, al servicio de la ciudadanía, con canales efectivos de participación ciudadana, descentralizado y desconcentrado, transparente en su gestión, con servidores públicos cali fi cados y adecuadamente remunerados y fi scalmente equilibrado; Que, el artículo 4º del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, publicado por Resolución de Superintendencia N° 000153-2020-MIGRACIONES, señala que son funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones-MIGRACIONES, entre otras: (i) administrar, supervisar, fi scalizar, normar y sancionar las actividades en materia de su competencia; (ii) otorgar o denegar las calidades migratorias a su cargo, así como el cambio de calidad migratoria y prorrogarlas; asimismo, otorga o deniega permisos en materia migratoria; (iii) regularizar la condición migratoria de extranjeros de acuerdo a los requisitos establecidos en la normativa vigente y tratados y acuerdos internacionales; (iv) otorgar y renovar los documentos que acrediten la permanencia o residencia legal de personas extranjeras, así como de las personas cuya condición de apátridas, asilados o refugiados sea determinada por el Ministerio de Relaciones Exteriores; (v) desarrollar las acciones de seguridad y control migratorio en zonas de frontera y en todo el territorio nacional, en el marco de sus competencias; así como, realizar las actividades de verifi cación migratoria a los ciudadanos que se transportan en medios de transporte nacional e internacional, en el territorio nacional y en coordinación con las autoridades competentes, con el propósito de veri fi car el cumplimiento de las condiciones normativas migratorias vigentes; y, (vi) expedir pasaportes, salvoconductos o documentos de viaje análogos, en el ámbito de su competencia; Que, el artículo 78º del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, publicado por Resolución de Superintendencia N° 000153-2020-MIGRACIONES, señala que las Jefaturas Zonales constituyen órganos desconcentrados de MIGRACIONES; asimismo, el artículo 79º de la citada norma precisa que las Jefaturas Zonales son responsables de coordinar y ejecutar los procedimientos y servicios relativos al control migratorio, emisión de documentos de viaje y de identidad, inmigración y solicitudes de nacionalización, en el ámbito territorial de su competencia; esto debidamente concordado con el artículo 14º de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, el cual re fi ere que los órganos desconcentrados requieren de una organización desconcentrada, distinta a la de la entidad de la cual forman parte y que actúan en representación de la entidad de la cual forman parte; Que, mediante Memorando Nº 009412-2023-DIROP- MIGRACIONES la Dirección de Operaciones rati fi ca la importancia de establecer un “Puesto de Veri fi cación Migratorio Satipo” como dependencia de la Jefatura Zonal Huancayo, una “Agencia de Atención al Ciudadano Ica” como dependencia de la Jefatura Zonal Callao; así como, de fi jar la dependencia del MAC Cusco como dependencia de la Jefatura Zonal Cusco; ya que MIGRACIONES forma parte de las 14 entidades públicas que prestan servicios en el Centro de Mejor Atención al Ciudadano -MAC en el Cusco, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1211-Decreto Legislativo que aprueba medidas para el fortalecimiento e implementación de servicios públicos integrados a través de ventanillas únicas e intercambio de información entre entidades; Que, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, mediante los informes trasladados con las Hojas de Elevación N° 000273-2023-OPP-MIGRACIONES y N° 000279-2023-OPP-MIGRACIONES y los Memorandos N° 003668-2023-OPP-MIGRACIONES y N° 003021-2023-OPP-MIGRACIONES otorga viabilidad a la propuesta de establecer un “Puesto de Veri fi cación Migratoria Satipo” como dependencia de la Jefatura Zonal USO DEL SISTEMA PGA PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. 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