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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (19/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Martes 19 de diciembre de 2023 El Peruano / Huancayo y una “Agencia Desconcentrada en Ica” como dependencia de la Jefatura Zonal Callao; Que, mediante Memorando Nº 010173-2023-DIROP- MIGRACIONES la Dirección de Operaciones re fi ere que es necesario modi fi car la denominación de alguna de las dependencias de las Jefaturas Zonales, debiendo sustituirse la denominación de “Agencia Desconcentrada” por la de “Agencia de Atención al Ciudadano”, cambio que no altera las funciones que cada una desarrolla; ello, en observancia de lo dispuesto en el numeral 14.2 del antes mencionado artículo 14º del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, el cual señala que las O fi cinas a cargo de funciones administrativas tales como recepción de expedientes, solicitudes, entrega de información a la ciudadanía, y en general para actividades de similar naturaleza, que forman parte de la O fi cina de Atención al Ciudadano o la que haga sus veces, no constituyen órganos desconcentrados; Que, a través de la Resolución de Superintendencia N° 000135-2023-MIGRACIONES modi fi cada por la Resolución de Superintendencia N° 000168-2023-MIGRACIONES, se aprobó la delimitación territorial de las diecisiete (17) Jefaturas Zonales, en condición de órganos desconcentrados de la Superintendencia Nacional de Migraciones-MIGRACIONES, precisando las dependencias a su cargo; al respecto, mediante Informe N° 000384-2023-DIROP, la Dirección de Operaciones re fi ere que, advirtió un error material en las citadas resoluciones, puesto que en la delimitación territorial de la Jefatura Zonal Lima se incluyó a la Provincia de Huaura, cuando ésta, forma parte de la delimitación territorial de la Jefatura Zonal Callao; Que, el artículo 201 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General habilita a las entidades a recti fi car errores materiales en los actos administrativos, en cualquier momento, de o fi cio y siempre que no se altere lo sustancial de su contenido. Dicha recti fi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original; Que, a través de las Hojas de Elevación N° 000273-2023-OPP-MIGRACIONES y N° 000279-2023-OPP-MIGRACIONES y los Memorandos N° 003668-2023-OPP-MIGRACIONES y N° 003021-2023-OPP-MIGRACIONES de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; así como, el Informe N° 002018-2023-UPP-MIGRACIONES de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto que consolida los informes de las O fi cinas de Administración y Finanzas, Recursos Humanos y de Tecnologías de Información y Comunicaciones, otorgan viabilidad a la propuesta de establecer un “Puesto de Veri fi cación Migratoria Satipo” como dependencia de la Jefatura Zonal Huancayo y una “Agencia de Atención al Ciudadano Ica” como dependencia de la Jefatura Zonal Callao; Que, mediante los Informes N° 00705-2023-OAJ- MIGRACIONES y N° 000747-2023-OAJ-MIGRACIONES, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que, es jurídicamente viable que mediante Resolución de Superintendencia se disponga establecer un “Puesto de Verifi cación Migratoria Satipo” como dependencia de la Jefatura Zonal Huancayo y una “Agencia de Atención al Ciudadano Ica” como dependencia de la Jefatura Zonal Callao; así como, fi jar la dependencia del MAC Cusco como dependencia de la Jefatura Zonal Cusco; recti fi car el error material en la delimitación territorial de la Jefatura Zonal de Lima; y, modi fi car la estructura del cuadro de delimitaciones, además de cambiar la denominación de las Agencias Desconcentradas por la denominación de Agencias de Atención al Ciudadano; Que, estando a lo propuesto y con el visado de la Gerencia General, de la Dirección de Operaciones; así como de las O fi cinas de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones-MIGRACIONES; la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones-MIGRACIONES, publicado por Resolución de Superintendencia N° 000153-2020- MIGRACIONES. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Disponer la apertura de la O fi cina denominada “Agencia de Atención al Ciudadano Ica”, a cargo de la Jefatura Zonal Callao, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer la apertura del “Puesto de Verifi cación Migratoria Satipo”, a cargo de la Jefatura Zonal Huancayo, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución. Artículo 3º.- Establecer la dependencia funcional de la Agencia de Atención al Ciudadano en el MAC Cusco, en la Jefatura Zonal Cusco. Artículo 4º.- Recti fi car el error material en el artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 000135-2023-MIGRACIONES modi fi cada por la Resolución de Superintendencia N° 000168-2023-MIGRACIONES, al haberse consignado en la delimitación territorial de la Jefatura Zonal de Lima a la Provincia de Huaura, eliminando dicha mención. DICE:“(…) LIMAAGENCIA DE ATENCIÓN AL CIUDADANOLIMA PROVINCIASLIMA METROPOLITANA CARABAYA BARRANCA LA MOLINA CAJATAMBO SURCO CANTA PURUCHUCO CAÑETE MAC LIMA SUR HUAROCHIRI MAC LIMA NORTE HUAURA MAC LIMA ESTE OYON YAUYOS (…)” DEBE DECIR: “(…) LIMAAGENCIA DE ATENCIÓN AL CIUDADANOLIMA PROVINCIASLIMA METROPOLITANA CARABAYA BARRANCA LA MOLINA CAJATAMBO SURCO CANTA PURUCHUCO CAÑETE MAC LIMA SUR HUAROCHIRI MAC LIMA NORTE OYON MAC LIMA ESTE YAUYOS (…)” Artículo 5º.- Disponer que, de conformidad con las normas internas, la Dirección de Operaciones y las Ofi cinas de Administración y Finanzas y de Recursos Humanos implementen en un plazo de quince (15) días hábiles lo establecido en los artículos 1, 2 y 3 de la presente Resolución, informando de ello a la Gerencia General. Artículo 6°.- Modi fi car, el artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 000135-2023-MIGRACIONES modi fi cada por la Resolución de Superintendencia N° 000168-2023-MIGRACIONES, en los siguientes términos: “Artículo 1.- Delimitación territorial de los órganos desconcentrados Aprobar la delimitación territorial de las diecisiete (17) Jefaturas Zonales, en condición de órganos desconcentrados de la Superintendencia Nacional de Migraciones-MIGRACIONES, en los siguientes términos: