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124 NORMAS LEGALES Domingo 24 de diciembre de 2023 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido por el numeral 8) del artículo 9° y artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, con el Dictamen favorable de la Comisión de Asuntos Legales, Comisión de Servicios Públicos y Sociales y Comisión de la Mujer (comisión tripartita), así como la dispensa del trámite de lectura y de aprobación del Acta, el Concejo Municipal con el VOTO POR UNANIMIDAD, emitió la siguiente norma: ORDENANZA MUNICIPAL QUE CREA EL REGISTRO MUNICIPAL DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD DEL DISTRITO DE VENTANILLA Artículo 1.- APROBAR la creación del Registro Municipal de la Persona con Discapacidad del distrito de Ventanilla, con el fi n de administrar el Registro Municipal de la Persona con Discapacidad en el ámbito de su jurisdicción, el mismo que constituye una base de datos personales y la información referida a la discapacidad de las personas incorporadas en el mismo; el cual comprende los registros detallados en el numeral 78.1 del artículo 78 de la Ley Nº 29973, con excepción del Registro de Sanciones por el incumplimiento de la Ley General de la Persona con Discapacidad, y otros que por su naturaleza sean solo de alcance nacional, por disposición de la propia norma que los cree. Artículo 2.- PRECISAR que la información referida a la salud contenida en el Registro Municipal de la Persona con Discapacidad es de carácter con fi dencial y solo puede ser utilizada con fi nes estadísticos, cientí fi cos y técnicos debidamente acreditados; asimismo, el tratamiento de la base de datos personales y sensibles que contengan el Registro Municipal se efectuará conforme a las disposiciones de protección de datos personales contenidos en la normativa vigente.Artículo 3.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Humano, por medio de la Subgerencia Protección, Adulto Mayor y OMAPED, administrar el Registro Municipal de la Persona con Discapacidad en el ámbito de su jurisdicción; en ese sentido, es responsable de administrar, custodiar, supervisar y procesar la información del Registro Municipal, de acuerdo a lo previsto en el literal h) en el numeral 70.2 del artículo 70 de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad. Artículo 4.- FACULTAR al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía modi fi que o deje en suspenso algunas medidas aprobadas en la presente ordenanza, así como establezca las normas complementarias y reglamentarias para la aplicación e implementación de la presente ordenanza, de ser el caso de conformidad con lo señalado en el Artículo 44°, Inciso 44.5 del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 5.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, que disponga las acciones necesarias a efectos de incorporar los procedimientos vinculados con el Registro Municipal creado en virtud de la presente ordenanza. Artículo 6.- ENCARGAR a la Secretaría General, disponga la publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial “El Peruano”, así como también a la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicación, la publicación del presente en la página web de la Municipalidad Distrital de ventanilla, cuya dirección electrónica es: www.muniventanilla.gob.pe y en la página del portal o fi cial del Estado Peruano. Artículo 7.- PRECISAR que la presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JHOVINSON HUGO VASQUEZ OSORIO Alcalde 2247347-1 Preguntas y comentarios: normasactualizadas@editoraperu.com.peINGRESA A NORMAS LEGALES ACTUALIZADAS https://diarioo ǝĆĺéŐ̔ĔŐƇĔƋƨé no̔pĔ/normas/normas éĆƟƨéŐ izadasMANTENTE INFORMADO CONLO ÚLTIMO EN NORMAS LEGALES Utilice estas normas con la certeza de que están vigentes.Normas Legales ActualizadasNLA a s Ɵ Ő NORMAS LEGALES ACTUALIZADAS