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112 NORMAS LEGALES Domingo 24 de diciembre de 2023 El Peruano / Concejo Municipal aprobar los Planes de Desarrollo Local Concertados, mientras que el artículo 97° dispone que los planes de desarrollo municipal concertados y sus presupuestos participativos tienen un carácter orientador de la inversión, asignación y ejecución de los recursos municipales. Son aprobados por los respectivos concejos municipales; Que, estos planes deben responder fundamentalmente a los principios de participación, transparencia, gestión moderna y rendición de cuentas, inclusión, e fi cacia, efi ciencia, equidad, sostenibilidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiaridad, consistencia de las políticas locales, especialización de las funciones, competitividad e integración; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1088, se crea el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, SINAPLAN, así como el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico Nacional, CEPLAN, el mismo que tiene por fi nalidad la creación y regulación de la organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico – SINAPLAN y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, orientados al desarrollo de la plani fi cación estratégica como instrumento técnico de gobierno y de gestión para el desarrollo armónico y sostenida del país y el fortalecimiento de la gobernabilidad democrática en el marco del estado constitucional de derecho; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 009-2021/CEPLAN/PCC se modi fi ca la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD: “Directiva para la Formulación y actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, la cual en su artículo 6° indica el Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua: Fase 1: El conocimiento integral de la realidad, Fase 2: El Futuro deseado, Fase 3: Políticas y Planes Coordinados y Fase 4: Seguimiento y la evaluación de políticas y planes para la mejora continua; Que, mediante la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00028-2021/CEPLAN/PCD, se aprueba la “Guía para el Plan de Desarrollo Regional Concertado para la mejora de planes estratégicos con enfoque territorial”, el cual es tomando como referente para la formulación de los Planes de Desarrollo Local Concertado de los Gobiernos Locales; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 071- 2021-MDL se formaliza la conformación del “Equipo Ampliado para la formulación del Plan de Desarrollo Local Concertado 2022-2030”, modi fi cado por Resolución de Alcaldía N° 076-2022-MDL y Resolución de Alcaldía N° 063-2023-MDL; Que, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, remite el O fi cio N° D000414-2022-CEPLAN- DNCP, adjuntando el Informe Técnico N°D000036- 2022-CEPLAN-DNCP-PDLC, de fecha 23 de mayo de 2022, concluye que luego de la revisión de la Fase 01” Conocimiento Integral de la Realidad” del Proyecto de Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Lince señala que CUMPLE, con la metodología establecida por CEPLAN; Que, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, remite el O fi cio N° D000798-2022-CEPLAN- DNCP, adjuntando el Informe Técnico N°D000082-2022-CEPLAN-DNCP-PDLC, de fecha 16 de diciembre de 2022, concluye que luego de la revisión de la Fase 02” Futuro deseado” del Proyecto de Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Lince señala que CUMPLE, con la metodología establecida por CEPLAN; Que, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, remite el O fi cio N° D00805-2023-CEPLAN- DNCP, adjuntando el Informe Técnico N° D00035-2023-CEPLAN-DNCPPDLC de fecha 13 de noviembre de 2023, concluye que luego de la revisión de la Fase 03” Políticas y Planes Coordinados” del Proyecto de Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Lince señala que CUMPLE, con la metodología establecida por CEPLAN; Que, la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0043-2023/CEPLAN/PCD, de fecha 12 de junio de 2023, se modi fi ca el artículo 6° de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 80-2022/CEPLAN/PCD, en los siguientes términos: “ Disponer que los gobiernos regionales y gobiernos locales a nivel provincial y distrital, inicien o continúen con carácter de urgencia la formulación de los planes de desarrollo concertado con un horizonte 2024 al 2034, en un plazo no mayor a 90 días calendario; y en el caso de que culminen el proceso de formulación del PDC hasta el 30 de junio de 2023, el horizonte temporal de inicio podrá ser el año 2023, y de culminación mínimo al 2032 ”; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 490-2023- MDL de fecha 28 de agosto de 2023, se aprueba la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Lince; Que, mediante el Informe Nº 279-2023-MDL/ OGPP/OPIM, la O fi cina de Planeamiento, Inversiones y Modernización, remite los actuados a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, la cual deriva mediante Memorando N° 3136-2023-MDL/OGPP a la O fi cina General de Asesoría Jurídica y sustenta el Proyecto de “Plan de Desarrollo Local Concertado de Lince 2024-2034” para opinión legal; Que, mediante Informe Nº 00644-2023-MDL/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en uso de sus facultades considera se encuentra dentro del marco legal vigente, emitiendo opinión favorable y declara procedente la aprobación del “Proyecto de Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Lince 2024-2034 de la Municipalidad Distrital de Lince”; Que, mediante el Memorando N° 1063-2023-MDL- GM, la Gerencia Municipal, remite los actuados a Secretaría General a fi n de que se ponga a consideración del Concejo Municipal de la entidad, para que, conforme a sus facultades, sea aprobado, de considerarlo pertinente; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades contenidas en el artículo 9° numeral 8) y artículo 40° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el VOTO UNÁNIME de los miembros del Pleno del Concejo Municipal, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO DEL DISTRITO DE LINCE 2024-2034 Artículo 1.- APROBAR el PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO DEL DISTRITO DE LINCE 2024-2034, que en Anexo adjunto forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2.- ENCARGAR a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y O fi cina de Planeamiento, Inversiones y Modernización la correcta difusión a nivel institucional, a fi n de implementar el presente documento territorial en el planeamiento institucional y operativo. Artículo 3.- ENCARGAR a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, O fi cina de Planeamiento, Inversiones y Modernización y a la O fi cina General de Comunicaciones e Imagen Institucional, desarrollar una estrategia de difusión del mismo, con la fi nalidad de que los actores en el territorio tomen conocimiento de su contenido, especialmente del futuro deseado del territorio y de la priorización de los OER y AER. Artículo 4.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Tecnologías de la Información el mencionado dispositivo y el PDLC 2024-2034 en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. MALCA SCHNAIDERMAN LARA Alcaldesa 2247597-1 Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024-2027 del distrito de Lince ORDENANZA Nº 500-2023-MDL Lince, 20 de diciembre de 2023