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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (24/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Domingo 24 de diciembre de 2023 El Peruano / Clasi fi cación y estructura general de los documentos normativos, Anexo 7: Cuadro de control de cambios, y con lo dispuesto en el numeral 7.4 de la Directiva; Que, por las consideraciones expuestas, la Ofi cina de Asesoría Jurídica mediante el Informe N° 1210-2023-SUNARP/OAJ del 22 de diciembre de 2023, emite opinión favorable sobre el proyecto de actualización y modi fi cación del Reglamento de Acceso a la Función Registral dentro del Sistema Nacional de los Registros Públicos (V.04), elaborado por la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, en su condición de órgano proponente y, revisado por la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en su condición de órgano técnico; Que, el mencionado órgano de asesoramiento señala que el acto resolutivo se deberá materializar mediante una Resolución de la Superintendencia Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el subnumeral 6.5.1 del Capítulo VI de la Directiva, así como en el literal x) del artículo 11 del ROF de la Sunarp. También se precisa que el citado acto resolutivo debe ser publicado en el Diario Ofi cial El Peruano, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; De conformidad con lo dispuesto en el subnumeral 6.5.1 del Capítulo VI de la Directiva DI-002-2022-UOM-OPPM; y, en el literal x) del artículo 11 del ROF de la Sunarp; contando con el visado de la Gerencia General, la Ofi cina de Gestión de Recursos Humanos, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación del Reglamento de Acceso a la Función Registral dentro del Sistema Nacional de los Registros Públicos Aprobar la modi fi cación de los artículos 4 y 5 (retirando los pies de página) y la modi fi cación del Anexo I: Aviso de Convocatoria, Sección. 1. boni fi cación por discapacidad, del Reglamento de Acceso a la Función Registral dentro del Sistema Nacional de los Registros Públicos (actualizado con Resolución N° 140-2022-SUNARP/SN y con Resolución N° 195-2023-SUNARP/SN), conforme al detalle que consta en el Anexo N° 7: Cuadro de control de cambios”, el cual forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Actualización del Reglamento de Acceso a la Función Registral dentro del Sistema Nacional de los Registros Públicos Aprobar la actualización del Reglamento de Acceso a la Función Registral dentro del Sistema Nacional de los Registros Públicos (V.04), cuyo texto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- Publicación El documento normativo aprobado mediante el artículo 2 de la presente resolución, es publicado en el Portal de Transparencia Estándar de la Entidad, el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO MIGUEL SUBAUSTE BRACESCO Superintendente Nacional 1 Directiva DI-002-2022-UOM-OPPM, denominada “Directiva que Regula la Emisión de los Documentos Normativos de la Sunarp”, aprobada mediante Resolución N° 210-2022-SUNARP/GG. “ IV.- De fi nición de Términos y Abreviaturas (...) 4.22 Versión: Se re fi ere al documento actualizado, se representa con un número que denota el número de veces que el DN se ha actualizado.” 2247621-1Modifican el Procedimiento Interno para el ingreso, registro, derivación, trámite y atención; y la Guía de Usuario para el ingreso documental por la mesa de trámite documentario virtual de Sunarp RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 260-2023-SUNARP/GG Lima, 22 de diciembre de 2023 VISTOS:El Informe N° 073-2023-SUNARP/GG/CTA del 14 de diciembre de 2023 y el Informe N° 075-2023-SUNARP/GG/CTA del 19 de diciembre de 2023, de la Unidad de Gestión Documental y Atención a la Ciudadanía de la Gerencia General; el Memorándum N° 1863-2023-SUNARP/OPPM del 19 de diciembre de 2023, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 344-2023-SUNARP/OPPM/UPL del 19 de diciembre de 2023, de la Unidad de Planeamiento; y, el Informe N° 1203-2023-SUNARP/OAJ del 21 de diciembre de 2023, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución N° 210-2022-SUNARP/ GG de fecha 4 de julio del 2022, se aprobó la Directiva DI-002-2022-UOM-OPPM denominada “Directiva que regula la emisión de los documentos normativos de la Sunarp” (en adelante, la Directiva), que tiene como objetivo establecer las disposiciones para la formulación, aprobación, emisión, revisión, actualización y derogación de los documentos normativos de la Sunarp; Que, en el subnumeral 7.3.1 del numeral 7.3 de la Directiva se señala respecto a la Formulación que, los Órganos o Unidades Orgánicas formulan sus proyectos de Documentos Normativos-DN de acuerdo con el ámbito de su competencia funcional, contando para ello con el asesoramiento de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización o de las Unidades de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, según corresponda. Asimismo, en el subnumeral 7.3.2 de la Directiva se establece que, los Órganos o Unidades Orgánicas remiten los proyectos de DN a la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización o Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, según corresponda, para la revisión técnica en cuanto a codifi cación, estructura y aspectos de su competencia, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.2, a efecto de obtener una opinión favorable; Que, en el subnumeral 7.3.3 de la Directiva se señala que, los Órganos o Unidades Orgánicas formularán la estructura de sus proyectos de DN, teniendo en cuenta lo especi fi cado en el Anexo N° 2 “Clasi fi cación y estructura general de los Documentos Normativos”, y en el subnumeral 7.3.4 se dispone que la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización o la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización según corresponda podrá devolver al Órgano o Unidad Orgánica proponente el proyecto de DN que no cumpla con los requisitos señalados en numeral 7.2 de la citada Directiva; Que, respecto a la aprobación de los proyectos de documentos normativos, en el literal a) del numeral 7.5.1 de la directiva descrita se señala que: “Una vez emitido el proyecto de DN por el órgano proponente y obtenida la opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, ésta remitirá el proyecto a la O fi cina de Asesoría Jurídica, para la evaluación legal correspondiente y elaboración del proyecto de resolución que apruebe dicho DN”; Que, en el presente caso, de acuerdo a lo dispuesto en el subnumeral 7.3.2 de la Directiva, a través del Informe N° 073-2023-SUNARP/GG/CTA y el Informe N° 075-2023-SUNARP/GG/CTA el Coordinador de Trámite Documentario y Archivo de la Unidad de Gestión