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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (29/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 200

TEXTO PAGINA: 88

88 NORMAS LEGALES Viernes 29 de diciembre de 2023 El Peruano / de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 18.1 del artículo 18 del Texto Integrado del ROF de la ATU, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 193-2023-ATU/PE, se establece que la Gerencia General es la máxima autoridad administrativa de la entidad; Que, el literal q) del artículo 19 del Texto Integrado del precitado Reglamento, establece como función de la Gerencia General emitir resoluciones en los asuntos de su competencia y de aquellos temas que le sean delegados; Contando con el visado de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos y la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30900, que crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la ATU, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 193-2023-ATU/PE; y, la Directiva N° 001-2022-SERVIR/GDSRH, Elaboración y Aprobación de Per fi les de Puestos en el Sector Público, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000027-2023-SERVIR-PE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Manual de Per fi les de Puestos de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- La publicación de la presente Resolución deja sin efecto el “Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao”, aprobado por la Resolución Ministerial N° 147-2019-MTC/01, modi fi cado a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 051-2020-ATU-PE y la Resolución de Gerencia General Nº 059-2022ATU-GG, conforme a lo dispuesto en el subnumeral 7.4.4.10 del numeral 7 de la Directiva N° 001-2022-SERVIR/GDSRH, Elaboración y Aprobación de Per fi les de Puestos en el Sector Público, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000027-2023-SERVIR-PE. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia Estándar, en la sede digital de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU (https://www.gob.pe/atu), y en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUANA RÓMULA LÓPEZ ESCOBAR Gerente General 2248423-1 CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA Aprueban transferencias financieras a entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 152-2023-CONCYTEC-P Lima, 27 de diciembre de 2023 VISTOS: El O fi cio N° D000280-2023-PROCIENCIA- DE, el Informe Técnico - Legal Nº 017-2023-PROCIENCIA-UGC-UPP-UAL y Proveído N° 018-2023-PROCIENCIA- DE del Programa Nacional de Investigación Cientí fi ca y Estudios Avanzados – PROCIENCIA, el I nforme N° D000193-2023-CONCYTEC-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° D000174-2023-CONCYTEC-OGAJ-EAF y Memorando N° D000539-2023-CONCYTEC-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la fi nalidad de co fi nanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Decreto Supremo N° 051-2021-PCM, se crea el Programa Nacional de Investigación Cientí fi ca y Estudios Avanzados - PROCIENCIA, sobre la base del Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co y de Innovación Tecnológica – FONDECYT, y por medio de la Resolución de Presidencia Nº 058-2021-CONCYTEC-P, de fecha 9 de junio de 2021, se aprueba el Manual de Operaciones – MOP del Programa PROCIENCIA, el mismo que establece su estructura; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 088-2021- CONCYTEC-P, se aprueba la Directiva N° 003-2021-CONCYTEC-P denominada “Directiva que regula el proceso de aprobación de Transferencias Financieras y Otorgamiento de Subvenciones en el Pliego Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC”, en adelante, la Directiva; Que, los numerales 6.1.1 y 6.1.2 de la Directiva establecen que la Unidad de Gestión de Concursos, en coordinación con la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y la Unidad de Asesoría Legal del Programa PROCIENCIA son responsables, cada una en el ámbito de su competencia, de la información que se consigne en el Informe Técnico Legal (ITL), así como veri fi car que los convenios, contratos y adendas a mérito de los cuales se van a realizar las transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas u otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país, se encuentren debidamente suscritos. Asimismo, elaboran y suscriben el ITL, en el que se sustenta la necesidad de aprobación de las transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas u otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país, utilizando para ello el Formato del Anexo N° 01 e incluyen la copia de los Certi fi cados de Crédito Presupuestario; Que, el numeral 6.2.2 de la Directiva señala que la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto evalúa la solicitud en materia presupuestal y procede a emitir opinión técnica y de ser favorable remite el expediente a la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; Que, conforme al numeral 6.2.3 de la Directiva, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica con la opinión favorable de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, procede a elaborar el proyecto de resolución de aprobación de transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas u otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país; Que, mediante el O fi cio Nº D00280-2023- PROCIENCIA-DE y Proveído N° 018-2023-PROCIENCIA- DE, la Dirección Ejecutiva del Programa PROCIENCIA