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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (29/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 200

TEXTO PAGINA: 72

72 NORMAS LEGALES Viernes 29 de diciembre de 2023 El Peruano / Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de proyectos que no se encuentren bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional y para adquisición de bienes de la Genérica de Gasto Activos No Financieros. En el caso de las inversiones bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, las inversiones deben contar con documento aprobado, vigente y registrado en el Banco de Inversiones; así como encontrarse registrada en la cartera de inversiones del Programa Multianual de Inversiones correspondiente. La habilitación a estas inversiones debe guardar correspondencia con los recursos previstos para el año fi scal contemplado en el cronograma de ejecución vigente. Dichas condiciones deben ser veri fi cadas por la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización. Excepcionalmente, siempre que la cartera de inversiones y proyectos cuente con fi nanciamiento en el presente año fi scal, se puede efectuar la habilitación de recursos a inversiones viables o aprobadas para el inicio de la etapa de ejecución. La O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión favorable para las referidas excepciones. 5. RESPONSABILIDAD La O fi cina de Recursos Humanos, la O fi cina de Administración y Finanzas y la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización de la Entidad serán las encargadas de la correcta aplicación de la presente Directiva, siendo todo el personal del OSIPTEL los obligados a su cumplimiento. 6. CONTROL El Órgano de Control Institucional, conforme a sus atribuciones, será responsable de vigilar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Directiva. 7. VIGENCIA La presente Directiva es de aplicación durante el ejercicio presupuestal 2024 y entrará en vigencia desde el 1° de enero de 2024. 1 Especí fi camente, las disposiciones vigentes. 2248074-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Modifican la Resolución de Presidencia N° 031-2018-SUNASS-PCD en extremos referidos a responsables y ausencia de representantes de diversas oficinas desconcentradas de servicios RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 073-2023-SUNASS-PE Lima, 19 de diciembre de 2023 VISTO: El Memorando N° 01431-2023-SUNASS-DAP de la Dirección de Ámbito de la Prestación y el Memorando N° 00839-2023-SUNASS-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado mediante Decreto Supremo N° 021- 2019-JUS, promueve la transparencia de los actos del Estado y regula el derecho fundamental de acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú. Que, los artículos 3 y 4 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, establecen que las entidades, mediante resolución de la máxima autoridad, deben designar en cada una de sus ofi cinas desconcentradas a un funcionario responsable de entregar la información de acceso público. Que, en ese contexto mediante Resolución de Presidencia N° 031-2018-SUNASS-PCD se designaron responsables de atender las solicitudes de acceso a la información pública en las o fi cinas desconcentradas de servicios de la SUNASS. Que, algunos de dichos responsables han dejado de laborar en la entidad, por lo cual resulta necesario designar nuevos responsables titulares y suplentes según sea el caso. Que, el artículo 10 de la sección primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunass, aprobado mediante Decreto Supremo N° 145-2019-PCM, establece que la Presidencia Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva de la Sunass. De conformidad con el artículo 8 del Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, los artículos 3 y 4 de su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, el artículo 10 de la sección primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunass, aprobado mediante Decreto Supremo N° 145-2019-PCM y con el visto bueno de la Dirección de Ámbito de la Prestación y de la O fi cina de Asesoría Jurídica. SE RESUELVE: Artículo 1.- MODIFICAR el artículo 1° de la Resolución de Presidencia N° 031-2018-SUNASS-PCD en el extremo referido a los responsables de las o fi cinas desconcentradas de servicios de Amazonas, Cusco, Moquegua y Tumbes el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1°.- DESIGNAR como responsables de la atención de las solicitudes de acceso a la información pública de las siguientes o fi cinas desconcentradas de servicios de la SUNASS a los respectivos servidores civiles: (…) 1 AMAZONAS Patty Karoll Vasquez Hurtado (…) 8 CUSCO Carlos Avelino Aquino Meza (…) 17 MOQUEGUA Giann Paulo Chipoco Diaz (…) 23 TUMBES Mauricio Osmar Oyola Estrada (…)” Artículo 2.- MODIFICAR el artículo 2° de la Resolución de Presidencia N° 031-2018-SUNASS-PCD en el extremo referido a la ausencia de los representantes de las o fi cinas desconcentradas de servicios de Amazonas, Cusco, Lambayeque, Moquegua y Tumbes, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 2°.- En cualquier caso de ausencia de los responsables de la atención de las solicitudes de acceso a la información pública en cada una de las o fi cinas desconcentradas de servicios de la SUNASS los siguientes servidores civiles asumirán dicha responsabilidad: (…)