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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (30/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 324

TEXTO PAGINA: 223

223 NORMAS LEGALES Sábado 30 de diciembre de 2023 El Peruano / - FELICITA MOLINA CORONADO - ISAURO FUENTES RIVERA- CARMEN ROSA TORRES LUJAN- MAGGIE MARIBEL PALOMINO CHALLCO- GUSTAVO HUGO BENAVENTE GAVINO - JORGE BRAVO FIGUEROA - LEONIDAS ALEXANDER PAREDES SUAREZ- JOSE LUIS CASUSOL MURGA- MIGUEL ANGEL AREVALO VARGAS- JORGE JOAQUIN CHAVEZ SABADUCHE- JUDITH ROJAS CARBAJAL- ENRIQUE GUERRERO BOLAÑOS- MILAGROS JHESABEL PALOMINO CARRASCO - JOHAN’S ARTURO CARDENAS DIAZ - MARCOS NOE TIRADO ESPINOZA - ROMNY FABIOLA PEÑA CAYCHO- MELISSA ESCOBAR OSORIO- GUILLERMO ALBERTO MARTINEZ PINO - CARMEN ISABEL FERNANDEZ RODRIGUEZ- SHIRLEY MELISSA HUARANCAY OSORIO - VÍCTOR MANUEL MONSALVE GUEVARA - ELVA ESPERANZA AMENERO COLLAZOS- DOMINGO CARLOS FLORES CACERES - JOSE ANTONIO SANCHEZ URIONDO- NELY MENDOZA BACA- LUIS ALFREDO GONZALES TORO- MADELINE ZUMY QUISPE CONDORI - HUGO PAULO ZEGARRA VALDIVIA - PEDRO VEGA RODRIGUEZ - PAMELA MARLENE ARROYO NAVARRO- JHON HENRY VENTURO MARQUEZ- LEIDI LIZETH VALDIVIEZO GUTIERREZ- MARIELA RONCAL TRUJILLO- FIORELA LIZET GUTIERREZ RODRIGUEZ - MARYLIN FELICITA PEREDA LLERENA - SANDRA YGNACIO LEYVA- STHEFANY MICHELLE ZAPATA VARGAS- CLAUDIA VANESSA URSULA MILAGROS SAMILLAN MESONES - PATRICIA FIORELLA MACHACUAY ZAVALA- MARIA DEL PILAR VILLEGAS CHERO- ERIKSSON DANIEL BURGA VILLA - KEREN HAPUC VILLASECA CALLE - ELBER FRANCISCO VILCHEZ PACHERREZ- MILAGROS DEL SOCORRO FERNANDEZ ROMERO - CESAR GOICOCHEA JIMENEZ- TANIA AGUSTINA QUIROZ POLO- JONATHAN SAMIR AGREDA CHAVARRY - ANA PATRICIA GIL DIAZ - JAIRO ALEXANDER MONTOYA TORRES- CARLOS ALBERTO MAMANI SANCHEZ- PAOLA FRANCCESCA AYMA REYES - EVELYN YASMY RODRIGUEZ SEMINARIO- JORGE LUIS HUAMANCHUMO VASQUEZ- DAVID ANGEL OSCANOA LAGOS - ROBINSON VALLEJOS FUENTES - VIOLETA ZAVALA CARRASCO- IRMA BUSTAMANTE DELGADO- DEIVIS ESTIP VASQUEZ VILLALOBOS- ROBERTO REYNALDO ALOR DIBURCIO- PERCY ALBERTO CHURATA QUISPE - DENY YULIANA SISNIEGAS CHUNG - MARISELA ROCIO ROMERO ORE - SUSANA PAULINA TRELLES PONCE- LUIS MANUEL ORELLANA ZA PATA Artículo Octavo .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Fiscalías Supremas, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores a nivel nacional, Coordinaciones Nacionales, Coordinación general del Equipo Especial de Fiscales conformado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1550-2019-MP-FN, Coordinación del Equipo Especial de Fiscales que se avoquen a dedicación exclusiva al conocimiento de las investigaciones con delitos de corrupción de funcionarios y conexos, en los que habría incurrido la empresa ODEBRECHT y otros, Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia del Ministerio Público, Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder, Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las protestas sociales, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2249002-1 Nombran Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de San Martín, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Rioja RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 3660-2023-MP-FN Lima, 29 de diciembre de 2023 VISTOS Y CONSIDERANDO:Los o fi cios Nros. 8244, 8568 y 8970-2023-MP-FN- PJFS-SANMARTIN, cursados por el abogado Jorge Eduardo Vergara Villanueva, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de San Martín, mediante los cuales se elevan las propuestas para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Rioja, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante. Asimismo, mediante informe N° 258-2023-MP-FN-UEDFSMAR, suscrito por la Gerente de la Unidad Ejecutora del Distrito Fiscal de San Martin, Nathalie Blanca Leonor Oliver Campos, se informa que la plaza señalada cuenta con código AIRHSP N° 00742 y con la disponibilidad presupuestal correspondiente para cubrir la citada plaza vacante. El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley N° 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Según el numeral 64.2 de la ley N° 30483, también modi fi cada mediante Ley N° 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. El Fiscal de la Nación Interino como titular de la institución es el responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal, se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado y previa verifi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo, nombramiento y designación que