TEXTO PAGINA: 53
53 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de enero de 2023 El Peruano / Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia del país, Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2144005-1 Aprueban el “Plan de Trabajo 2023 de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena” Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000021-2023-CE-PJ Lima, 16 de enero del 2023VISTO:El O fi cio N° 000298-2022-VPES-D-CE-PJ cursado por el señor Vicente Paul Espinoza Santillán, Consejero Responsable de la Justicia de Paz y la Justicia Indígena. CONSIDERANDO: Primero. Que, el Poder Judicial ha encargado a la Ofi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena la función de formular, plani fi car, gestionar, ejecutar y evaluar las actividades de fortalecimiento y consolidación de la Justicia de Paz y la Justicia Indígena en el país. Segundo. Que, al respecto, el señor Consejero Responsable de la Justicia de Paz y la Justicia Indígena mediante O fi cio Nº 000298-2022-VPES-D-CE-PJ, remite a este Órgano de Gobierno el Plan de Trabajo 2023 de la Ofi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, en el que se detalla las actividades a desarrollar durante el presente año judicial, alineadas a su vez por el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y la Visión Perú al 2050; así como las Políticas Nacionales sobre Lenguas Originarias y Transversalización del Enfoque Intercultural. Asimismo, señala la especial importancia que tiene en su formulación la Política Pública de Reforma del Sistema de Justicia, aprobada por Decreto Supremo N° 012-2021-JUS, en la que la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena es uno de los principales órganos para el logro de los objetivos nacionales. Tercero. Que, el referido Plan de Trabajo destaca que para el presente año judicial, la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena plantea continuar y/o extender las iniciativas que emprendió en años anteriores, fortaleciendo sus elementos más importantes y mejorando otros. Dentro de estas se incluye la capacitación a jueces y juezas de paz y a la implementación de la variable étnica a nivel nacional. Asimismo, resaltar la importancia que en la aludida o fi cina se brinda a la gestión de la información, además se perfeccionarán las líneas de base construidas, creándose otras relevantes para la toma de decisiones, todo lo cual además servirá para el desarrollo de las actividades de cada área. Dentro de esta se destaca la fi nalización del desarrollo del Sistema de Información ONAJUP/ODAJUP-SGO. Cuarto. Que, el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por lo que siendo así y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente la aprobación del referido documento; con cargo a la disponibilidad presupuestal. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 077- 2023 de la tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 11 de enero de 2023, realizada con la participación de la señora y señores Arévalo Vela, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el “Plan de Trabajo 2023 de la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena”, que en anexo forma parte integrante de la presente resolución; con cargo a la disponibilidad presupuestal. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial emita las medidas necesarias, para la correcta y oportuna ejecución del referido plan de trabajo. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución y del documento aprobado, en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su difusión y cumplimiento. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ofi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2144005-2 Aprueban el “Plan de Actividades 2023 del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil” Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000022-2023-CE-PJ Lima, 16 de enero del 2023VISTOS: El O fi cio N° 000008-2023-P-ETIIOC-CE-PJ e Informe N° 000003-2023-ST-ETIIOC-CE-PJ cursados por el señor Héctor Enrique Lama More, Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 374-2019-CE-PJ de fecha 4 de setiembre de 2019, se dispuso la creación del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, el cual se encarga de velar por el correcto funcionamiento de cada componente antes, durante y después de la implementación del Modelo de la Oralidad Civil en las diferentes Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional que lo hayan desplegado. Segundo. Que el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil remite el Plan de Actividades 2023 del referido equipo técnico, en el cual se propone una serie de medidas y mecanismos que tienen por objeto promover la implementación de la oralidad en los procesos civiles. Es así que se tiene plani fi cado realizar visitas de trabajo para seguimiento, monitoreo y veri fi cación de avances, de manera permanente, a las Cortes Superiores de Justicia del país, a fi n de mejorar la toma de decisiones vinculadas al proceso de implementación. El cronograma de visitas presentado podrá ser modi fi cado de acuerdo al avance que vayan experimentando las Cortes Superiores de Justicia proponentes, pues aquella que tenga un mayor avance en su plan de implementación y documentos de gestión, deberá ser visitada de manera prioritaria; dichas