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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ENERO DEL AÑO 2023 (18/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 62

62 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de enero de 2023 El Peruano / Que, el artículo 19 de la citada Ley N° 27785, dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los OCI de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General de la República; Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva N° 020-2020-CG/ NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y modi fi cada mediante Resolución de Contraloría N° 124-2021-CG, en adelante la Directiva de los OCI, establece que la designación en el cargo de Jefe del OCI es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República, la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el numeral 7.1.3.1 de la citada Directiva establece que el Jefe de OCI designado por la Contraloría General de la República ejerce sus funciones en una entidad por un periodo de tres (3) años; así también, que por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional, podrá permanecer en el cargo por un periodo menor a los tres (3) años o, de ser el caso, prorrogar el periodo de designación hasta por un máximo de cinco (5) años en total; asimismo, el numeral 7.1.3.2 de la Directiva establece que la designación del Jefe de OCI termina por ocurrencia de alguno de los hechos siguientes: a) situación sobreviniente que no le permita continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.3.2 de dicha Directiva; b) renuncia del Jefe del OCI; c) culminación del período de designación, incluso al haberse emitido prórroga; d) razones de necesidad del servicio o interés institucional de la Contraloría; e) separación defi nitiva; f) cese por límite de edad; y, g) muerte; para cuyo efecto se emite la Resolución de Contraloría dando por terminada la designación en el cargo; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 267- 2019-CG, de fecha 02 de setiembre de 2019, se designó al colaborador Oliver Paredes De Los Santos en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Arequipa S.A.; Que, de acuerdo con la actual normativa y conforme al modelo de control descentralizado orientado a resultados, la supervisión de la gestión en el uso de los recursos públicos debe asegurar una rendición de cuentas y el buen gobierno de las entidades públicas, cautelando la legalidad y e fi ciencia de sus actos y operaciones, así como las disposiciones para la correcta y transparente gestión de sus recursos y bienes, mediante la ejecución de servicios de control y servicios relacionados, para el cumplimiento de sus fi nes y metas institucionales; Que, mediante el artículo 5 de la Resolución de Contraloría N° 047-2022-CG, se encarga a la Vicecontraloría de Integridad y Control, durante el año fi scal 2022, en adición a sus funciones, desarrollar las funciones señaladas en los literales c), d) y f) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría N° 179-2021-CG, y sus modi fi catorias, referidas a la gestión y ejecución de los servicios de control gubernamental que realiza, entre otros, la Gerencia Regional de Control de Arequipa; siendo que la vigencia de dicho encargo ha sido ampliado hasta el 31 de diciembre del año 2023, en virtud del artículo 2 de la Resolución de Contraloría N° 405-2022-CG; Que, la Vicecontraloría de Integridad y Control, mediante la Hoja Informativa Nº 000028-2022-CG/VCIC, en atención a las competencias establecidas en el literal d) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, considera procedente la propuesta presentada por la Gerencia Regional de Control de Arequipa, para concluir la designación del colaborador Oliver Paredes De los Santos en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Arequipa S.A., entidad que se encuentra bajo su ámbito de control, de conformidad con el literal d) del numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI; así como, para designar al citado colaborador en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A., entidad bajo su mismo ámbito de control; Que, a través de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, se establece, entre otros aspectos, los requisitos mínimos para acceder a los cargos de funcionario público y directivo público de libre designación y remoción del nivel nacional, regional y local, así como los impedimentos para el acceso a dichos cargos; encontrándose entre ellos los servidores que ocupan cargos o puestos que realizan funciones de planeación, dirección, organización y evaluación, indistintamente de la denominación del cargo o puesto; Que, la Gerencia de Capital Humano, así como la Subgerencia de Personal y Compensaciones, y la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano, a través de los documentos de vistos y sus antecedentes, han efectuado la veri fi cación del cumplimiento de los requisitos mínimos del profesional propuesto para el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A., con base en la Ley N° 31419, su Reglamento y la Directiva de los OCI. Asimismo, las designaciones propuestas cumplen con los requisitos del Manual de Clasi fi cador de Cargos de esta Entidad Fiscalizadora Superior, aprobado por Resolución de Secretaría General N° 083-2022-CG/SGE, y demás disposiciones aplicables para dicho proceso; Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando Nº 000042-2023-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa Nº 000032-2023-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable emitir la Resolución de Contraloría de término de designación y de designación en el cargo de Jefes de OCI de entidades bajo el ámbito de control de la Gerencia Regional de Control de Arequipa, de conformidad con la propuesta elevada por la Vicecontraloría de Integridad y Control, disponiendo las acciones de personal necesarias; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; y, conforme a lo dispuesto en la Directiva Nº 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG, y modi fi cada mediante Resolución de Contraloría Nº 124-2021-CG; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por terminada la designación del colaborador Oliver Paredes De los Santos en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Arequipa S.A.. Artículo 2.- Designar al colaborador Oliver Paredes De los Santos en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.. Artículo 3.- La acción de personal dispuesta en los artículos 1 y 2 precedentes, tendrá efectividad a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, sin perjuicio del procedimiento de entrega y recepción de cargo correspondiente. Artículo 4.- Disponer que la Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. proporcione los medios necesarios para el ejercicio de la función de control, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Subgerencia de Personal y Compensaciones y la Gerencia de Tecnologías de la Información de la Contraloría General de la República, adopten las demás acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 6.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria) y en la Intranet de la Contraloría General de la República.