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61 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de enero de 2023 El Peruano / Que, mediante el artículo 5 de la Resolución de Contraloría N° 047-2022-CG, se encarga a la Vicecontraloría de Integridad y Control, durante el año fi scal 2022, en adición a sus funciones, desarrollar las funciones señaladas en los literales c), d) y f) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría N° 179-2021-CG, y sus modi fi catorias, referidas a la gestión y ejecución de los servicios de control gubernamental que realiza, entre otros, la Gerencia Regional de Control de Huancavelica; siendo que la vigencia de dicho encargo ha sido ampliado hasta el 31 de diciembre del año 2023, en virtud del artículo 2 de la Resolución de Contraloría N° 405-2022-CG; Que, la Vicecontraloría de Integridad y Control, mediante la Hoja Informativa Nº 000027-2022-CG/VCIC, en atención a las competencias establecidas en el literal d) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, considera procedente la propuesta presentada por la Gerencia Regional de Control de Huancavelica, para concluir la designación del colaborador Edison Escobar Taipe en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Huancavelica, entidad que se encuentra bajo su ámbito de control, de conformidad con el literal d) del numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI; así como, para designar a la colaboradora Heliana Ichpas Ordoñez en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la citada entidad; Que, a través de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, se establece, entre otros aspectos, los requisitos mínimos para acceder a los cargos de funcionario público y directivo público de libre designación y remoción del nivel nacional, regional y local, así como los impedimentos para el acceso a dichos cargos; encontrándose entre ellos los servidores que ocupan cargos o puestos que realizan funciones de planeación, dirección, organización y evaluación, indistintamente de la denominación del cargo o puesto; Que, la Gerencia de Capital Humano, así como la Subgerencia de Personal y Compensaciones, y la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano, a través de los documentos de vistos y sus antecedentes, han efectuado la veri fi cación del cumplimiento de los requisitos mínimos de la profesional propuesta para el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Huancavelica, con base en la Ley N° 31419, su Reglamento y la Directiva de los OCI. Asimismo, las designaciones propuestas cumplen con los requisitos del Manual de Clasi fi cador de Cargos de esta Entidad Fiscalizadora Superior, aprobado por Resolución de Secretaría General N° 083-2022-CG/SGE, y demás disposiciones aplicables para dicho proceso; Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando Nº 000040-2023-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa Nº 000031-2023-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable emitir la Resolución de Contraloría de término de designación y de designación en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Huancavelica, entidad bajo el ámbito de control de la Gerencia Regional de Control de Huancavelica, de conformidad con la propuesta elevada por la Vicecontraloría de Integridad y Control, disponiendo las acciones de personal necesarias; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; y, conforme a lo dispuesto en la Directiva Nº 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG, y modi fi cada mediante Resolución de Contraloría Nº 124-2021-CG;SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por terminada la designación del colaborador Edison Escobar Taipe en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Huancavelica. Artículo 2.- Designar a la colaboradora Heliana Ichpas Ordoñez en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Huancavelica. Artículo 3.- La acción de personal dispuesta en los artículos 1 y 2 precedentes, tendrá efectividad a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, sin perjuicio del procedimiento de entrega y recepción de cargo correspondiente. Artículo 4.- Disponer que la Municipalidad Provincial de Huancavelica proporcione los medios necesarios para el ejercicio de la función de control, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- Disponer que el personal que se reincorpora a la Contraloría General de la República, a mérito de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente resolución, de corresponder, deberá ser asignado a la unidad orgánica de línea, a cuyo ámbito de control pertenece la entidad donde estuvo designado. Artículo 6.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Subgerencia de Personal y Compensaciones y la Gerencia de Tecnologías de la Información de la Contraloría General de la República, adopten las demás acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 7.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 2143695-1 Designan Jefe del Órgano de Control Institucional de la Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 018-2023-CG Lima, 17 de enero de 2023VISTOS: La Hoja Informativa Nº 000028-2022-CG/VCIC, de la Vicecontraloría de Integridad y Control; el Memorando N° 001941-2022-CG/POLDEH y Proveído N° 000006-2023-CG/POLDEH, de la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano; la Hoja Informativa Nº 000307-2022-CG/PER, y los Memorandos N° 003460-2022-CG/PER y N° 003526-2022-CG/PER, de la Subgerencia de Personal y Compensaciones; el Memorando Nº 001247-2022-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; la Hoja Informativa N° 000032-2023-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando Nº 000042-2023-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional (OCI) mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema Nacional de Control, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones;