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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2023 (29/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 70

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Domingo 29 de enero de 2023 El Peruano / respectivo Contrato de Concesión respecto a las Leyes y Disposiciones aplicables.” Artículo 2.- Disponer que la Dirección General de Infraestructura Educativa, en coordinación con la Dirección de Normatividad de Infraestructura y los órganos que correspondan, realicen de manera oportuna la difusión y supervisión de la aplicación de la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Norma Técnica denominada “Criterios Generales de Diseño para Infraestructura Educativa” aprobada mediante Resolución Viceministerial Nº 010-2022-MINEDU, incorporada mediante la presente Resolución conforme lo dispuesto en el artículo precedente. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.MAGNET CARMEN MÁRQUEZ RAMIREZ Viceministra de Gestión Institucional 2146945-1 PRODUCE Designan Asesora II de la Dirección Ejecutiva del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº 016-2023-ITP/DE San Isidro, 27 de enero de 2023 VISTO:El Informe Nº 000025-2023-ITP/OGRRHH de fecha 25 de enero de 2023, de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos; CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Asesora II de la Dirección Ejecutiva del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; Que, mediante Informe Nº 000025-2023-ITP/OGRRHH de fecha 25 de enero de 2023, la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, concluyó que la señora Rosa Liszett Butrón Mogrovejo, cumple con los requisitos mínimos del per fi l para el puesto de Asesora II de la Dirección Ejecutiva del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), esto conforme el Manual de Calsi fi cador de Cargos; Con la visación de Secretaría General, la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos y la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 1451 que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); y, el Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar a la señora Rosa Liszett Butrón Mogrovejo, en el cargo de con fi anza de Asesora II de la Dirección Ejecutiva del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP). Artículo 2º.- Publíquese la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”; y en el Portal Institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) (https://www.gob.pe/itp). Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER ENRIQUE DAVILA QUEVEDO Director Ejecutivo (e) 2146584-1 Establecen por única vez excepción al literal II del numeral 7.2.3 de la Directiva Nº 002-2021-ITP/DE, para que los servicios adicionales autorizados de baja complejidad sigan siendo prestados por los órganos que prestan dichos servicios, hasta su incorporación en los Tarifarios respectivos INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN RESOLUCIÓN EJECUTIVA N° 017-2023-ITP/DE Lima, 27 de enero de 2023VISTOS: El Memorando N° 0025-2023-ITP/OPPM de fecha 10 de enero de 2023 de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Memorando N° 0015-2023-ITP/DEDFO de fecha 12 de enero de 2023 de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE; el Informe N° 0005-2023-ITP/OAJ de fecha 12 de enero de 2023, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el artículo 2, los literales c) y d) del artículo 16 y el artículo 17 del Decreto Legislativo Nº 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 1451, el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) promueve el consumo de recursos hidrobiológicos, productos agroindustriales y otros productos industriales de competencia del sector producción; y, cuando fuera necesario, la comercialización y distribución de los mismos, contando entre sus recursos directamente recaudados los que se generen de estas actividades; Que, de conformidad con el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE y el artículo 41 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción – ITP, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, los CITE públicos del Sector Producción son órganos desconcentrados del ITP encargados de contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas y los sectores productivos a través de las actividades de capacitación y asistencia técnica, asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías; transferencia tecnológica, investigación, desarrollo e innovación productiva y servicios tecnológicos, difusión de información; interrelación de actoras/es estratégicos y generación de sinergias, bajo un enfoque de demanda; Que, de acuerdo con el artículo 8 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1228, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE, los CITE públicos realizan sus intervenciones a través de servicios de (i) Transferencia Tecnológica, (ii) Capacitación en temas de producción, gestión, comercialización, tecnología, proveedores, mercados, tendencias, entre otros; (iii) Investigación, desarrollo e innovación; y, (iv) Difusión de información;