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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (05/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Domingo 5 de febrero de 2023 El Peruano / que adjunta los nuevos aranceles de costas y gastos administrativos de los procedimientos de ejecución coactiva, y contando con la pronunciación de su procedencia; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el Artículo 9º, Inciso 8) y el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y con el voto UNÁNIME de los miembros del Concejo Municipal y la dispensa de trámite de aprobación de acta, se aprueba: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL ARANCEL DE COSTAS Y GASTOS ADMINISTRATIVOS PARA EL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN COACTIVA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN Artículo Primero.- APROBAR los aranceles de costas y Gastos de Administración de los procedimientos de Ejecución Coactiva de la Municipalidad de Ancón, contenidos en el cuadro de Anexo Nº 01, y que forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- PRECISAR que los gastos que asuma la Municipalidad por actuaciones de peritos, martillero, interventores, recaudadores y otros que intervenga en el procedimiento de Ejecución Coactiva, así como las publicaciones del aviso de remates a efectuarse en el diario encargado de la publicación de avisos judiciales de la localidad donde se encuentre los bienes al ser rematados, serán exigibles al obligado conforme a la liquidación de gastos como corolario se realicen. Artículo Tercero.- Establecer la referencia para el cálculo de las costas y gastos administrativos están sujetos a la UIT (Unidad Impositiva Tributaria) vigente a la fecha de la cobranza y de la respectiva liquidación. Artículo Cuarto.- Déjese sin efecto cualquier disposición que se oponga a la presente ordenanza. Artículo Quinto.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente a su publicación conforme a Ley. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.PEDRO JOHN BARRERA BERNUI Alcalde 2148985-1 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Ordenanza que aprueba el monto mínimo del impuesto predial, las fechas de vencimiento para el pago del impuesto predial y arbitrios municipales, incentivos por pronto pago para el ejercicio 2023 y la actualización de datos con carácter de declaración jurada ORDENANZA Nº 351-2023-MDC Cieneguilla, 27 de enero de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA POR CUANTO: El Concejo Municipal, En Sesión Ordinaria celebrada el 27 de enero de 2023 VISTO: El Informe Nº 001-2023-SGFTGR- GATR/MDC de fecha 03 de enero de 2023, el Informe Nº 001-2023-GATR/MDC de fecha 03 de enero de 2023, el Memorandum Nº 015-2023-GM/MDC de fecha 17 de enero de 2023, el Informe Legal Nº 006-2023-GAJ/MDC de fecha 18 de enero de 2023 y Proveído Nº 052 -2023-MDC/GM de fecha 18 de enero de 2023, sobre “PROYECTO DE ORDENANZA QUE APRUEBA EL MONTO MÍNIMO DEL IMPUESTO PREDIAL, LAS FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES, INCENTIVO POR PRONTO PAGO PARA EL EJERCICIO 2023”, y; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en los artículos 74º, 194º y 195º de la Constitución Política del Perú, señala que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que mediante ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; lo que concuerda con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, cuyo artículo 41º referido a la condonación, precisa que excepcionalmente los gobiernos locales podrán condonar con carácter general el interés moratorio y las sanciones respecto de los impuestos que administren. En caso de las contribuciones y tasa dicha condonación también podrán alcanzar al tributo; Que, en mérito a las normas legales referidas, el Concejo Distrital de la Municipalidad de Cieneguilla, aprobó la Ordenanza Nº 346-2022/MDC de fecha 26 de julio de 2022, que establece el marco normativo del Régimen Tributario de Arbitrios Municipales de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo para el periodo 2023, teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ordenanza Nº 336-2021-MDC, ratifi cada mediante Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 427 de la Municipalidad Provincial de Lima, publicada en el diario o fi cial El Peruano con fecha 28 de diciembre de 2021; Que, asimismo el artículo 15º del Texto Único Ordenando de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que el Impuesto Predial, podrá cancelarse de acuerdo a las siguientes alternativas: a) Al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año; y b) En forma fraccionada en cuatro cuotas trimestrales; que, en este caso, la primera cuota será equivalente a un cuarto del impuesto resultante y deberá pagarse hasta el último día hábil del mes de febrero, mientras que las cuotas restantes serán pagadas hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre; Que, siendo los Arbitrios Municipales de determinación mensual, sin embargo es pertinente establecer las fechas para su cancelación y en concordancia con la Norma XII del T.U.O. del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, a mérito de la cual se prevé que: “ Para efecto de los plazos establecidos en las normas tributarias, deberá considerarse lo siguiente: (...) b) Los plazos expresados en días se entenderán referidos a días hábiles”, por lo que se hace necesario publicar el calendario de vencimientos; Que, el Concejo Distrital de la Municipalidad de Cieneguilla, ha aprobado la Ordenanza Nº 347-2022-MDC de fecha 26 de julio de 2022, Ordenanza que prórroga para el Ejercicio 2023 la vigencia de lo dispuesto en la Ordenanza Nº 340-2021/MDC, que establece el monto del Derecho de Emisión Mecanizada, de actualización de valores de la Declaración Jurada, la liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, y distribución domiciliaria correspondiente al ejercicio fi scal 2022; Que, es política de esta gestión edil incentivar el cumplimiento oportuno del pago de los tributos de los contribuyentes del distrito de Cieneguilla, y una manera efectiva de hacerlo es a través de descuentos por el pago puntual anual por adelantado de los tributos contenidos en la cuponera de pagos, debiendo establecerse a su vez las fechas de vencimiento de los mencionados tributos para el Ejercicio Fiscal 2023; Que, mediante Informe Nº 001-2023-MDCLR/GAT, de fecha 03 de enero de 2023, la Gerencia de Administración