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5 NORMAS LEGALES Domingo 19 de febrero de 2023 El Peruano / De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, la Resolución Ministerial Nº 167-2021-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE:Artículo 1.- Disponer que las campañas de educación e información ambiental “Perú Limpio - Chuya Chuya Perú” y “Gran Cruzada Verde” constituyen acciones prioritarias a nivel nacional del Sector Ambiental, orientadas a fomentar y fortalecer las buenas prácticas ambientales de la ciudadanía respecto de la conservación de los recursos naturales, el consumo responsable y el manejo adecuado de los residuos sólidos, en el marco del Objetivo Prioritario 9 de la Política Nacional del Ambiente al 2030, aprobada por Decreto Supremo Nº 023-2021-MINAM. Artículo 2.- La Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental del Ministerio del Ambiente implementa las campañas de educación e información ambiental señaladas en el artículo precedente, en coordinación con las entidades competentes, el sector privado y la sociedad civil. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALBINA RUIZ RÍOS Ministra del Ambiente 2153130-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representantes de PROMPERÚ a Colombia para que participen en la Feria Internacional “Vitrina Turística ANATO 2023” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 049-2023-MINCETUR Lima, 15 de febrero de 2023VISTO, el O fi cio N° 000091-2023-PROMPERÚ/PE de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; y, CONSIDERANDO:Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Dirección de Promoción del Turismo de PROMPERÚ, dicha entidad conjuntamente con empresas del sector turismo participará en la Feria Internacional “Vitrina Turística ANATO 2023”, a llevarse a cabo del 22 al 24 de febrero de 2023, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, con el objetivo de fomentar la comercialización de los destinos turísticos del Perú, identi fi car nuevas oportunidades de promoción, así como nuevos contactos comerciales, que permitan intensi fi car la promoción y comercialización del destino Perú en el mercado colombiano; para el efecto, el día 21 de febrero del presente año, se realizarán acciones previas de coordinación para la óptima presentación y cumplimiento de los objetivos de la participación del referido evento; Que, resulta importante la participación de PROMPERÚ en la mencionada feria, porque Colombia es considerada la primera región emisora de turistas hacia el Perú, representando el 59% del total de arribos, constituyendo un mercado importante de generación de turistas al Perú, por lo que la asistencia a dicho evento contribuirá al logro de posicionar al Perú como un destino con productos turísticos seguros y en la articulación del sector; Que, por tal razón, la Presidencia Ejecutiva de PROMPERÚ solicita se autorice el viaje en comisión de servicios de la señora Claricia Teresa Tirado Díaz, Directora de Promoción del Turismo, la señora Fanny Soledad Thivierge Bernuy García, de la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo de la Dirección de Promoción del Turismo y la señora Karla Carolina Gutiérrez García, de la O fi cina de Producción de la Gerencia General, para que en representación de PROMPERÚ, realicen acciones para la promoción del turismo receptivo en la Feria antes señalada; Que, la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a los recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, de las señoras Claricia Teresa Tirado Díaz, Fanny Soledad Thivierge Bernuy y Karla Carolina Gutiérrez García, del 21 al 25 de febrero de 2023, para que en representación de PROMPERÚ participen en la Feria Internacional “Vitrina Turística ANATO 2023”, para la promoción del turismo receptivo. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes aéreos Clase Económica US $Zona Geográ fi caViáticos día US $N° díasTotal viáticos US $ Claricia Teresa Tirado Díaz 679,49 América del Sur 370,00 4 1 480,00 Fanny Soledad Thivierge Bernuy 676,49 370,00 4 1 480,00 Karla Carolina Gutiérrez García 917,39 370,00 4 1 480,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza, presentará al Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la feria al que