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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JULIO DEL AÑO 2023 (01/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Sábado 1 de julio de 2023 El Peruano / FN-FSNCEDCF, 2075 y 2105-2023-MP-FN-OCE- FEDTID, 342-2023-MP-FN-PJFS AREQUIPA, 1160 y 1161-2023-MP-FN-PJFSAREQUIPA, 1111 y 1285-2023-MP-FN-PJFSMADREDEDIOS, 1211-2023-MP-FN-PJFSTACNA, 679-2023-MP-FN-PJFSUCAYALI, , cursados por la Jefatura de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, O fi cina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Madre de Dios, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Tacna, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, respectivamente, mediante los cuales solicitan las prórrogas de los nombramientos, designaciones y/o destaques del personal fi scal de los Distritos Fiscales de Arequipa, Madre de Dios, Tacna y Ucayali. Que, el numeral 3 del artículo 65° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley Nº 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Que, según el numeral 64.2 de la ley Nº 30483, también modi fi cada mediante Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal, se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado y en virtud a los requerimientos señalados en el primer párrafo, prorrogar los nombramientos, designaciones y/o destaques del personal fi scal respectivo, a partir del 01 de julio y hasta el 30 de septiembre de 2023. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley N.º 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Prorrogar la vigencia de los nombramientos, designaciones y/o destaques del personal fi scal conforme se detalla a continuación, a partir del 01 de julio y hasta el 30 de septiembre de 2023, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en alguna de dichas plazas fi scales o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente: DISTRITO FISCAL DE AREQUIPA- TASSIA SHARON DIAZ BELTRAN - MARIA LEONOR LAZO RODRIGUEZ- LUZ ALEJANDRA LLAMOSAS MARTINEZ- CHRISTY ELIZABETH MONTOYA SUDARIO- SANDRA MELISSA PEREZ INFANTAS- MARIA DEL CARMEN RAMOS CALDERON- MILAGROS GABRIELA VASQUEZ ARIVILCA DE PAREDES - LUIS ALBERTO DEL CARPIO IQUIRA- SANDRA ALEXIS HUAYHUA MIRANDA- GIOVANNI MARTIN MATOS PALZA- MILTON FERNANDEZ FLORES- CLARA TANIA MENDOZA TORRES DISTRITO FISCAL DE MADRE DE DIOS- ROSA JACKELIN CORREA SILVA - EXALTACION WASHINGTON ALVAREZ MAMANI- HEIDY LUZ ALVARADO BENAVIDES, para que continúe prestando apoyo en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tambopata. DISTRITO FISCAL DE TACNA- ASTRID JIMENA TORRES VILCADISTRITO FISCAL DE UCAYALI- WALDOL WALKER CHAVEZ LEANDRO - MIDELA MATOS CONDEZO- ALEX ALFREDO DIAZ ZEVALLOS- PEDRO DAVID VELASQUEZ NUNTON- MILAGROS ROGELIA ROSALES RUIZ, para que continúe prestando apoyo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas – Sede Tumbes. Artículo Segundo.- Destacar a la abogada Milagros Gabriela Vásquez Arivilca De Paredes, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Arequipa, designada en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa, para que preste apoyo al Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa, a partir del 19 de abril y hasta el 30 de septiembre de 2023, luego de lo cual deberá retornar a su respectivo Despacho. Artículo Tercero.- Destacar al abogado Luis Alberto Del Carpio Iquira, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Arequipa, designado en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa, para que preste apoyo al Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa, a partir del 19 de abril y hasta el 30 de septiembre de 2023, luego de lo cual deberá retornar a su respectivo Despacho. Artículo Cuarto.- Disponer, de ser el caso, las reservas de plazas del personal administrativo y las retenciones de cargo de carrera del personal fi scal cuyo nombramiento se ha prorrogado en la presente resolución, conforme la normativa vigente para dicha materia. Artículo Quinto .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Arequipa, Madre de Dios, Tacna, Tumbes y Ucayali, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, O fi cina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de