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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JULIO DEL AÑO 2023 (04/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 54

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Martes 4 de julio de 2023 El Peruano / plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales y veintiún (21) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales con carácter transitorio que integrarán la Coordinación Nacional. Artículo Quinto.- CREAR cuatro (04) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales que integrarán el Equipo Cabitos. Artículo Sexto.- PRECISAR que las plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales con carácter transitorio tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023. Artículo Séptimo.- FACULTAR a la Fiscal de la Nación la distribución y/o redistribución de las plazas fi scales, así como del personal fi scal, administrativo y recursos logísticos, para el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Octavo.- DISPONER la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales mencionados en la presente resolución, Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, y a la O fi cina General de Potencial Humano, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la NaciónPresidenta de la Junta de Fiscales Supremos 2192522-1 Crean el Quinto Despacho Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de La Victoria - San Luis RESOLUCIÓN DE LA JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 047-2023-MP-FN-JFS Lima, 3 de julio de 2023VISTOS: El O fi cio Nº 6242-2023-MP-FN-PJFSLIMA, de fecha 14 de junio de 2023, emitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro; y, el Informe Nº 114-2023-MP-FN-STI-NCPP, de fecha 27 de junio de 2023, emitido por la O fi cina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal. CONSIDERANDO: El artículo 158 de la Constitución Política del Estado peruano establece que el Ministerio Público es un organismo constitucionalmente autónomo y, entre sus atribuciones fundamentales, se encuentra la persecución del delito y el ejercicio público de la acción penal tal como están previstos en el artículo 159. En la Ley Orgánica del Ministerio Público – Decreto Legislativo Nº 052, se incluye como otra de sus funciones la prevención del delito dentro de las limitaciones que establece la ley. En ese contexto; y, estando a lo precisado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, en que el distrito de La Victoria constituye uno de los distritos con más alta incidencia delictiva en dicha jurisdicción, debido a que dentro de sus límites territoriales se encuentran zonas llamadas rojas y/o zonas de alto índice de delincuencia, donde se presentan alta incidencia en delitos contra el patrimonio como son el robo agravado, hurtos agravados, usurpaciones, apropiaciones, receptaciones, estafas, como también homicidios y entre otros delitos comunes, lo que amerita coordinación constante entre la Policía Nacional, Serenazgo y el Ministerio Público; aunado a que deben asumir el rumbo de dichas investigaciones, así como continuar tramitando la carga liquidadora, es que se requiere la creación de un despacho fi scal. Mediante O fi cio N° 6242-2023-MP-FN-PJFSLIMA, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, requirió la creación del 5° Despacho Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de La Victoria-San Luis, proponiendo que se conforme con una (01) plaza de Fiscal Provincial, que disponga el Despacho de Fiscalía de la Nación y una (01) plaza de Fiscal Adjunto Provincial proveniente ésta última del Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro. Asimismo, se indicó que, en relación a la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, se considere la plaza fi scal creada mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos n.o 087-2021-MP-FN-JFS, la cual se encuentra asignada de manera temporal en el referido Equipo de Apoyo, de conformidad a lo dispuesto mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 490-2022-MP-FN, de fecha 29 de marzo de 2022. Mediante el O fi cio Nº 15-2023-MP-FN- FSP2FPCPVSL, la Fiscalía Superior Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de La Victoria- San Luis, elevó el acuerdo adoptado por los fi scales provinciales que integran la Fiscalía a su cargo, quienes requieren la creación del mencionado despacho, a fi n de coadyuvar en la mejora de la e fi cacia de la prestación del servicio fi scal, al estar presentando una elevada carga procesal. La O fi cina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, mediante Informe Nº 114-2023-MP-FN-STI-NCPP y la O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, mediante O fi cio Nº 31-2023-MP- FN-OREF, precisaron que la Primera Fiscalía Corporativa Penal de La Victoria-San Luis se encuentra conformada por 5 despachos provinciales penales, de los cuales el 1°, 2°, 3° y 4° se encuentran conformados cada uno con un (01) fi scal provincial y cuatro (04) fi scales adjuntos provinciales, y el 5° despacho está conformado por un (01) fi scal provincial y dos (02) fi scales adjuntos provinciales; asimismo, la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de La Victoria-San Luis, cuenta con 4 despachos provinciales penales, siendo estos el 1°, 2°, 3° y 4° los mismos que se encuentran conformados por un (01) fi scal provincial y cuatro (04) fi scales adjuntos provinciales cada uno. De igual forma, la O fi cina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal precisó que del estudio de la carga procesal de la Primera y Segunda Fiscalía Corporativa Penal de La Victoria-San Luis, se observa que estas vienen asumiendo una carga que supera su promedio nacional, sumado al alto índice delictivo que se presenta en el distrito de La Victoria y otros - según información registrada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática -INEI donde se registran mayor proporción de denuncias de delitos contra el patrimonio (superiores al 85,0%), considerando pertinente la creación del 5° Despacho Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de La Victoria-San Luis. Al respecto la O fi cina General de Potencial Humano, a través del O fi cio Nº 1422-2023-MP-FN-GG-OGPOHU, informó que la plaza de Fiscal Provincial para la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de La Victoria-San Luis (5° despacho provincial), cuenta con registro AIRHSP y, se encuentra fi nanciada por la Unidad Ejecutora Gerencia General, la mismas que ha sido informada a la O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales. De lo desarrollado en los párrafos precedentes, se tiene que el requerimiento formulado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito de Fiscal de Lima Centro, en relación a la creación del 5° Despacho Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de La Victoria - San Luis, cuenta con informe favorable de las áreas técnicas del Ministerio Público, el cual estará conformado con plazas de fi scales ya existentes, aunado a que dicha creación conllevará a lograr una mejor atención, oportuna y célere de las denuncias, así como a la persecución y prevención del delito. En ese contexto, de acuerdo a los informes proporcionados por las o fi cinas técnicas, la Junta de Fiscales Supremos, en Sesión Ordinaria de fecha 3 de julio de 2023, mediante Acuerdo Nº 6353, adoptado por