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12 NORMAS LEGALES Sábado 8 de julio de 2023 El Peruano / VISTOS: El O fi cio Extra FAP Nº 002119-2023-SECRE/ FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio N° 01753-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01028-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante SITFAGRAMA NO. CONTROL: SPS-2023-038, el Secretario General del Sistema de Cooperación entre las Fuerzas Aéreas Americanas (SICOFAA) cursa una invitación al Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, para que el Técnico Inspector FAP JORGE MARAZA QUISPE, participe en la Sexagésima Tercera Conferencia de Jefes de las Fuerzas Aéreas Americanas (LXIII CONJEFAMER), a llevarse a cabo en la ciudad de Medellín, República de Colombia, el 10 al 11 de julio de 2023. Que, a través del Informe Legal Nº 008-2023, la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Secretaría General de la Fuerza Aérea del Perú emite opinión favorable a la autorización del viaje al exterior, en comisión de servicio, del mencionado personal militar, para participar en la Sexagésima Tercera Conferencia de Jefes de las Fuerzas Aéreas Americanas (LXIII CONJEFAMER), en el lugar y fecha programada; Que, la Exposición de Motivos, suscrita por el Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Secretaría General de la Fuerza Aérea del Perú, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar la citada comisión de servicio, por cuanto, permitirá posicionar a la Fuerza Aérea del Perú como un referente regional en el ámbito de las Telecomunicaciones, elemento esencial en el sistema aeroespacial de Defensa y Seguridad de Latinoamérica, elevando y fortaleciendo la imagen y presencia de la citada Institución Armada en el ámbito internacional, demostrando el profesionalismo y la buena preparación del personal de la Fuerza Aérea del Perú, contribuyendo a alcanzar los objetivos e intereses institucionales; Que, la Hoja de Gastos Nº 0059 DGVC-ME/SIAF- RP suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, señala que los gastos por pasajes aéreos internacionales y viáticos de comisión de servicio se efectuarán con cargo al Presupuesto institucional del Año Fiscal 2023, de la Unidad Ejecutora Nº 005: Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, conforme a las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000002 y Nº 0000000084, emitidas por el Jefe de Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del viaje al exterior; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público; Que, con O fi cio Extra FAP Nº 002119-2023-SECRE/ FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Técnico Inspector FAP JORGE MARAZA QUISPE, para que participe en la Sexagésima Tercera Conferencia de Jefes de las Fuerzas Aéreas Americanas (LXIII CONJEFAMER), a realizarse en la ciudad de Medellín, República de Colombia, del 10 al 11 de julio de 2023; así como, autorizar su salida del país el 9 de julio y su retorno el 12 de julio de 2023, adjuntando la documentación sustentatoria correspondiente;Que, con O fi cio N° 01753-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 402-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización del citado viaje al exterior; Que, mediante el Informe Legal N° 01028-2023-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar la comisión de servicio, del Técnico Inspector FAP JORGE MARAZA QUISPE, para que participe en la Sexagésima Tercera Conferencia de Jefes de las Fuerzas Aéreas Americanas (LXIII CONJEFAMER), a realizarse en la ciudad de Medellín, República de Colombia, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31638, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Técnico Inspector FAP JORGE MARAZA QUISPE, identi fi cado con NSA Nº S-12368686 y DNI Nº 29634678, para participar en la Sexagésima Tercera Conferencia de Jefes de las Fuerzas Aéreas Americanas (LXIII CONJEFAMER), a realizarse en la ciudad de Medellín, República de Colombia, del 10 al 11 de julio de 2023, así como, autorizar su salida del país el 9 de julio y su retorno el 12 de julio de 2023. Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos (ida y vuelta): Lima - Medellín (República de Colombia) - Lima Clase económicaUS$ 1,332.79 x 1 persona US$ 1,332.79 Viáticos: US$ 370.00 x 2 días x 1 persona US$ 740.00 Total a pagar: US$ 2,072.79 Artículo 3.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de personal autorizado. Artículo 4.- El personal militar comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular del Ministerio de Defensa, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2193587-1