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17 NORMAS LEGALES Sábado 8 de julio de 2023 El Peruano / buscará modi fi car el borrador fi nal tomando en cuenta los resultados alcanzados en la reunión del día anterior, toda vez que el contenido del estudio determinará las recomendaciones que deberá implementar el país durante los próximos años en el marco del proceso de acceso a la OCDE; Que, la participación en dichos eventos es relevante para los intereses nacionales y de este Ministerio, dado que está en línea con el objetivo de consolidar el desarrollo y la estabilidad del sistema fi nanciero y económico nacional, mediante la armonización de políticas, la transparencia, el fomento de la inversión privada, la inclusión fi nanciera y la prevalencia del enfoque macroprudencial. Asimismo, permitirá que los acuerdos que se adopten se encuentren en concordancia con los lineamientos de política económica de nuestro país y los compromisos adoptados en el marco de todos los procesos de integración económica en los que participamos como la Alianza del Pací fi co y el Foro de Cooperación Económica Asia-Pací fi co; Que, en ese sentido, resulta relevante la participación del señor José Luis Bustamante Solís, Director de la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas, en el mencionado evento, toda vez que la mencionada Dirección es la encargada de diseñar y proponer las políticas económicas, tomando en consideración el entorno macroeconómico y las reglas fi scales nacionales y subnacionales vigentes y brinda apoyo técnico a la Alta Dirección en la promoción del país como plaza fi nanciera y en la difusión de la política económica; en reuniones o foros nacionales e internacionales; Que, en consecuencia y siendo de interés nacional e institucional, resulta pertinente autorizar el mencionado viaje, cuyos gastos son fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en la Directiva N° 001-2017-EF/43.01, Disposiciones y Procedimientos para la autorización de viajes en comisión de servicios al exterior del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con Resolución Ministerial N° 493-2017-EF/43; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor José Luis Bustamante Solís, Director de la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de París, República Francesa, del 9 al 13 de julio de 2023, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes aéreos : US $ 2 776,67 Viáticos (2+ 1) : US $ 1 620,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado comisionado debe presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del comisionado cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2193994-1 Autorizan viaje de Director y Consultora de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos a la República Francesa, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 252-2023-EF/43 Lima, 6 de julio del 2023 CONSIDERANDO:Que, mediante correo electrónico de fecha 26 de junio de 2023, el Director del Centro de Política y Administración Tributaria de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), cursa invitación al Ministerio de Economía y Finanzas para participar en la “15 a Reunión del Marco Inclusivo BEPS de la OCDE”, que se llevará a cabo del 10 al 12 de julio de 2023, en la ciudad de París, República Francesa; Que, la participación en el citado evento permitirá cumplir con el compromiso político asumido por el Perú en la Declaración sobre una solución de dos pilares para abordar los desafíos fi scales derivados de la digitalización de la economía; recibir información actualizada sobre el trabajo del Marco Inclusivo y continuar con los esfuerzos para profundizar las relaciones con la OCDE en el marco de las acciones para la adhesión del Perú a dicha organización; asimismo, permitirá intercambiar experiencias y discutir temas de política tributaria internacional en materia del impuesto a la renta en un contexto mundial; Que, en ese sentido, se estima conveniente la participación del señor Marco Antonio Camacho Sandoval, Director de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas y de la señora Pilar Milagros Baca Salas, Consultora de la referida Dirección General en el citado evento, toda vez que la mencionada Dirección es la encargada de formular la política tributaria, optimizar el sistema tributario y mejorar la recaudación de los diferentes niveles de gobierno; Que, en consecuencia y siendo de interés institucional, resulta pertinente autorizar los mencionados viajes, cuyos gastos son fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en la Directiva N° 001-2017-EF/43.01, Disposiciones y Procedimientos para la autorización de viajes en comisión de servicios al exterior del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con Resolución Ministerial N° 493-2017-EF/43;