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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2023 (15/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Sábado 15 de julio de 2023 El Peruano / PAISAJE ARQUEOLÓGICO QUEBRADA CULEBRILLAS VERTICE LADO DISTANCIAANG. INTERNOESTE (X) NORTE (Y) 11 11-12 120.31 186°17’52” 212967.0200 8185849.9900 12 12-13 86.92 181°34’59” 213079.0000 8185893.990013 13-14 44.19 209°18’9” 213158.9900 8185928.0000 14 14-15 71.05 88°24’56” 213185.9900 8185962.9800 15 15-16 63.83 71°28’27” 213241.0100 8185918.0300 16 16-17 57.47 179°15’14” 213187.0100 8185883.9900 17 17-18 63.7 190°57’21” 213138.0000 8185853.980018 18-19 91.94 183°27’0” 213090.9900 8185811.0000 19 19-20 69.9 151°17’50” 213026.9900 8185744.9900 20 20-21 113.02 195°29’16” 212960.2100 8185724.3400 21 21-22 123.74 181°11’57” 212865.0700 8185663.3300 22 22-23 60.09 182°41’55” 212762.3300 8185594.370023 23-24 96.09 185°3’7” 212714.0700 8185558.5700 24 24-25 119.53 180°27’47” 212642.2400 8185494.7500 25 25-26 106.29 180°48’42” 212553.5300 8185414.6400 26 26-27 151.09 173°10’16” 212475.6600 8185342.2900 27 44953 147.58 102°51’24” 212353.5300 8185253.3400 TOTAL 2555 4500°0’3” Proyección: UTM Datum: WGS84Zona: 19 SÁrea: 139 627.36 m² (13.9627 ha)Perímetro: 2 555.00 m. Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 019-2023-JBP de fecha 29 de mayo de 2023, así como en los Informes N° 000697-2023-DSFL/MC, Informe N° 000096-2023-DSFL-HAH/MC y en el Plano Perimétrico con código PPROV-053-MC-DGPA-DSFL-2023 WGS84; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura de Arequipa, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA - Paralización y/o cese de la afectación.xPara la protección de este espacio con compromiso cultural correspondiente al Sitio Arqueológico Quebrada Culebrillas, se considera el cese de la afectación y la señalización que indique la condición cultural correspondiente a esta zona, salvaguardando de este modo el Patrimonio Cultural de la Nación. Acciones que deberán ser previamente evaluadas y ejecutadas por el área competente con la fi nalidad de la conservación y protección de este importante monumento arqueológico..- Señalización. X Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Arequipa, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Uchumayo, a fi n de que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 019-2023-JBP de fecha 29 de mayo de 2023, el Informe N° 000697-2023-DSFL/MC, Informe N° 000096-2023-DSFL-HAH/MC e Informe Nº 000144-2023-DGPA-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código PPROV-053-MC-DGPA-DSFL-2023 WGS84, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.SHIRLEY YDA MOZO MERCADO DirectoraDirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 2196388-1 DEFENSA Autorizan viaje de personal naval que conforma la dotación del B.A.P. “CASTILLA” a Colombia, en comisión de servicio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00655-2023-DE Lima, 13 de julio del 2023VISTOS: El O fi cio Nº 4664/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio N° 01876-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01072-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, con O fi cio Nº 20230017331419093/MDN- COGFM-COARC-SECAR-JEMOP-CFSN-JEMFNS-N3FNS-29.25, el Comandante de la Fuerza Naval del Sur de la Armada de Colombia comunica, al Comandante General de Operaciones de la Amazonía de la Marina de Guerra del Perú, que a través del O fi cio Nº 20230019780126861/MDN-COGFM-COARC-SECAR-JEMOP-JONAV-DIONA-38.1, el Comandante de la Armada Nacional de Colombia hace extensiva la invitación a la Marina de Guerra del Perú para que participen en el despliegue de los ejercicios en conmemoración al “BICENTENARIO NAVAL BRACOLPER 2023”, del 18 al 22 de julio de 2023; Que, a través del Informe Legal Nº 013-2023, la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Legal de la Comandancia General de Operaciones de la Amazonía de la Marina de Guerra del Perú opina que es viable la autorización del viaje al exterior, en comisión de servicio, de la dotación del B.A.P. “CASTILLA” (CF-16), con la fi nalidad de que participen en la referida actividad; Que, la Exposición de Motivos anexada al expediente, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar la comisión de servicio del personal naval que conforma la dotación del B.A.P. “CASTILLA” (CF-16), para que participen en el despliegue de los