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21 NORMAS LEGALES Sábado 15 de julio de 2023 El Peruano / la máxima autoridad ejecutiva de la entidad. Es el titular del pliego presupuestal y responsable de dirigir y ejercer la representación legal de la Entidad ante los organismos públicos y privados, nacionales e internacionales; Que, el artículo 76 del Decreto Supremo N° 004- 2019-JUS que aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que el ejercicio de la competencia es una obligación directa del órgano administrativo que la tenga atribuida como propia, salvo que exista una delegación respecto de la función encargada; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, señala que las entidades pueden delegar su competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; en tal sentido, el artículo 85 de la norma antes citada contempla la desconcentración a través de la cual la titularidad y el ejercicio de competencia asignada a los órganos administrativos se desconcentran en otros órganos de la entidad, siguiendo los criterios establecidos en la referida Ley; Que, a su vez, el numeral 6.1 del artículo 6 de los Lineamientos para la Gestión de la Continuidad Operativa de las entidades públicas en los tres niveles de gobierno, aprobados mediante Resolución Ministerial N° 028-2015-PCM, señala que, para implementar la gestión de la continuidad operativa de la entidad, el titular delega las acciones correspondientes a dicha gestión; Que, con Resolución Jefatural N° 0219-2022-INIA de fecha 29 de diciembre de 2022, se delegó funciones en diversos funcionarios del INIA, en materia fi nanciera, en materia de contrataciones del Estado, en materia laboral, en materia administrativa, entre otros; Que, por Resolución de Gerencia General N° 047-2023-INIA-GG de fecha 13 de julio de 2023, se aprobó la Directiva General N° 002-2023-INIA-GG “Directiva para regular las Contrataciones con Proveedores no Domiciliados en el País en el Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA”; la misma que establece – entre otros – la participación del titular de la entidad, en los siguientes supuestos: i) Numeral 6.1.5 Expediente de Contratación. Para las contrataciones mayores a ocho (8) UIT. El OEC remite el expediente de contratación, conjuntamente con el informe técnico de viabilidad, a la Ofi cina de Administración para que éste sea derivado a la Ofi cina de Asesoría Jurídica del INIA, para la emisión del informe legal de viabilidad legal, quien, a su vez, remite el mismo al Titular de la entidad o al órgano a quien hubiese delegado, para que apruebe el referido expediente y designe al comité de selección, mediante acto resolutivo en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles de recibido el expediente (…); ii) El literal d) subnumeral 6.2.1 del numeral 6.2 denominado “Procedimiento de selección y/o contratación”. “El comité elabora las bases con reglas que rigen el procedimiento de selección y lo remite al/la Titular de la Entidad o a quien éste hubiera delegado dicha facultad, para fi nes de la aprobación de bases”; iii) El ítem v. del numeral 6.3.3. “Los contratos son suscritos por el Titular de la entidad o a quien éste hubiera delegado, previa visación del OEC.”; Que, con Informe N° 00242-2023-MIDAGRI-INIA-GG/ OAJ de fecha 13 de julio de 2023, la O fi cina de Asesoría Jurídica recomienda que, en virtud a la normativa glosada y a efectos de garantizar una adecuada gestión y lograr una mayor fl uidez en la atención de la gestión institucional que permita cumplir con las funciones previstas en el ROF, como la programación de metas institucionales para el ejercicio 2023 y, así, ejecutar las contrataciones con proveedores no domiciliados en el país en el Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA), la delegación de funciones al órgano de la entidad a cargo de la conducción del sistema de abastecimiento, en este caso, la O fi cina de Administración, para: i) Aprobar el expediente de contratación; ii) Designar al comité de selección; iii) Aprobar las bases que rigen el procedimiento de selección; y iv) Suscribir los contratos, para la contrataciones mayores a las 8 UITs; Con los vistos de la Gerencia General y la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo señalado por el Reglamento de Organización y Funciones del INIA, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-MINAGRI, modi fi cado por Decreto Supremo N° 004-2018-MINAGRI; Resolución Suprema N° 004-2022-MIDAGRI; y, Resolución de Gerencia General N° 049-2023-INIA-GG de fecha 13 de julio de 2023, que aprobó la Directiva General N°002-2023-INIA-GG “Directiva para regular las Contrataciones con Proveedores no Domiciliados en el País en el Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Delegar en el (la) Director(a) General de la O fi cina de Administración del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA, la función de: En materia de contrataciones con proveedores no domiciliados en el país: a) Aprobar el expediente de contratación b) Designar al comité de selecciónc) Aprobar las bases que rigen el procedimiento de selección d) Suscribir el contrato en los procesos de contratación mayores a los 8 UIT Artículo 2.- Las delegaciones a que se re fi ere la presente Resolución son indelegables y comprenden las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Artículo 3.- El(la) funcionario(a) delegado(a) de la Sede Central, deberán informar trimestralmente, respecto a los actos que emitan como producto de la presente Resolución, a la Jefatura del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA, a través de la Gerencia General, bajo responsabilidad. Artículo 4.- La delegación autorizada mediante la presente Resolución Jefatural tendrá vigencia durante el Ejercicio Fiscal 2023. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, el mismo día de su publicación en el portal Institucional de la entidad (www.gob.pe/inia). Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE JUAN GANOZA RONCAL Jefe 2196443-1 DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Designan Jefe de la Unidad de Acompañamiento del Programa CONTIGO RESOLUCIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA N° D000028-2023-MIDIS/PNPDS-DE San Isidro, 14 de julio del 2023VISTOS: El Memorando N° D000017-2023-MIDIS/PNPDS-DE emitido por la Dirección Ejecutiva, el Informe N° D000106-2023-MIDIS/PNPDS-CRHU emitido por la Coordinadora de Recursos Humanos de la Unidad de Administración, el Memorando N° D000157-2023-MIDIS/PNPDS-UA emitido por la Unidad de Administración, el Memorando N° 00201-2023-MIDIS/PNPDS-UPPM emitido por la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe N° D000049-2023-MIDIS/PNPDS-UAJ emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa CONTIGO y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2015- MIMP se creó el “Programa de entrega de la pensión