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7 NORMAS LEGALES Martes 18 de julio de 2023 El Peruano / VISTOS; el Informe N° 00150-2023-MINAM/VMGA/ DGRS/DIGRSC de la Dirección de Instrumentos de Gestión de Residuos Sólidos y Circularidad, el Memorando N° 00923-2023-MINAM/VMGA/DGGRS de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; el Memorando N° 00754-2023-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe N° 00457-2023-MINAM/SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el numeral 22 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente señala que este Ministerio es el organismo del Poder Ejecutivo rector del sector ambiental, que desarrolla, dirige, supervisa y ejecuta la política nacional del ambiente, comprendiendo las acciones técnico-normativas de alcance nacional en materia de regulación ambiental; Que, el literal k) del artículo 7 del precitado Decreto Legislativo, señala que el Ministerio del Ambiente tiene dentro de sus funciones promover y coordinar la adecuada gestión de residuos sólidos, la protección de la calidad del aire y el control del ruido y de las radiaciones no ionizantes; Que, según el literal g) del artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos (LGIRS), el Ministerio del Ambiente en su calidad de ente rector a nivel nacional para la gestión y manejo de residuos sólidos es competente para normar sobre el manejo de residuos sólidos; Que, mediante el artículo 119 del Reglamento de la LGIRS, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 001-2022-MINAM, se establece que toda área degradada por residuos debe contar con el Programa de Reconversión y Manejo de Áreas Degradadas por Residuos Sólidos o el Plan de Recuperación de Áreas Degradadas por Residuos Sólidos, aprobado por la Autoridad Competente, de acuerdo con las Guías y Términos de Referencia aprobados por el Ministerio del Ambiente. Que, según lo dispuesto en la Décimo Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 001-2022-MINAM, el Ministerio del Ambiente con opinión favorable del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en un plazo de ciento ochenta (180) días calendarios contados a partir de la entrada en vigencia del referido Decreto Supremo, elabora los Términos de Referencia para la formulación del Programa de Reconversión y Manejo de Áreas Degradadas por Residuos Sólidos de la Construcción y Demolición, y el Plan de Recuperación de Áreas Degradadas por Residuos Sólidos de la Construcción y Demolición; Que, el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, señala que los proyectos de normas que regulen asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales, serán puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados; precisando, además, que el aviso de publicación del proyecto deberá publicarse en el Diario O fi cial El Peruano y el cuerpo completo del proyecto en el portal de transparencia de la entidad, por un período mínimo de diez (10) días útiles; Que, el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, prevé que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario O fi cial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales; permitiendo que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, el literal a) del artículo 102 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM establece que la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos propone instrumentos técnicos – normativos sobre la gestión y manejo de residuos sólidos, en coordinación con las entidades competentes, según corresponda. Que, en este contexto, mediante Memorando N° 00923-2023-MINAM/VMGA/DGGRS la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos plantea una propuesta de Términos de Referencia para el Programa de Reconversión y Manejo de las Áreas Degradadas de Residuos Sólidos de la Construcción y Demolición; y Términos de Referencia para la formulación del Plan de Recuperación de las Áreas Degradadas por Residuos Sólidos de la Construcción y Demolición, a fi n que sean puestos en conocimiento del público para recibir las opiniones y sugerencias de los interesados; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, aprobado mediante Decreto Legislativo N° 1278; el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobada por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación de los proyectos de Términos de Referencia para la formulación del Programa de Reconversión y Manejo de las Áreas Degradadas de Residuos Sólidos de la Construcción y Demolición; y Términos de Referencia para la formulación del Plan de Recuperación de las Áreas Degradadas por Residuos Sólidos de la Construcción y Demolición Dicha publicación se realiza en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/1024-consultas-publicas-de-proyectos-normativos-minam), para recibir opiniones y/o sugerencias de los interesados, por un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2.- Las opiniones y/o sugerencias sobre el proyecto señalado en el artículo precedente deben ser remitidas a la dirección electrónica digrs@minam.gob.pe, o por escrito al Ministerio del Ambiente, sito en la Avenida Antonio Miroquesada N° 425, 4to piso, Magdalena del Mar, Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALBINA RUÍZ RÍOS Ministra del Ambiente 2196925-1 DEFENSA Aprueban Presupuesto Analítico de Personal del Ministerio de Defensa del Año Fiscal 2023, correspondiente a la Unidad Ejecutora 001-468: Ministerio de Defensa - OGA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00661-2023-DE Lima, 14 de julio del 2023