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97 NORMAS LEGALES Viernes 21 de julio de 2023 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos de la Municipalidad Distrital de Punta Negra RESOLUCIÓN GERENCIAL N° 031-2023-GM/MDPN Punta Negra, 10 de julio de 2023. EL GERENTE MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA NEGRA VISTO: El Informe N° 303-2023-SGP-GAF/MDPN emitido por la Sub Gerencia de Personal, el Memorándum N° 597-2023-GAF/MDPN emitido por el Gerente de Administración y Finanzas, el Informe N° 319-2023-SGPPYR-GAF/MDPN emitido por la Sub Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, el Informe N° 452-2023-GAJ/MDPN emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y demás documentos administrativos que sustentan la presente. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo previsto por el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma los Artículos 191°, 194° y 203° a través de la Ley N° 30305 la misma que establece que, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades. Que, conforme a lo dispuesto en el Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú regulan actividades y funcionamiento del sector público, así como las normas técnicas referidas a los sistemas administrativos del Estado que, por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Que, el Art. IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, en el literal j) señala que: “Para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública. En el caso de los Gobiernos Regionales y Locales, la máxima autoridad administrativa es el Gerente General del Gobierno Regional y el Gerente Municipal, respectivamente”, lo que guarda concordancia con lo previsto en el Art. 5 literal m) de la Directiva N° 004- 2017-SERVIR/GDSRH cuando señala que: Para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa. En el caso de los Gobiernos Regionales y Locales, la máxima autoridad administrativa es el Gerente General del Gobierno Regional y el Gerente Municipal, respectivamente. Que, en conformidad con la Resolución de Alcaldía N° 037-2023-AL/MDPN, se delega facultades y atribuciones administrativas y resolutivas al Gerente Municipal, en mérito al literal q) “Aprobar directivas y documentos de carácter normativo y necesario para conducir la gestión técnica, fi nanciera y administrativa de la Municipalidad Distrital de Punta Negra.” Que, la Autoridad Nacional de Servicio Civil, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, publica en el diario o fi cial El Peruano el 16 de noviembre de 2021, formalizo el acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”.Que, el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) es una herramienta técnica de trabajo, cuyo objetivo es lograr el ordenamiento racional de los cargos y el diseño de los per fi les en las entidades públicas, en funciona a determinados criterios, correspondientes a cada entidad la clasi fi cación y aprobación. Asimismo; en el literal c) del numeral 5 Disposiciones Generales, de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, señala que el Manual de Clasi fi cador de Cargos es un documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad. Que, en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH en el numeral 5.2 respecto a responsabilidades, sub numeral 5.2.2 señala que el titular de entidad “Aprueba el MCC y sus modi fi catorias, según lo dispuesto en la presente directiva”. Asimismo, en el sub numeral 5.2.3 señala que la O fi cina de Recurso Humanos o la que haga las veces tiene entre otras las siguiente responsabilidad “Elaborar la propuesta MCC y/o de sus modi fi catorias, de corresponder, así como el informe técnico sustentatorio”.Por último, en el sub numeral 5.2.4 se establece que la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) o la que haga las veces entre en otras la siguiente responsabilidad “Emite Opinión sobre las propuestas de MCC y de CAP Provisional en lo referido al alineamiento de cargo con los órganos y las unidades orgánicas del ROF o MOP vigente según corresponda”. Por lo que, mediante Ordenanza Municipal N° 008- 2023/MDPN de fecha 15 de junio de 2023, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, derogando toda norma o disposición que se oponga a la mencionada ordenanza, (publicado en el diario o fi cial El Peruano el 23.06.2023). Que, en el numeral 6.1 sub numeral 6.1.7 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH señala que: “La ORH o la que haga las veces debe elevar la propuesta de MCC al(la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la OPP o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia. De obtener la validación, el(la) titular de la entidad aprueba el MCC y gestiona la publicación de la resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad” Por lo que con Informe N° 303-2023-SGP-GAF/ MDPN la Subgerencia de Personal, remite la propuesta del Manual de Clasi fi cador de Cargos, re fi riendo que, a efectos de mejorar la gestión de los servicios públicos, así como la administración de los recursos humanos de la institución, se requiere la aprobación del Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC). Toda vez que, la estructura orgánica de la entidad ha sido modi fi cada, pues resulta necesario que la municipalidad, asumiendo desde sus propias necesidades, proceda a la elaboración del MCC, que re fl eje con objetividad una adecuación de las características y necesidades que se requiere para lograr los fi nes y objetivos de la institucional, actualizando, además, en función de las necesidades de la institución, al proceso de modernización del Estado, y alineado al ROF de la institución. Que la propuesta del MCC, el cual contiene, entre otros, información relevante sobre las clases de cargos, actividades típicas y requisitos mínimos, de manera que se constituye en un instrumento regulado para un manejo ordenado, e fi ciente y e fi caz de los recursos humanos, en correspondencia con las necesidades institucionales que coadyuven al logro de sus objetivos enmarcados en la normativa vigente. Que, con Informe N° 319-2023-SGPPYR-GAF/ MDPN la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización EMITE OPINIÓN TÉCNICA FAVORABLE, para lo cual considera que la propuesta de aprobación es VIABLE para su aprobación, justi fi cando la misma, que la