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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2023 (21/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 91

91 NORMAS LEGALES Viernes 21 de julio de 2023 El Peruano / Moyobamba, 17 de marzo de 2023 POR CUANTO:El Consejo Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por Ley N° 27902, Ley N° 28013 y Ley N° 31433; Reglamento Interno del Consejo Regional de San Martín, y demás normas complementarias, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa, en asuntos de su competencia; Que, el artículo 11° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional; asimismo, el artículo 39° de la citada Ley establece que los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, mediante Informe Técnico N° 002-2023-GHRSM/ DRASAM/OPYEA/UEI, de fecha 30 de enero de 2023, el Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Estadística Agraria, señala en relación al proyecto de inversión “Mejoramiento de la Competitividad en las cadenas productivas de ají, piña y limón en las 10 provincias del departamento de San Martín”, que el proyecto tiene un costo de inversión de S/6´250,000.00 soles; donde S/5´000,000.00 soles corresponden al 80% que será fi nanciado del premio MEDALLA MIDAGRI 2021; a través del Fondo Sierra Azul; y S/1´250,000.00 soles que representa el 20% será fi nanciado por el Gobierno Regional San Martín como contrapartida. Razón por la cual solicita la aprobación de la contrapartida mediante Acuerdo Regional. Que, mediante Informe Técnico N° 11-2023-HPF, de fecha 13 de febrero de 2023, el Especialista en Gestión de Inversiones de la Sub Gerencia de Programación Multianual de Inversiones, en relación al co fi nanciamiento del Proyecto de Inversión “Mejoramiento de la competitividad en las cadenas productivas de ají, piña y limón en las 10 provincias del departamento de San Martín” con CUI N° 2553891, recomienda que sea evaluado por la Sub Gerencia de Presupuesto, el mismo que deberá ser aprobado mediante Acuerdo de Consejo Regional y así dar cumplimiento a las bases para el otorgamiento del referido proyecto por un monto de S/ 1´250.000.00. soles. Que, mediante Informe N° 035-2023-GRSM/GRPyP/ SGP, el Sub Gerente de Presupuesto, concluye que: Mediante Resolución Ministerial N° 0172-2021-MIDAGRI, se crea la condecoración “Medalla Ministerio de Agricultura y Riego” donde el MIDAGRI, se compromete a fi nanciar el Proyecto “Mejoramiento de la Competitividad en las cadenas productivas de Ají, Piña y Limón en las 10 Provincias del Departamento de San Martín”, mediante el Fondo Sierra Azul, por el monto de S/5´000.000.00, como parte de las observaciones realizadas por el Fondo Sierra Azul al fi nanciamiento del antes citado proyecto, indica que está pendiente el sustento mediante (Acuerdo de Consejo) de la disponibilidad de recursos presupuestales para el co fi nanciamiento del proyecto por parte del Gobierno Regional San Martín por un monto de S/1´250.000.00, S/ 549.441.54 para el año 1 (2023) y S/700.558.46 para el año 2 (2024) y opina FAVORABLEMENTE que se cuente con la Disponibilidad Presupuestal y recomienda a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto derivar el presente Informe para su evaluación y aprobación al Consejo Regional San Martín.Que, mediante Memorando N° 185-2023-GRSM/ GRPyP, de fecha 17 de febrero de 2023, la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de San Martín, comunica al Consejo Regional de San Martín, que dicha Gerencia a través de la Sub Gerencia de Presupuesto ha evaluado dicha solicitud, determinando que el Pliego Gobierno Regional San Martín, cuenta con recursos presupuestales disponibles que permitan fi nanciar la contrapartida del proyecto de inversión “ Mejoramiento de la competitividad en las cadenas productivas de Ají, Piña y Limón en las 10 provincias del Departamento de San Martín”, la cual deberá ser avaluado y aprobado por el Consejo Regional San Martín. Que, mediante Resolución Ministerial N° 0183-2020-MIDAGRI, se aprobó el Manual de Ejecución del Fondo Sierra Azul, cuyo objeto es establecer los procedimientos y lineamientos de ejecución de los aspectos técnicos, administrativos y presupuestales, que conllevan a la adecuada asignación de recursos y correcta ejecución de los fondos en el fi nanciamiento y/o cofi nanciamiento de inversiones con cargo a los recursos del Fondo Sierra Azul del Ministerio de Agricultura y Riego, en cumplimiento del Decreto Supremo N° 012-2019-MINAGRI. Que, el tercer párrafo del numeral 4.1 del acápite 4 del Manual de ejecución del Fondo sierra Azul, en relación a los requisitos para la presentación de las solicitudes a postular, establece que: En caso de co fi nanciamiento se deberá presentar el documento que lo sustenta (Acuerdos Regionales (…)). Que, el literal a) del artículo 37 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (En adelante La Ley), establece que el Consejo Regional dicta ordenanzas Regionales y Acuerdos de Consejo Regional. Por su parte el artículo 39 de La Ley, señala que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Los acuerdos aprobados, cuando así lo requieran, incluirán la elaboración de un plan de implementación que establezca las acciones a realizar, señalando metas, plazos y fi nanciamiento, según corresponda. Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. El Reglamento del Consejo Regional podrá aprobar otras mayorías para aprobar normas. Que, mediante Informe Legal N° 058-2023-GRSM/ ORAL, la O fi cina Regional de Asesoría Legal, emite opinión favorable, por la precedencia de un Acuerdo Regional que sustente el co fi nanciamiento del Proyecto de Inversión “Mejoramiento de la Competitividad en las cadenas productivas de Ají, Piña y Limón en las 10 Provincias del Departamento de San Martín”, por un monto de S/1’250,000.00 soles en el marco de la ejecución del Fondo Sierra Azul del Ministerio de Agricultura y Riego, debiendo proseguirse con el trámite correspondiente, remitiéndose informe al Consejo regional de San Martín para la emisión del Acuerdo Regional de ser el caso. Que, mediante Memorando N° 174-2023-GRSM/ GGR, de fecha 28 de febrero de 2023, la Gerencia General Regional, remite al Consejo Regional de San Martín, solicitarle agendar en la próxima sesión ordinaria del Consejo Regional, para la aprobación del cofi nanciamiento del proyecto “Mejoramiento al desarrollo productivo y competitivo en las cadenas productivas de ají, piña y limón en 10 provincias del departamento San Martin”, con CUI N° 2553891” que se suscribirá con el Fondo Sierra Azul, Unidad Ejecutora adscrita al despacho Vice Ministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego del MIDAGRI. Que, de conformidad con lo establecido en el literal f) del artículo 24° del Reglamento Interno del Consejo Regional “convocar a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Consejo Regional de acuerdo al reglamento”, concordante con el literal n) del artículo 14° del referido reglamento, relacionado con los Derechos y Obligaciones de los Consejeros Regionales:”…Asistir a las sesiones del Consejo Regional y de las comisiones a las que pertenecen, con derecho a voz y voto, a través