Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (02/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 75

75 NORMAS LEGALES Viernes 2 de junio de 2023 El Peruano / y otras normas reconocen el derecho a la participación ciudadana en las decisiones púbicas. Artículo 3°.- Los Cabildos tendrán carácter informativo y promoverá la participación ciudadana para la concertación Y gobernabilidad local. CAPITULO 2: DE LOS FINES Y OBJETIVOS Artículo 4°.- FINALIDAD: Establecer mecanismos de información, consulta directa y gobernabilidad entre la ciudadanía y autoridades así como Funcionarios de la Municipalidad; sobre diversos temas sugeridos tanto por el pleno del Concejo Municipal así como la Población del distrito. Artículo 5°.- OBJETIVO:a) Normar la convocatoria y realización de los Cabildos Abiertos que se realizaran en la jurisdicción del Distrito de Imperia. b) Vincular y establecer mecanismos para fomentar la participación ciudadana en la gestión municipal. c) Establecer acuerdos y compromisos con la ciudadanía, organizaciones instituciones participantes. d) El objetivo debe ser informativo y fi scalizador de los ingresos y egresos que percibe la municipalidad Distrital de Imperial CAPÍTULO 3: DE LA CONVOCATORIA: DE LUGAR FECHA Y HORA Artículo 6°.- El alcalde y/o los regidores, representantes de organizaciones sociales y la población podrán proponer que se convoque a cabildo abierto para tratar un tema especí fi co, quedando a criterio del Concejo Municipal la aprobación de la referida convocatoria. Artículo 7°.- La Convocatoria debe de indicar el lugar aprobado por el Concejo municipal, debe ser descentralizado, pero dentro de la jurisdicción del Distrito de Imperial; fecha y hora del Cabildo Abierto y deberá hacerse con una anticipación de 10 días de la fecha de realización del mencionado evento; el cual se formalizará mediante Decreto de Alcaldía y se publicara en el Diario Ofi cial EI Peruano y en el Portal Web de la Municipalidad Distrital de Imperial. Artículo 8°.- La Convocatoria deberá hacerse con una anticipación a 10 días de la fecha de realización del Mencionado evento. CAPÍTULO 4: DE LOS CONTENIDOS Artículo 9°.- CONTENIDOS TEMATICOS: a) Informes de los resultados del proceso de transferencia municipal. b) Informe de la Comisión Revisora de Cuentas. c) Informe de las acciones y propuestas de la gestión actual. d) Celebración de acuerdos y compromiso con la sociedad civil. e) Otros según su solicitud de la ciudadanía y/o componentes del Pleno Consejo Municipal. CAPÍTULO 5: DE LA ORGANIZACIÓNY PARTICIPACION Artículo 10°.- DE LA ORGANIZACIÓN: a) La organización del presente Cabildo Abierto estará a cargo de la Municipalidad Distrital de Imperial a través de la O fi cina de la Sub Gerencia de Participación Vecinal b) La inscripción será para los vecinos que radican en la jurisdicción del Distrito sea persona natural o persona Jurídica para lo cual debe de adjuntar los documentos que lo acrediten como tal. c) La inscripción se realizara en la O fi cina de la Sub Gerencia de Participación Vecinal de la Municipalidad hasta treinta minutos antes del cierre de infamación y pase orden de absolver consultas. d) El evento contara con un moderador que conducirá y regulara la participación de acuerdo al presente reglamento; el cual será designado por el alcalde de acuerdo a la propuesta del representante de la o fi cina de la Sub Gerencia de participación vecinal. Artículo 11°.- DE LA PARTICIPACION POBLACIONAL: a) Estará presidido por el Señor Alcalde, quien estará acompañado por los señores regidores, Gerente Municipal, Gerentes, Sub Gerentes, Funcionarios y Comisión vinculados a los temas relacionados para el cabildo. b) Los vecinos que desean hacer uso de la palabra en el cabildo objetivo convocado, deberán inscribirse previamente en la Sub Gerencia de Participación Vecinal y Centros Poblados de la Municipalidad Distrital de Imperial, desde el día siguiente de la convocatoria. c) Solo podrán hacer uso de la palabra las personas naturales, y persona jurídicas debidamente acreditadas. d) El señor Alcalde ofrecerá las palabras de bienvenida a los vecinos presentes, y dará por iniciado el evento, Cediendo la palabra al moderador. e) El moderador iniciara con el desarrollo de los contenidos temáticos en el orden establecido en el artículo 9 del Presente reglamento. f) La participación de los vecinos acreditados se realizara al fi nal de la exposición y/o informe. Y estarán estrictamente relacionados con la temática establecida en el presente reglamento; preguntas e inquietudes de otra naturaleza no serán absueltas y serán declaradas impertinentes. g) Cada vecino acreditado hará uso de la palabra incluyendo sus interrogantes por el espacio de cinco (5) minutos teniendo también un derecho de réplica de dos (2) minutos siempre y cuando no esté conforme con la absolución de la consulta. h) Las interrogantes serán absueltas por el Señor Alcalde, Regidores y/o funcionarios e integrantes de la comisión Revisora de Cuentas, designados por el primero cuando así lo estime necesario. CAPÍTULO 6: DE LOS COMPROMISOS Y ACUERDOS Artículo 12°.- Luego de culminado lo previsto en el articulo 11, se procederá de manera ordenada a efectuar la celebración de acuerdos y compromisos para lo cual deberán hacer uso de la palabra los participantes acreditados por el espacio de dos (2) minutos. Artículo 13°.- Los acuerdos y Compromisos serán Registrados en el Libro de Actas que será aperturado para tal fi n, pasando a fi rmar los asistentes para dar fe de lo acontecido. Dicho libro quedará en custodia de la Gerencia de Desarrollo Socio-Económico y una copia fedateada de dicha acta a la Secretaria General para que esta a su vez remita al Pleno del Concejo Municipal a manera de informe. Artículo 14°.- Los Acuerdos y Compromiso resultantes del Cabildo Abierto, no tienen carácter vinculante, sino referencial, habida cuenta que la decisión fi nal del asunto materia de consulta, será tomado por el Concejo Municipal en pleno, de conformidad con las atribuciones otorgadas por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972. CAPÍTULO 7: DE LA SEGURIDAD Y GARANTIAS Artículo 15°.- La Gobernación y la Policía Nacional del Perú garantizaran el normal desarrollo del evento. Artículo 16°.- En caso de alterarse el orden público, poniendo en riesgo la seguridad y las garantías de los asistentes, Señor Alcalde y señores Regidores se dará por suspendido dicho evento, y deberá indicarse la reprogramación del Cabildo Abierto será visto en sesión de Concejo Municipal. CAPÍTULO 8: DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Artículo 17°.- Los casos no contemplados en el presente reglamento serán solucionados por la O fi cina de la Sub Gerencia de Participación Vecinal. Artículo 18.- Deróguese cualquier otra norma municipal que se oponga a la presente ordenanza. Artículo 19.- Encargar el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia Municipal, así como las demás Gerencias y Jefaturas orgánicas de la Corporación Edil, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones. 2175251-1